COFI/2003/3Rev.1 ![]() |
COMIT� DE PESCA |
25� per�odo de sesiones |
Roma, Italia, 24-28 de febrero de 2003 |
PROGRESOS EN LA APLICACI�N DEL C�DIGO DE CONDUCTA PARA LA PESCA RESPONSABLE Y LOS PLANES DE ACCI�N INTERNACIONAL CONEXOS |
RESUMEN |
INTRODUCCI�N
1. En el art�culo 4 del C�digo de Conducta de la FAO para la Pesca Responsable, de 1995, se pide, entre otras cosas, que la FAO informe al Comit� de Pesca acerca de la aplicaci�n del C�digo. El presente informe es el tercero de esta serie preparado por la FAO para el COFI. La informaci�n contenida en �l ha sido suministrada por la Secretar�a de la FAO, Miembros de la FAO, �rganos regionales de pesca (ORP) y organizaciones no gubernamentales (ONG). La informaci�n de los Miembros de la FAO, los ORP y las ONG se recopila y analiza a partir de cuestionarios de autoevaluaci�n preparados por la FAO.
2. Para el presente informe, 105 Miembros de la FAO (57 por ciento de la totalidad de sus Miembros)1 respondieron al cuestionario, frente a los 102 que lo hicieron en 2000 (56 por ciento de los Miembros). Estas cifras revelan un aumento del tres por ciento en el nivel de respuestas entre los dos per�odos. Es significativo que, en el presente informe, haya un marcado aumento de informes presentados por Miembros que no hab�an respondido anteriormente2. Se trata de una novedad alentadora, pero tambi�n es decepcionante que algunos de los Miembros que presentaron informes en 2000 no lo hayan hecho en 20023.
3. Diecinueve ORP4 (70 por ciento de los organismos a los que se enviaron los cuestionarios de la FAO) enviaron respuestas para este informe, mientras que en 2000 lo hicieron 14 (lo que significa que ha habido un aumento del 36 por ciento). Adem�s, se recibieron informes de cinco ONG5 frente a cuatro de 2000 (un aumento del 25 por ciento). Las respuestas de las ONG presentan un equilibrio representativo entre las organizaciones con diferentes intereses y funciones en el sector de la pesca. Todas las ONG que respondieron al cuestionario tienen gran inter�s en apoyar la aplicaci�n del C�digo.
4. Las respuestas al cuestionario ofrecen una base amplia y s�lida para el an�lisis de las cuestiones relativas a la aplicaci�n del C�digo de Conducta tanto en lo que se refiere a las evaluaciones regionales como a una evaluaci�n global. A pesar de algunos desfases en las regiones de Asia y el Cercano Oriente en lo que respecta a las tasas de respuesta y de la ausencia de respuestas de varios importantes Estados pesqueros, el nivel general de respuesta a los cuestionarios es alentador.
ACTIVIDADES REALIZADAS POR LA FAO PARA PROMOVER LA APLICACI�N
5. La FAO realiza una gran variedad de actividades para promover la aplicaci�n del C�digo de Conducta para la Pesca Responsable y, en realidad, todo el Programa de Labores y Presupuesto del Departamento de Pesca est� orientado, en mayor o menor medida, a la aplicaci�n del C�digo. Un aspecto importante de la promoci�n de una mayor sensibilizaci�n es la difusi�n del C�digo mismo y las orientaciones t�cnicas preparadas en apoyo de su aplicaci�n. En los dos �ltimos a�os, se han impreso m�s de 13 000 ejemplares del C�digo y las correspondientes orientaciones, para su distribuci�n. El C�digo puede consultarse ahora en m�s de 40 idiomas. Desde el �ltimo per�odo de sesiones del COFI se ha elaborado una nueva orientaci�n t�cnica6. Adem�s, se ha preparado y distribuido un CD-ROM que contiene todos los documentos relacionados con el C�digo de Conducta.
6. La FAO ha continuado promoviendo intensamente los planes de acci�n internacionales (PAI) relativos a la reducci�n de las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre (PAI-Aves marinas), la conservaci�n y la ordenaci�n de los tiburones (PAI-Tiburones), la ordenaci�n de la capacidad pesquera (PAI-Capacidad) y la prevenci�n, difusi�n y eliminaci�n de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PAI-INDNR).
7. En lo que respecta al PAI-Aves marinas, la FAO est� colaborando con los Miembros, en particular en aquellas pesquer�as y regiones donde resulta especialmente problem�tica la captura incidental de aves marinas. Entre las medidas que se est�n adoptando en algunos pa�ses Miembros para reducir las capturas de aves marinas se encuentran la cobertura de observaci�n sobre los palangreros, la utilizaci�n de cortinas de cuerdas y otros instrumentos para ahuyentar a las aves, el calado del arte durante la noche, la distribuci�n estrat�gica de despojos, la utilizaci�n de cebos bien descongelados, la eliminaci�n de los anzuelos de los despojos descartados y el tratamiento y la liberaci�n obligatorios de las aves que llegan vivas a bordo. La FAO ha ofrecido asistencia a dos Estados Miembros para la formulaci�n de sus planes nacionales de acci�n (PAN-Aves marinas)7.
8. El apoyo de la FAO para la aplicaci�n del PAI-Tiburones ha supuesto en buena medida la preparaci�n de publicaciones y el mantenimiento de una p�gina en la web. Se ha prestado tambi�n asistencia t�cnica a dos Estados Miembros8 para ayudarles a preparar los PAN.
9. La promoci�n de la aplicaci�n del PAI-Capacidad se ha centrado en dos talleres regionales9 en los que se inclu�a la formulaci�n de indicadores para la gesti�n de la capacidad. Ha mejorado la asistencia t�cnica a algunos pa�ses en desarrollo y organizaciones10 y se han preparado varios documentos t�cnicos en apoyo de la aplicaci�n del PAI-Capacidad.
10. Tras su ratificaci�n por el Consejo de la FAO en junio de 2001, el PAI-INDNR se ha impreso y distribuido ampliamente. Se ha preparado y se est� distribuyendo una orientaci�n t�cnica de apoyo11 sobre la manera de facilitar la aplicaci�n. Se ha conseguido financiamiento extrapresupuestario en varias actividades destinadas a promover la aplicaci�n del PAI-INDNR12.
11. De conformidad con la petici�n de los Miembros del COFI, se han preparado y distribuido textos en lenguaje sencillo sobre el C�digo de Conducta, el PAI-INDNR y la orientaci�n t�cnica referente a la pesca continental13,14. Estas publicaciones han encontrado excelente acogida entre los funcionarios, pescadores, comunidades pesqueras y ONG nacionales. Est� previsto continuar ofreciendo estos documentos de f�cil comprensi�n para lograr una mayor penetraci�n del C�digo.
12. En el marco de sus actividades de difusi�n del C�digo y de los PAI, la FAO ha preparado documentos y contribuciones a cursos de capacitaci�n y talleres de la FAO y de otras instituciones. Se prepar� una aportaci�n sustancial a la iniciativa financiada por el FMAM y promovida por la Divisi�n de Asuntos Oce�nicos y del Derecho del Mar de las Naciones Unidas, en el marco del Programa TRAIN-SEA-COAST para preparar un curso regional de capacitaci�n centrado en la aplicaci�n de los instrumentos internacionales posteriores a la CNUMAD15. Estos componentes de capacitaci�n se orientan sobre todo a las necesidades de los pa�ses en desarrollo y han encontrado gran aceptaci�n.
13. La promoci�n regional del C�digo y de los PAI se ha visto alentada por las estructuras regionales de la FAO y mediante ORP de la FAO y de otras instituciones. Adem�s de considerar estos instrumentos en t�rminos m�s generales, algunos ORP se centran en cuestiones espec�ficas, como el enfoque precautorio, la gesti�n basada en los ecosistemas, el perfeccionamiento del seguimiento, control y vigilancia y el sistema de vigilancia de buques y las medidas para hacer frente con eficacia al problema de los barcos con “pabell�n de conveniencia” o que no cumplen las normativas. La FAO reconoce que la intervenci�n regional es indispensable para promover la aplicaci�n del C�digo y de los PAI, por lo que est� firmemente empe�ada en apoyar las iniciativas y actividades regionales.
14. FishCode, fondo fiduciario de la FAO respaldado actualmente por los gobiernos del Jap�n, Noruega y los Estados Unidos de Am�rica, facilita las actividades destinadas a aplicar el C�digo y los PAI en los pa�ses en desarrollo. La asistencia se ha centrado sobre todo en el asesoramiento cient�fico en apoyo de la ordenaci�n de la pesca y el seguimiento, control y vigilancia. Se han conseguido tambi�n fondos en apoyo de actividades destinadas a promover la pesca responsable en los peque�os Estados insulares y la aplicaci�n del PAI-INDNR.
15. El Programa de medios de subsistencia pesqueros sostenibles (SFLP), financiado por el Departamento de Desarrollo Internacional (DFID) del Reino Unido y ejecutado en 25 pa�ses del �frica occidental contin�a utilizando el C�digo de Conducta para la Pesca Responsable, el enfoque de medios de vida sostenible y los perfiles de pobreza como medios para facilitar el proceso de cambio en las pol�ticas e instituciones con el fin de lograr la reducci�n de la pobreza en las comunidades pesqueras en peque�a escala. El Programa financi� 39 proyectos comunitarios en 19 pa�ses e identific�, formul� e inici� tres proyectos piloto sobre la mejora de las pol�ticas e instituciones para la ordenaci�n conjunta de las aguas continentales, las cuestiones relacionadas con los medios de vida sostenibles despu�s de la captura y la ordenaci�n participativa de la pesca costera en 12 pa�ses. El Programa ayud� tambi�n a los pa�ses a elaborar documentos de estrategia sobre la reducci�n de la pobreza.
16. Entre las reuniones celebradas desde el �ltimo per�odo de sesiones del COFI, patrocinadas por la FAO, o celebradas en cooperaci�n con la FAO, con el objetivo de mejorar la aplicaci�n del C�digo de Conducta y los PAI, figuran las siguientes:
ACTIVIDADES REALIZADAS POR LOS MIEMBROS PARA APLICAR EL C�DIGO DE CONDUCTA
17. La informaci�n facilitada por los Miembros se ha agrupado por regiones con el fin de se�alar las diferencias en las prioridades y necesidades regionales y como medio de ayuda a la comunidad de donantes internacionales a seleccionar mejor las necesidades regionales en el sector de la pesca16,17.
Objetivos y temas del C�digo de conducta
18. El C�digo tiene diez objetivos, y se invit� a los Miembros a que los ordenaran del 1 (no muy pertinente) al 5 (sumamente pertinente). En general, las respuestas se agruparon en la parte superior de la escala de evaluaci�n, es decir, de pertinente a sumamente pertinente (Cuadro 1). Los Miembros africanos18 calificaron los objetivos con cierto grado de variabilidad. En particular, los objetivos A, B, E, F, G, fueron considerados como sumamente pertinentes. Los Miembros asi�ticos19 otorgaron calificaciones relativamente altas a la mayor�a de los objetivos del C�digo, y sobre todo a los objetivos A, B, C y D. Los miembros europeos20 en general situaron todos los objetivos entre pertinentes y muy pertinentes. Los Miembros de Am�rica Latina y el Caribe21 destacaron la importancia de la mayor parte de los objetivos, en particular A, B, F, G, I y J. Los Miembros del Cercano Oriente22 indicaron en general que todos los objetivos eran entre pertinentes y sumamente pertinentes. Los Miembros de Am�rica del Norte23 calificaron todos los objetivos como de gran pertinencia. Los Miembros de Pac�fico sudoccidental24 otorgaron tambi�n una calificaci�n elevada a la mayor parte de los objetivos.
CUADRO 1
Puntuaci�n de la prioridad otorgada por los Miembros de la FAO a los objetivos
del C�digo de Conducta
(Puntuaci�n: 1=no muy pertinente, 3=pertinente, 5=sumamente pertinente)
Objetivos |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
Objetivo A: Establecimiento de principios para la pesca y actividades pesqueras responsables considerando todos sus aspectos biol�gicos, t�cnicos, econ�micos, sociales, ambientales y comerciales pertinentes |
2 |
2 |
12 |
21 |
65 |
Objetivo B: Establecimiento de principios y criterios para aplicar pol�ticas de conservaci�n de los recursos pesqueros y ordenaci�n y desarrollo de la pesca |
2 |
1 |
11 |
19 |
71 |
Objetivo C: Servir como instrumento de referencia para mejorar el marco jur�dico e institucional para medidas apropiadas de ordenaci�n |
4 |
2 |
22 |
35 |
38 |
Objetivo D: Dar orientaciones para formular y aplicar acuerdos internacionales y otros instrumentos jur�dicos |
6 |
5 |
23 |
36 |
31 |
Objetivo E: Facilitar y promover la cooperaci�n en la conservaci�n de los recursos pesqueros y la ordenaci�n y desarrollo de la pesca |
2 |
2 |
24 |
34 |
43 |
Objetivo F: Promover la contribuci�n de la pesca a la seguridad alimentaria y calidad de los alimentos dando prioridad a las necesidades nutricionales de las comunidades locales |
2 |
2 |
26 |
21 |
51 |
Objectivo G: Promover la protecci�n de los recursos acu�ticos vivos y sus ambientes y zonas costeras |
3 |
3 |
17 |
30 |
48 |
Objectivo H: Promover el comercio de pescado y productos pesqueros de conformidad con las normas internacionales pertinentes |
3 |
4 |
32 |
26 |
34 |
Objectivo I: Promover la investigaci�n sobre la pesca y sobre ecosistemas asociados y factores ambientales pertinentes |
3 |
1 |
25 |
31 |
43 |
Objectivo J: Proporcionar normas de conducta para todos los interesados en el sector pesquero |
5 |
2 |
29 |
24 |
41 |
19. Se invit� a los Miembros a que calificaran ocho temas del C�digo. Las calificaciones oscilaron desde prioridad m�xima a baja prioridad (Cuadro 2). Los Miembros africanos situaron en un lugar muy alto la ordenaci�n pesquera y la investigaci�n pesquera, mientras que las operaciones de pesca, la integraci�n de la pesca en la ordenaci�n de zonas costeras y cuencas, el comercio y el desarrollo de la pesca continental tienen rango prioritario. En general ninguno de los temas recibi� una calificaci�n baja. Los Miembros asi�ticos otorgaron alta puntuaci�n a la ordenaci�n de la pesca, el desarrollo de la acuicultura y las pr�cticas poscaptura, mientras que otorgaron prioridad a las operaciones de pesca, el comercio y la investigaci�n. Los Miembros europeos dieron altas calificaciones a los temas relacionados con la ordenaci�n pesquera, las operaciones de pesca, el desarrollo de la acuicultura y las pr�cticas poscaptura. Las puntuaciones de los temas restantes fueron m�s variables. Los Miembros de Am�rica Latina y el Caribe reconocieron en general gran prioridad para la ordenaci�n pesquera, el desarrollo de la acuicultura, las pr�cticas poscaptura y la investigaci�n pesquera. Los Miembros del Cercano Oriente otorgaron gran prioridad a la mayor parte de los temas del C�digo, en particular a las operaciones de pesca, el desarrollo de la acuicultura y la investigaci�n pesquera. Am�rica del Norte dio gran prioridad o prioridad normal a todos los temas, con excepci�n del desarrollo de la pesca continental en un caso. Los Miembros del Pac�fico sudoccidental reconocieron prioridad a la mayor parte de los temas.
CUADRO 2
Prioridad asignada a los temas del C�digo del Conducta por los Miembros de la FAO
Tema |
M�xima prioridad |
Prioridad |
Baja prioridad |
Ordenaci�n pesquera |
87 |
10 |
16 |
Operaciones de pesca |
38 |
56 |
6 |
Desarrollo de la acuicultura |
54 |
33 |
12 |
Integraci�n de la pesca en la ordenaci�n de zonas costeras y cuencas |
22 |
40 |
22 |
Pr�cticas poscaptura |
40 |
42 |
18 |
Comercio |
24 |
51 |
12 |
Investigaci�n pesquera |
52 |
38 |
9 |
Desarrollo de la pesca continental |
29 |
46 |
24 |
20. Las puntuaciones otorgadas por los Miembros a los objetivos y temas indican que contin�an siendo pertinentes para la promoci�n de la pesca responsable en todas las actividades del sector, tanto en los pa�ses en desarrollo como desarrollados.
Conformidad de las pol�ticas y la legislaci�n nacional con el C�digo
21. La mayor parte de los Miembros indicaron que las pol�ticas y la legislaci�n est�n total o parcialmente de acuerdo con las normas del C�digo25. Para aplicar el C�digo de manera sostenida, las pol�ticas y la legislaci�n nacionales deber�an reflejar, si es posible, su esp�ritu y disposiciones en forma de pol�ticas, y la legislaci�n deber�a constituir la base para su aplicaci�n. Los Miembros indicaron, en todas las regiones, que se est�n adoptando medidas para facilitar la aplicaci�n del C�digo mediante la revisi�n de las pol�ticas y legislaci�n pesqueras, la realizaci�n de actividades de capacitaci�n y talleres para los funcionarios y partes interesadas como medio de generar una mayor conciencia acerca del C�digo, el aliento de las asociaciones entre las partes interesadas, la adaptaci�n del C�digo a las condiciones locales (nacionales y regionales), la promoci�n del comportamiento responsable de los pescadores, el reforzamiento de las medidas de ordenaci�n de la pesca (incluida la ordenaci�n de base comunitaria y el seguimiento, control y vigilancia), la traducci�n del C�digo a los idiomas locales, el establecimiento de cooperativas de pesca, la promoci�n de la elaboraci�n de PAN para aplicar los PAI, la preparaci�n y distribuci�n de boletines y la difusi�n del C�digo entre las partes interesadas y las instituciones de capacitaci�n/educaci�n.
Ordenaci�n pesquera
22. Los Miembros se�alaron que han establecido un total de 472 planes de ordenaci�n de la pesca marina (el 74 por ciento de los cuales se han aplicado, por t�rmino medio)26 y 228 planes de ordenaci�n de la pesca continental (el 72 por ciento de los cuales se han aplicado, por t�rmino medio)27 (Cuadro 3). Como era de prever, el ritmo de aplicaci�n de los planes var�a algo de acuerdo con las regiones, debido en gran medida a los niveles de capacidad y de recursos disponibles para la aplicaci�n de los planes.
CUADRO 3
N�mero de planes de ordenaci�n pesquera elaborados y aplicados por los Miembros de la FAO para la pesca de captura marina y continental, de conformidad con el C�digo de Conducta.
N�mero de planes elaborados |
Porcentaje de planes aplicados | |||
Tipo de plan |
Pesca marina |
Pesca continental |
Pesca marina |
Pesca continental |
Total |
472 |
228 |
74 |
72 |
23. Se invit� a las Miembros a que indicaran si sus planes relativos a la pesca marina y continental conten�an medidas para promover la pesca responsable y actividades pesqueras en conformidad con los principios del C�digo. En general, los Miembros indicaron que sus planes conten�an medidas para garantizar que el nivel de pesca est� en consonancia con la situaci�n de los recursos pesqueros, hacer posible la recuperaci�n de las poblaciones agotadas, garantizar la selectividad de los artes de pesca y la prohibici�n del uso de m�todos de pesca destructivos. No obstante, eran menos los planes que conten�an puntos de referencia espec�ficos sobre las poblaciones.
24. Los Miembros han comunicado que, cuando no se utilizan puntos de referencia como objetivo, se recurre a otros indicadores, entre ellos los niveles de producci�n, los datos sobre capturas y reproducci�n, las estad�sticas de las capturas y el an�lisis de las tallas de los peces. Adem�s de estas medidas, los Miembros se�alaron que sus planes contienen tambi�n, entre otras, medidas como las limitaciones relativas a las �reas y especies, la creaci�n de parques marinos, reservas y zonas protegidas, las inspecciones obligatorias de las capturas cuando se descargan, la utilizaci�n de cuotas transferibles individuales, los impuestos y medidas t�cnicas afines, el reconocimiento especial de los derechos de los pescadores artesanales y la ordenaci�n de la pesca de base comunitaria.
25. Muchos Miembros se�alaron que se est�n consiguiendo niveles pr�ximos e incluso superiores a los puntos de referencia o a otras medidas de ordenaci�n28. Cuando se alcanzan o superan esos puntos, los Miembros adoptan diferentes tipos de intervenci�n para, entre otras cosas, imponer sanciones a los pescadores que exceden los contingentes individuales, introducir reducciones de las licencias adicionales, establecer restricciones m�s estrictas sobre las zonas, temporadas y especies, aumentar las restricciones relativas a los artes, reducir el esfuerzo de pesca mediante controles m�s firmes sobre las operaciones de los buques y limitar o paralizar las autorizaciones para la compra de algunas especies.
26. Muchos Miembros respondieron que aplican el enfoque precautorio29. Ello se hace con una gran variedad de medidas, incluida la utilizaci�n del concepto de ecosistema para la ordenaci�n de la pesca, la determinaci�n de l�mites y m�rgenes para los puntos de referencia, las restricciones a nuevas entradas (incluida la congelaci�n de la capacidad mientras no se realicen nuevos estudios de evaluaci�n de poblaciones y la suspensi�n de la pesca, en caso necesario), la limitaci�n del esfuerzo (incluidas las moratorias a la concesi�n de nuevas licencias), los controles de las capturas y contingentes (incluida la fijaci�n de totales de capturas admisibles en niveles m�s bajos del que podr�a soportar una poblaci�n), la estandarizaci�n de los artes, las restricciones y prohibiciones, la limitaci�n de la potencia de los buques, las estaciones y �reas vedadas, la intensificaci�n del seguimiento, control y vigilancia, el establecimiento de santuarios, el fortalecimiento de las disposiciones contra las pr�cticas de pesca destructivas, los cambios en la zonificaci�n para proteger a los pescadores artesanales frente a los pescadores industriales, los reconocimientos para evaluar la situaci�n de las poblaciones y los efectos de la pesca y las prohibiciones de desembarque en casos de incertidumbre.
Operaciones de pesca
27. Algunos Miembros30 indicaron que hab�an adoptado medidas para garantizar que los buques que pescan en sus propias zonas econ�micas exclusivas (ZEE), en las ZEE de otros Estados o en aguas internacionales estuvieron debidamente autorizados, mientras que otros Miembros31 indicaron que sus embarcaciones estaban parcialmente autorizadas (Cuadro 4). No obstante, hubo una diferencia en la tasa de respuesta entre las regiones, ya que los Miembros de Europa, Am�rica del Norte y el Pac�fico sudoccidental indicaron en general que todos o la mayor�a de los buques est�n debidamente autorizados para pescar.
CUADRO 4
Operaciones de pesca de captura marina de conformidad con el C�digo de Conducta
�Est� autorizada debidamente la pesca? |
�Se han adoptado medidas para limitar las capturas incidentales y los descartes? |
�Se han aplicado sistemas de vigilancia de buques? | |||||||
Respuesta |
S� |
No |
Parcialmente |
S� |
No |
Parcialmente |
S� |
No |
Parcialmente |
Total |
51 |
12 |
39 |
49 |
19 |
22 |
22 |
6 |
43 |
28. Los Miembros utilizan diferentes medidas para garantizar que las operaciones de pesca est�n debidamente autorizadas, entre ellas los acuerdos generales de concesi�n de licencias, los registros de las embarcaciones, los controles para asegurar que los buques cumplen los reglamentos internacionales de seguridad, los contingentes, la supervisi�n de los transbordos, la presencia de observadores a bordo, el seguimiento, control y vigilancia, los sistemas de vigilancia de buques (VMS), la vigilancia terrestre y a�rea, la inspecci�n en el mar, las inspecciones portuarias, el control de los artes de pesca, la imposici�n de fuertes sanciones por las infracciones, las consultas con los pescadores, las comunidades pesqueras y el sector acerca de las pol�ticas y reglamentos de pesca, la recopilaci�n e intercambio de informaci�n de alcance regional y la cooperaci�n con los ORP. Algunos Miembros destacaron tambi�n la importancia de aceptar los instrumentos internacionales de pesca recientemente concluidos como medio de garantizar que las operaciones de pesca se lleven a cabo de forma responsable y establecer la ordenaci�n pesquera basada en las comunidades para las pesquer�as en peque�a escala.
29. Muchos Miembros32 comunicaron que han adoptado medidas para limitar las capturas incidentales y los descartes en sus operaciones de pesca, mientras que otros33 indicaron que lo hab�an hecho en forma parcial (Cuadro 4). Entre las medidas que se han adoptado para limitar las capturas incidentales y los descartes figuran las restricciones, modificaciones y controles de los artes de pesca (por ejemplo, dispositivos de exclusi�n de tortugas o de capturas incidentales en la pesca de arrastre), el suministro de informaci�n y actividades de educaci�n sobre los efectos nocivos de los artes perjudiciales para el medio ambiente, las estaciones y zonas vedadas (por ejemplo, prohibici�n del arrastre en las zonas pr�ximas a la costa, exclusi�n de los buques industriales de las zonas de pesca artesanal), el establecimiento de l�mites de tallas, la presencia de observadores a bordo, controles sobre los peces desechados en el mar y en el puerto, prohibiciones de transporte y venta de peces de talla insuficiente, establecimiento de contingentes de capturas incidentales y descartes para los pescadores, prohibici�n de descartes en el mar, designaci�n de reservas marinas, prohibici�n de pescar en forma deliberada especies incidentales o de talla insuficiente, e imposici�n de sanciones en casos de infracci�n.
30. Muchos Miembros est�n comenzado a aplicar los VMS (Cuadro 4). Algunos Miembros34 indicaron que han introducido los VMS en sus embarcaciones, mientras que un gran n�mero de ellos35 lo han hecho en parte. Otros Miembros36 se�alaron que tienen intenci�n de introducir VMS. Al parecer, no hay ninguna controversia con respecto a su aplicaci�n. M�s bien, se trata de un problema de recursos y capacidad. Veintinueve Miembros se�alaron que no hab�an introducido el VMS.
Desarrollo de la acuicultura
31. Hubo algunas diferencias entre las regiones en las respuestas de los Miembros sobre si ten�an o no marcos jur�dicos e institucionales para promover el desarrollo responsable de la acuicultura. En cifras regionales, los Miembros de Asia37, Europa38 y Am�rica del Norte sol�an tener proporciones m�s elevadas de marcos jur�dicos e institucionales que las dem�s regiones. Dichos marcos van desde medidas legislativas espec�ficas sobre la acuicultura, secciones de la ley de pesca dedicadas expresamente a la acuicultura o fragmentos legislativos dispersos en diferentes niveles de gobierno (por ejemplo, gobierno estatal/provincial y nacional) y diferentes ministerios p�blicos. Algunos Miembros que no hab�an introducido todav�a estos marcos indicaron que ten�an intenci�n de hacerlo.
32. Los Miembros se�alaron que tienen un total de 140 c�digos o instrumentos para promover la acuicultura responsable (Cuadro 5). Los m�s numerosos son los c�digos promovidos por los gobiernos39 y el sector pesquero40. Muchos de ellos contienen orientaciones normativas (de car�cter administrativo, jur�dico y ambiental) y pr�cticas �ptimas para el desarrollo de la acuicultura, entre ellas, normas y orientaciones sobre la piscicultura y registros y acreditaci�n de laboratorios y auditores calificados que puedan otorgar certificados y etiquetas de calidad, as� como reglamentos referentes al establecimiento de operaciones y medidas de prevenci�n de enfermedades en las explotaciones pisc�colas.
CUADRO 5
N�mero de Miembros de la FAO que han elaborado y adoptado un C�digo o instrumento de pr�cticas �ptimas para la acuicultura, de conformidad con el C�digo de conducta
Tipo de c�digo |
Gobierno |
Productores |
Abastecedores |
Fabricantes |
Otros |
Total |
53 |
33 |
18 |
17 |
19 |
33. La mayor parte de los Miembros indicaron que tienen procedimientos disponibles para realizar evaluaciones ambientales de las operaciones acu�colas, tal como se prev� en el C�digo41 (Cuadro 6). Muchos Miembros42 se�alaron que supervisan las actividades de acuicultura y tambi�n muchos43 indicaron que han adoptado medidas para reducir los efectos nocivos de la introducci�n de especies no aut�ctonas o gen�ticamente modificadas, utilizadas para la acuicultura. Algunos Miembros observaron que estaban ampliando progresivamente los procedimientos con el fin de abarcar todas las actividades acu�colas. Algunos Miembros se�alaron que estos procedimientos se consideraban eficientes y eficaces.
CUADRO 6
N�mero de Miembros de la FAO con procedimientos para evaluar, supervisar y reducir los efectos nocivos de las introducciones de especies no aut�ctonas o gen�ticamente modificadas en la acuicultura, de conformidad con el C�digo de Conducta
Realizar evaluaciones ambientales de las actividades acu�colas |
Supervisar las actividades acu�colas |
Reducir los efectos nocivos de las introducciones de especies no aut�ctonas o gen�ticamente modificadas utilizadas para la acuicultura | |||||||
S� |
No |
Parcialmente |
S� |
No |
Parcialmente |
S� |
No |
Parcialmente | |
Total |
73 |
20 |
1 |
77 |
19 |
2 |
72 |
21 |
2 |
34. Para aumentar la eficacia de los procedimientos utilizados para el desarrollo y supervisi�n de la acuicultura, los Miembros se�alaron deficiencias en las siguientes esferas: recursos en apoyo de las pr�cticas acu�colas responsables, capacitaci�n de los productores, desarrollo de nuevas t�cnicas para mejorar el seguimiento y la disponibilidad de documentos de referencia y apoyo log�stico para la labor de extensi�n.
35. Muchos Miembros indicaron que eran conscientes de los posibles efectos nocivos derivados de la introducci�n de especies no aut�ctonas o gen�ticamente modificadas y que, en consecuencia, han adoptado medidas al respecto. Entre ellas figuran la prohibici�n o el estricto control de las especies ex�ticas y de la propagaci�n de especies no aut�ctonas, servicios rigurosos de cuarentena y mejora de la calidad de los alevines y reproductores.
36. Para promover una acuicultura m�s responsable muchos Miembros est�n centrando la atenci�n en la formulaci�n de pol�ticas responsables y pr�cticas �ptimas respaldadas por una legislaci�n adecuada, la elaboraci�n de planes de ordenaci�n, controles estrictos para la introducci�n de especies ex�ticas, capacitaci�n para la producci�n artesanal, sensibilizaci�n de las partes interesadas acerca del comportamiento responsable, cultivo de especies aut�ctonas, promoci�n de pr�cticas en consonancia con la situaci�n socioecon�mica de los productores, promoci�n de pr�cticas integradas de acuicultura-agricultura, aplicaci�n de reglamentos que impidan la utilizaci�n de sustancias qu�micas que influyan negativamente en el sector y en el medio ambiente, mejora del seguimiento de las operaciones, establecimiento de tecnolog�as m�s en consonancia con el medio ambiente, mayor insistencia en la extensi�n, acreditaci�n de criaderos e intervenci�n de las comunidades en la ordenaci�n, fortalecimiento de las cooperativas acu�colas, investigaciones aplicadas sobre la acuicultura y fortalecimiento del seguimiento, control y vigilancia.
37. En lo que se refiere a las necesidades de asistencia t�cnica, muchos Miembros indicaron que acoger�an con satisfacci�n medidas de asistencia, sobre todo en lo que se refiere a la formulaci�n de pol�ticas, cr�dito y gesti�n de empresas acu�colas, control de enfermedades y de poblaciones, mejora de los laboratorios de diagn�stico y de las medidas de cuarentena (incluida la demostraci�n de nuevas t�cnicas y la introducci�n de especies), mejora de la evaluaci�n estad�stica y metodol�gica, introducci�n de nuevas t�cnicas para oficiales de campo, mejora de la evaluaci�n de riesgos, seguimiento, ampliaci�n de las actividades de investigaci�n, capacitaci�n y extensi�n, evaluaci�n de los efectos ambientales y adquisici�n de materiales en apoyo de la acuicultura.
Integraci�n de la pesca en la ordenaci�n de las zonas costeras y cuencas
38. Muchos Miembros, en particular los pa�ses en desarrollo, se�alaron que no cuentan con un marco espec�fico (legislaci�n o reglamentos) vigente para la integraci�n de la pesca en la ordenaci�n de las zonas costeras y cuencas. Los Miembros44 que dispon�an de ese marco indicaron que est�n promoviendo la integraci�n de la pesca en la ordenaci�n de las zonas costeras y cuencas, tal como se prev� en el C�digo.
39. En los informes de los Miembros se observan situaciones diferentes en lo que respecta a los conflictos dentro del sector de la pesca y entre los sectores de las zonas costeras y cuencas presenta resultados de distinto signo (Cuadro 7). En t�rminos generales, los Miembros indicaron que los conflictos son de graves a moderados entre la pesca costera e industrial y entre los diferentes tipos de artes en las zonas costeras. Es significativo que los niveles de conflicto entre la pesca y otros sectores no parec�an ser excesivos.
CUADRO 7
Importancia de los conflictos dentro del sector de la pesca y entre �ste y las actividades de otros sectores, seg�n informaciones recibidas de los Miembros de la FAO sobre la aplicaci�n del C�digo de Conducta
Tipo de conflicto entre |
Grave |
Moderada |
Leve |
Ninguna |
Pesquer�as costeras e industriales |
23 |
29 |
17 |
18 |
Pesquer�as costeras y acuicultura costera |
1 |
21 |
18 |
45 |
Tipos de artes en las zonas costeras |
21 |
32 |
23 |
16 |
Pesca y actividades recreativas |
5 |
27 |
33 |
23 |
Pesca y desarrollo portuario. |
5 |
15 |
44 |
40 |
Pesca y actividades de extracci�n |
6 |
14 |
19 |
54 |
40. Algunos Miembros45 tienen mecanismos bastante desarrollados para la resoluci�n de conflictos dentro del sector de la pesca y entre �ste y otros sectores (Cuadro 8). Una proporci�n significativa de los dem�s Miembros46 indic� que han adoptado medidas para resolver los conflictos entre la pesca costera e industrial, entre los distintos artes y entre la pesca y las actividades recreativas. Son menos los Miembros47 que tienen mecanismos para resolver los conflictos entre la pesca y otros sectores.
CUADRO 8
N�mero de Miembros de la FAO que tienen mecanismos para resolver los conflictos derivados de la utilizaci�n de los recursos costeros, de conformidad con el C�digo de Conducta
Tipo de conflicto |
S� |
No |
Pesquer�as costeras e industriales |
65 |
26 |
Pesquer�as costeras y acuicultura costera |
48 |
49 |
Tipos de artes en las zonas costeras |
70 |
24 |
Pesquer�as y actividades recreativas |
41 |
51 |
Pesca y desarrollo portuario |
42 |
49 |
Pesca y actividades de extracci�n |
35 |
54 |
Pr�cticas poscaptura y comercio
41. Muchos Miembros48 indicaron que tienen sistemas eficaces de garant�a de calidad e inocuidad de los alimentos para el pescado y los productos pesqueros (Cuadro 9). Veintinueve Miembros comunicaron que no ten�an un sistema semejante.
CUADRO 9
N�mero de Miembros de la FAO con un sistema eficaz de garant�a de calidad e inocuidad de los alimentos para el pescado y los productos pesqueros
Respuesta |
S� |
No |
Total |
71 |
29 |
42. La mayor parte de los Miembros comunicaron que han adoptado medidas para alentar a quienes intervienen en la elaboraci�n, distribuci�n y comercializaci�n del pescado a reducir las p�rdidas poscaptura y los desperdicios con las siguientes medidas: nuevas pol�ticas y revisi�n de la legislaci�n, registro de instalaciones de elaboraci�n, mejora de los servicios veterinarios, mayor inspecci�n y evaluaci�n de las capturas en los puntos de desembarque y lugares de elaboraci�n, sensibilizaci�n acerca de dichas pr�cticas y aplicaci�n de normas relativas a las pr�cticas adecuadas de manipulaci�n y elaboraci�n (con inclusi�n de sistemas como el an�lisis de peligros y de puntos cr�ticos de control), obligatoriedad de desembarcar todo el pescado capturado, promoci�n de la construcci�n de centros de elaboraci�n adecuados, promoci�n del uso de hielo en las pesquer�as y de la congelaci�n, cuando convenga, introducci�n de mejores t�cnicas de manipulaci�n (por ejemplo, uso de cajas de pl�stico y aisladas para depositar los peces), modernizaci�n de las embarcaciones (en particular, mejoras en el almacenamiento del pescado a bordo), demostraci�n de t�cnicas de elaboraci�n, desarrollo de la infraestructura portuaria, aliento de la higiene personal de quienes manipulan el pescado, promoci�n de la capacitaci�n y del asesoramiento t�cnico a los pescadores, ampliaci�n de los servicios de extensi�n para la manipulaci�n, elaboraci�n y conservaci�n del pescado, concesi�n de cr�dito a los pescadores y elaboradores y utilizaci�n de los productos pesqueros descartados en la elaboraci�n para su conversi�n en fertilizantes (por ejemplo, las v�sceras).
43. Adem�s, los Miembros han alentado a quienes participan en la elaboraci�n, distribuci�n y comercializaci�n del pescado a mejorar el aprovechamiento de las capturas incidentales considerando la posibilidad de introducir tecnolog�as de elaboraci�n nuevas y m�s eficientes (por ejemplo, nuevas t�cnicas de secado y producci�n de surimi), convenciendo a los agentes de la necesidad de mejorar el aprovechamiento, imponiendo grav�menes sobre las capturas incidentales y prohibiendo la pr�ctica de los descartes para garantizar el aprovechamiento econ�mico m�ximo de las capturas incidentales, realizando estudios para considerar nuevas formas de utilizar las capturas incidentales, estableciendo instalaciones de producci�n de harina de pescado y polvo de pescado, educando a los consumidores acerca de los nuevos productos y transfiriendo las capturas incidentales de los buques industriales a los pescadores artesanales.
44. La mayor parte de los Miembros49 se�alaron que los elaboradores pod�an se�alar f�cilmente el origen del pescado y los productos pesqueros, mientras que una proporci�n considerable50 declar� que los consumidores pod�an identificar el origen del producto (Cuadro�10).
CUADRO 10
N�mero de Miembros de la FAO cuyos consumidores pueden identificar el origen del pescado y los productos pesqueros
Origen del producto |
Elaboradores |
Consumidores | ||
S� |
No |
S� |
No | |
Total |
83 |
9 |
41 |
55 |
45. Los Miembros indicaron que han adoptado varias medidas para conseguir que los elaboradores de pescado, los agentes y los comerciantes no elaboren ni comercialicen productos capturados de forma ilegal. Entre ellas figuran las siguientes: revisi�n de las pol�ticas y de la legislaci�n, seguimiento de las capturas (tanto para consumo interno como para exportaci�n), confiscaci�n del pescado capturado ilegalmente, prohibici�n del comercio de pescado desembarcado ilegalmente, imposici�n de sanciones severas (sobre todo para los reincidentes), seguimiento, control y vigilancia y utilizaci�n del VMS, estrictos controles portuarios (aduanas e inspecciones pesqueras y utilizaci�n de licencias de importaci�n) en los desembarques, con declaraci�n del lugar donde se ha capturado el pescado, adopci�n de medidas contra las instalaciones de elaboraci�n que utilicen productos capturados ilegalmente, m�s actividades de inspecci�n de los centros de elaboraci�n, controles de los libros de bit�cora y licencias de las embarcaciones, aplicaci�n de sistemas internacionales de documentaci�n de las capturas, consultas con los pescadores y partes interesadas acerca de la pesca INDNR y campa�as de sensibilizaci�n p�blica sobre los peligros de la pesca ilegal.
Investigaci�n pesquera y recogida de datos
46. Los Miembros se�alaron que en los tres �ltimos a�os han obtenido estimaciones fiables relativas a 753 poblaciones (un promedio del 64 por ciento de las poblaciones nacionales de importancia) (Cuadro 11). Adem�s, muchos Miembros51 indicaron que est�n elaborando estad�sticas oportunas, completas y fiables sobre las capturas y el esfuerzo de pesca, mientras que otros indicaban que no lo estaban haciendo. Muchos Miembros52 comunicaron que cuentan con personal calificado disponible para generar los datos necesarios para la ordenaci�n sostenible de la pesca, mientras que una proporci�n significativa de los Miembros indicaron que carec�an de dicho personal.
CUADRO 11
Informaci�n resumida sobre las respuestas de los Miembros de la FAO referente a la situaci�n de la investigaci�n pesquera, de conformidad con el C�digo de Conducta
Situaci�n de las poblaciones |
�Se recogen estad�sticas oportunas, completas y fiables sobre las capturas y el esfuerzo de pesca? |
�Se cuenta con personal calificado para generar datos que permitan una ordenaci�n sostenible de la pesca? | ||||
N�mero de poblaciones sobre las que se dispone de estimaciones fiables |
Porcentaje del total de poblaciones nacionales importantes |
S� |
No |
S� |
No | |
Total |
753 |
64 |
76 |
24 |
60 |
33 |
47. Los Miembros se�alaron distintas �reas en las que se necesita personal calificado adicional. Para impulsar sus capacidades y actividades de investigaci�n se requiere m�s personal calificado en din�mica de poblaciones, evaluaci�n y modelos de poblaci�n, estimaci�n de la biomasa, ecolog�a y biolimnolog�a, t�cnicas de muestreo y seguimiento, evaluaci�n y an�lisis de riesgos, estad�sticas de evaluaci�n ecol�gica, elaboraci�n y gesti�n de bases de datos, evaluaci�n del h�bitat, contabilizaci�n de peces, ordenaci�n de pesquer�as con especies m�ltiples, cultivo y ordenaci�n de los peces de agua dulce, elaboraci�n de modelos del ecosistema, aplicaci�n de sistemas de informaci�n geogr�fica, telepercepci�n, bases de datos inform�ticas integradas sobre recursos �cticos y seguimiento, control y vigilancia, VMS, introducciones de especies, lucha contra las enfermedades, patolog�a, observadores en puertos y embarcaciones, tecnolog�a de los artes de pesca y econom�a y sociolog�a pesquera.
48. En cuanto a la formulaci�n de planes de ordenaci�n de la pesca, la mayor parte de los Miembros53 indicaron que disponen para ello de los datos sobre capturas y esfuerzo (Cuadro 12). En cambio, eran menos los Miembros54 que contaban con datos procedentes de estudios de buques de investigaci�n o muestras tomadas a bordo de barcos comerciales55, y un buen n�mero de Miembros56 recopilaba datos de muestras de barcos comerciales tomadas en los puertos. Como era de prever, los pa�ses en desarrollo ten�an m�s dificultades para recoger los datos necesarios para estos planes.
CUADRO 12
Disponibilidad de datos para planes de ordenaci�n de la pesca elaborados por los Miembros de la FAO
Tipo de datos |
Disponibilidad de datos | ||
S� |
No |
Parcialmente | |
Datos sobre capturas y esfuerzo procedentes de la pesca comercial y artesanal |
93 |
7 |
1 |
Reconocimientos de buques de investigaci�n |
67 |
28 |
0 |
Muestreo a bordo de buques comerciales |
59 |
35 |
2 |
Muestreo en puertos |
71 |
22 |
1 |
49. Muchos Miembros indicaron que supervisan habitualmente la situaci�n del medio ambiente marino, al menos parcialmente, con actividades como el seguimiento de la calidad del agua, el fondo marino y los sedimentos y la evaluaci�n de los contaminantes en la pesca marina. En algunos casos se intercambia informaci�n entre los institutos de investigaci�n y se llevan a cabo estudios sobre la diversidad biol�gica marina. Son menos los Miembros que practican habitualmente el seguimiento de las capturas incidentales y los descartes. Ello se realiza mediante observadores a bordo de las embarcaciones, inspecciones de los buques y capturas y otros tipos de estudios.
50. En general, los Miembros se�alaron los siguientes obst�culos para la realizaci�n de investigaciones y la recopilaci�n de datos: insuficientes recursos humanos, financieros y materiales (con inclusi�n de la infraestructura portuaria de la investigaci�n y los buques de investigaci�n) para poder contar con programas de investigaci�n b�sica y permanente, falta de estudios de referencia y carencia general de informaci�n sobre las especies que son objeto de ordenaci�n (en particular, las que est�n sometidas a actividades de ordenaci�n de especies m�ltiples), falta de informaci�n y datos fiables sobre indicadores, carencia de estudios sociales y econ�micos, escasa cobertura estad�stica y dificultades en la recopilaci�n de datos, falta de capacitaci�n e informaci�n insuficiente sobre los caladeros. Los Miembros indicaron que para resolver estos problemas se necesitan recursos adicionales, adem�s de una mayor cooperaci�n internacional. Por otro lado, se se�ala la necesidad de una mejor evaluaci�n de poblaciones, colocaci�n de observadores en los buques de pesca, descentralizaci�n y establecimiento de los centros de investigaci�n y aplicaci�n de programas de capacitaci�n sobre recopilaci�n de datos y observaciones cient�ficas.
Planes de acci�n internacionales
51. Se han concluido cuatro planes de acci�n internacionales (PAI) en el marco del C�digo. Estos PAI se centran en cuestiones pesqueras espec�ficas que, en opini�n de los Miembros, deben ser objeto de especial atenci�n.
52. Algunos Miembros57 han indicado que han desarrollado su capacidad de elaborar planes de acci�n nacionales, mientras que otros58 lo han hecho en parte (Cuadro 13). Algunos Miembros se�alaron que no han tomado medidas para desarrollar la capacidad de formulaci�n de PAN. Algunos otros59 han observado que no dispondr�an de capacidad de formulaci�n de PAN para la fecha l�mite de 2005.
CUADRO 13
Informaci�n resumida relativa a las respuestas de los Miembros de la FAO acerca de la aplicaci�n de los planes de acci�n internacionales
Acci�n |
PAI-Capacidad |
PAI-Tiburones |
PAI-Aves marinas |
PAI-INDNR | ||||
Realizada |
S� |
Parcialmente1 |
S� |
Parcialmente1 |
S� |
Parcialmente1 |
S� |
Parcialmente1 |
Total |
9 |
42 |
6 |
11 |
3 |
3 |
47 |
23 |
1 Se est� aplicando o se han realizado las evaluaciones iniciales
53. En cuanto a las evaluaciones para el desarrollo de su capacidad de formulaci�n de PAN los Miembros han utilizado t�cnicas muy diversas, entre ellas el establecimiento de un registro para todos los buques de pesca, la introducci�n de libros de bit�cora sobre las capturas, el diagn�stico e identificaci�n de las pesquer�as y los buques que requieren medidas urgentes para reducir la capacidad, la cuantificaci�n de la potencia de motor de las embarcaciones y n�mero de pescadores, la aplicaci�n de controles sobre el acceso a las zonas de pesca y la evaluaci�n de la situaci�n de las poblaciones, la estimaci�n de la biomasa de los recursos pesqueros, el an�lisis del factor de potencia (potencia de propulsi�n y tonelaje), an�lisis del factor eslora total/factor de potencia, evaluaci�n de las caracter�sticas de las embarcaciones y capturas medias/previstas por tipo de embarcaci�n, clasificaci�n de los buques por tama�o y tipo y artes empleados, modelos basados en la zona barrida y modelos de excedente de capacidad/producci�n con y sin puntos de referencia. Es significativo que s�lo un Miembro60 comunicara que su flota de larga distancia ha bajado de 139 buques a 9, y se prev� que se produzca una nueva reducci�n, ya que ya no se dispone de financiamiento para renovar las embarcaciones. Algunos Miembros que tienen embarcaciones que pescan en alta mar y que no est�n facilitando ya datos a la FAO en virtud del Acuerdo de cumplimiento de la FAO indicaron que lo har�an en el futuro pr�ximo.
54. Los Miembros se�alaron que, cuando hay exceso de capacidad de la flota, est�n organizando campa�as de sensibilizaci�n entre los pescadores para poner de manifiesto los efectos nocivos de la sobrepesca, la introducci�n de planes de limitaci�n de nuevos participantes limitado y de cuotas individuales transferibles, la instituci�n de controles sobre el esfuerzo de pesca (mediante planes de concesi�n de licencias para los buques), la prohibici�n de la explotaci�n de especies particularmente amenazadas, la intensificaci�n del seguimiento, control y vigilancia y el VMS, la realizaci�n de un examen de las licencias de pesca y, en algunos casos, la reducci�n del n�mero de licencias expedidas, la introducci�n de restricciones horarias y por zonas, la promoci�n de los estudios sobre la selectividad de los artes de pesca, la introducci�n de los l�mites de tallas, el establecimiento de contingentes de elaboraci�n, la iniciaci�n y fortalecimiento de planes de jubilaci�n anticipada y de recompra de embarcaciones con fondos p�blicos, el aliento a los pescadores para que se trasladen a otras pesquer�as y a ocupaciones ajenas al sector de la pesca y el desaliento del cr�dito para la pesca costera.
55. Para evitar el exceso de capacidad de pesca, algunos Miembros han elaborado planes y pol�ticas nacionales, establecido registros de embarcaciones y tratado de mejorar las bases de datos. Entre las medidas para evitar el exceso de capacidad figuran la prohibici�n de la expedici�n de nuevas licencias de pesca, la introducci�n de vedas estacionales y por zonas, la retirada de licencias y la imposici�n de restricciones sobre la capacidad m�xima de los artes de pesca.
56. Algunos Miembros61 han elaborado PAN-Tiburones (Cuadro 13). Otros62 est�n tratando de preparar sus PAN. Algunos Miembros63 indicaron que preparar�an sus PAN en 2003 y 2004.
57. Muchos Miembros64 se�alaron que practican la pesca con palangre. Los Miembros que indicaron que aplicar�an el PAI-Aves marinas no especificaron en general un calendario. Algunos Miembros65 han elaborado sus PAI-Aves marinas, mientras que otros66 lo han hecho parcialmente (Cuadro 13). Las medidas adoptadas por los Miembros para reducir las capturas de aves marinas en las pesquer�as con palangre son, entre otras, el calado de las l�neas por la noche, la reducci�n de las descargas de v�sceras desde los barcos, el despliegue de observadores para que informen sobre la mortalidad de las aves, la utilizaci�n de cortinas de cuerda y otros instrumentos para ahuyentar a las aves y formaci�n de l�neas de espera.
58. La pesca INDNR obstaculiza los esfuerzos por conseguir una pesca sostenible, y muchos Miembros67 indicaron que ello representa un problema en sus pa�ses68. Algunos Miembros69 indicaron que hab�an adoptado medidas para elaborar y aplicar el PAI-INDNR (Cuadro 13). Los Miembros se�alaron que la pesca INDNR se produce tanto en las pesquer�as de captura marinas y de agua dulce como en la acuicultura. No obstante, no se conoce en todos los casos cu�l es el alcance y el efecto global de la pesca INDNR. Los Miembros se�alaron el tipo de pesca INDNR que hab�an observado y mencionaron los siguientes problemas: las incursiones (pesca clandestina) en las ZEE y en las zonas costeras por buques de pesca extranjeros, lo que repercute en los pescadores en peque�a escala, la pesca no autorizada en zonas restringidas, la informaci�n incompleta sobre las capturas y el esfuerzo de las flotas industriales, la pesca por barcos no autorizados, la falta de observancia por parte de los pescadores de las condiciones de su autorizaci�n, la informaci�n incompleta de las capturas, la utilizaci�n de artes prohibidos, la pesca con explosivos y veneno que provocan la destrucci�n selectiva de los recursos y el uso de presas para la pesca ilegal con redes en las pesquer�as continentales.
59. Algunos Miembros70 indicaron que adoptar�an medidas en el futuro pr�ximo para ultimar sus planes, mientras que otros Miembros71 se�alaron que el plan estar�a terminado antes del plazo de 2005 indicado en el PAI-INDNR.
60. Los Miembros observaron que las medidas adoptadas para disuadir la pesca INDNR son, entre otras, la ratificaci�n de los acuerdos internacionales, el fortalecimiento de la pol�ticas y la legislaci�n para atenerse al PAI-INDNR, incluidos los dispositivos de endurecimiento de las licencias y la ordenaci�n y los mecanismos mejorados para resolver el problema de las responsabilidades del Estado del pabell�n y del Estado del puerto, el control sobre los nacionales que trabajan en buques de pesca, las medidas para abordar la cuesti�n de los “buques con pabell�n de conveniencia”, el endurecimiento de las sanciones y el tiempo de reclusi�n para los pescadores que practican la pesca INDNR, la intensificaci�n del control, seguimiento y vigilancia y la aplicaci�n obligatoria de VMS, el secuestro y destrucci�n de las capturas resultantes de la pesca INDNR, el secuestro y destrucci�n de los artes de pesca, la informaci�n m�s detallada sobre las capturas, el fortalecimiento del programa de observadores, la intensificaci�n de la cooperaci�n regional mediante los ORP, la introducci�n de la certificaci�n para poder determinar el origen del pescado y la prohibici�n de ciertos desembarques, las capturas de buques de terceros pa�ses, la promoci�n de asociaciones de pescadores y la sensibilizaci�n de las partes interesadas acerca de los efectos de la pesca INDNR.
Acuerdo de Cumplimento de la FAO de 1993 y Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces de 1995
61. Los foros y resoluciones internacionales han pedido a los Estados que ratifiquen, se adhieran o acepten, seg�n convenga, y apliquen los instrumentos internacionales, como medio de reforzar la conservaci�n y ordenaci�n de las pesquer�as. Esos instrumentos son, en particular, el Acuerdo de cumplimiento de la FAO, de 1993, y el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre poblaciones de peces, de 1995. En el Cuadro 14 pueden verse los Miembros de la FAO que han ratificado, se han adherido o han aceptado el Acuerdo de cumplimiento de la FAO de 1993 y el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre poblaciones de peces de 1995. En �l se indica tambi�n el n�mero de Miembros que tiene intenci�n de hacer otro tanto.
CUADRO 14
Ratificaci�n, adhesi�n o aceptaci�n del Acuerdo de cumplimiento de la FAO de 1993 y el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces de 1995
Acuerdo de cumplimiento de la FAO de 1993 |
Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces de 1995 | |||||||||||
Aceptaci�n/adhesi�n/ratificaci�n |
S� |
Intenci�n de hacerlo |
S� |
Intenci�n de hacerlo |
||||||||
Total |
23 |
30 |
35 |
34 |
62. Un considerable n�mero de Miembros indicaron que hab�an aceptado el Acuerdo de Cumplimento de la FAO72 mientras que otros73 manifestaron su intenci�n de hacerlo. Igualmente, algunos Miembros se�alaron que hab�an ratificado el Acuerdo de las Naciones Unidas sobre poblaciones de peces de 199574, mientras que otros75 manifestaron su intenci�n de hacerlo. La mayor parte de los Miembros que indicaron su intenci�n de aceptar o ratificar los acuerdos declararon que lo har�an en 2003 � 2004.
63. En el marco de la aplicaci�n de la Parte VII del Acuerdo de las Naciones Unidas sobre las poblaciones de peces de 1995, titulada “Necesidades de los Estados en desarrollo”76 y a ra�z de la Resoluci�n 56/13 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 28 de noviembre de 200177, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su 57� per�odo de sesiones examin� el resultado y recomendaciones de la primera Reuni�n Informal de Estados Parte en el Acuerdo celebrada en
Nueva York los d�as 30 y 31 de julio de 200278, y adopt�, el 12 de diciembre de 2002, la Resoluci�n A/RES/57/143 titulada “Acuerdo sobre la aplicaci�n de las disposiciones de la Convenci�n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservaci�n y ordenaci�n de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios” (V�ase el Anexo A).
64. En el p�rrafo 14 de esta Resoluci�n, la Asamblea General observa que“el programa de asistencia que ha de elaborarse conforme a la Parte VII del Acuerdo debe incluir la creaci�n de un fondo fiduciario de contribuciones voluntarias (Fondo establecido en virtud de la Parte VII) en el marco del sistema de las Naciones Unidas, con el fin de apoyar a los Estados partes en desarrollo, en particular a los menos adelantados y a los peque�os Estados insulares en desarrollo, y dedicado a la aplicaci�n de la Parte VII, reconoce la funci�n de la Organizaci�n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci�n como organismo especializado encargado de la pesca, y la de la Divisi�n de Asuntos Oce�nicos y del Derecho del Mar de la Oficina de Asuntos Jur�dicos de la Secretar�a como secretar�a del Acuerdo, y pide al Comit� de Pesca de la Organizaci�n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci�n que en su pr�xima reuni�n examine la posibilidad de participar en la creaci�n y gesti�n del referido Fondo”.
65. El Comit� quiz� desee presentar sus opiniones acerca de la Resoluci�n 57/143 de la Asamblea General de 12 de diciembre de 2002, con especial referencia a su p�rrafos operativos 14, referente al fondo propuesto en virtud de la Parte VII, y el 19, relativo a una encuesta de participaci�n voluntaria para recabar informaci�n de los Estados Partes y otros Estados que deseen colaborar, as� como de organizaciones o arreglos subregionales o regionales de ordenaci�n pesquera, sobre actividades relacionadas con la aplicaci�n de las disposiciones del Acuerdo (similar al estudio utilizado por la FAO en relaci�n con el C�digo de Conducta)79.
66. Con sujeci�n a estas opiniones y a la orientaci�n que el Comit� pudiera desear ofrecer al respecto, a trav�s del Consejo, el Director General est� dispuesto a entablar consultas con el Secretario General de las Naciones Unidas con el fin de establecer modalidades pr�cticas detalladas para la aplicaci�n de las disposiciones pertinentes de la resoluci�n 57/143 de la Asamblea General, con especial referencia a los p�rrafo 14 y 19. Al manifestar su disposici�n a entablar consultas con el Secretario General de las Naciones Unidas, el Director General, de conformidad con la referencia expl�cita del p�rrafo 14 de la Resoluci�n al papel de la FAO “como organismo especializado encargado de la pesca” dentro del sistema de las Naciones Unidas, desea se�alar a la atenci�n del Comit� la experiencia general de la FAO en la asistencia a los Estados en desarrollo en las cuestiones pesqueras, as� como en la aplicaci�n del C�digo de Conducta para la Pesca Responsable y los planes de acci�n internacionales conexos, en particular, dada su estrecha relaci�n con los objetivos del fondo propuesto en virtud de la Parte VII.
RESPUESTAS DE LOS �RGANOS REGIONALES DE PESCA (ORP) Y LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG)
�rganos regionales de pesca
67. Se recibieron respuestas de 19 de los 27 �rganos regionales de pesca (ORP) a los que la FAO hab�a enviado los cuestionarios.
68. En lo que respecta al Art�culo 7 (Ordenaci�n pesquera) del C�digo, la mayor parte de los ORP indicaron (con un nivel de m�s del 80 por ciento) que los planes o medidas de ordenaci�n pesquera existentes, incluidos los adoptados por sus respectivas organizaciones, conten�an instrumentos clave de ordenaci�n, en particular, medidas para garantizar que el nivel de pesca est� en consonancia con los recursos pesqueros, dejar que se recuperen las poblaciones agotadas y prohibir los m�todos y pr�cticas de pesca destructivos (por ejemplo, la utilizaci�n de dinamita y veneno). M�s del 70 por ciento de los ORP se ocuparon del problema de la capacidad de pesca, en particular de las condiciones econ�micas en que se mueve el sector de la pesca, y m�s del 60 por ciento de los mismos indicaron tambi�n que esas medidas conten�an disposiciones sobre el establecimiento de puntos de referencia fijados como objetivo para las poblaciones y se consideraba el tema de la selectividad de los artes de pesca. Por otro lado, s�lo la mitad de los ORP indicaron que esos planes o medidas ten�an en cuenta la biodiversidad de los ecosistemas y h�bitat acu�ticos, incluida la identificaci�n de los h�bitat pesqueros fundamentales, y la protecci�n de las especies en peligro. S�lo algunos ORP ten�an en consideraci�n los intereses de la pesca en peque�a escala.
69. Dada la dificultad de abordar el tema de los ecosistemas y las especies en peligro, la mayor parte de los ORP manifestaron su inter�s en el enfoque precautorio. Casi el 70 por ciento de los ORP introdujeron este concepto en la ordenaci�n de la pesca en las aguas incluidas en el mandato de sus respectivas organizaciones. Menos del 30 por ciento de los ORP que respondieron indicaron que se hab�an superado los puntos de referencia, mientras que aproximadamente el 50 por ciento manifest� que se hab�a alcanzado un nivel pr�ximo a los puntos de referencia. En este �ltimo caso, se estaban adoptando medidas precautorias adecuadas para controlar la presi�n pesquera. Entre ellas figuraban el Plan de Documentaci�n de las Capturas (CCAMLR) para eliminar la pesca INDNR, la reducci�n de la capacidad y la limitaci�n del esfuerzo (CGPM), el cierre de algunas pesquer�as y la prohibici�n de determinados artes o dispositivos de pesca (CIAT), la introducci�n de planes de recuperaci�n o reconstrucci�n de recursos (IBSFC, CICAA y NASCO), la limitaci�n de contingentes y el fortalecimiento de la inspecci�n y control (NAFO y CPANE).
70. La mayor parte de los ORP indicaron que contaban con la participaci�n de las partes interesadas a la hora de determinar las decisiones de ordenaci�n. El CPACO indic� que se estaban realizando esfuerzos especiales para intensificar la colaboraci�n con las ONG en un programa de sensibilizaci�n nacional sobre el C�digo.
71. En lo que respecta al Art�culo 8 (Operaciones de pesca) del C�digo, aproximadamente el 60 por ciento de los ORP indicaron que hab�an adoptado medidas para garantizar que en las aguas comprendidas dentro del mandato de las respectivas organizaciones s�lo se llevaran a cabo operaciones de pesca en conformidad con las medidas de ordenaci�n pesquera adoptadas por ellas. M�s del 40 por ciento de los ORP hab�an introducido un sistema de vigilancia de buques aplicado por los Estados Miembros. Aproximadamente la mitad de los ORP manifestaron que en los dos �ltimos a�os hab�an adoptado iniciativas para limitar o reforzar las medidas sobre capturas incidentales y descartes. Entre ellas citaron la limitaci�n de las capturas incidentales ( (CCAMLR, IBSFC y NAFO), evaluaci�n de las capturas incidentales de poblaciones prioritarias y medidas para reducir la pesca de ejemplares j�venes (CGPM), obligaci�n de liberar las especies capturadas incidentalmente y prohibici�n de deshacerse de las especies que constituyen el objetivo de la pesca, introducci�n de investigaciones sobre artes y tecnolog�as para reducir las capturas incidentales (CIAT, CICAA, IPHC, NAFO y SEAFDEC) y un programa para reducir las capturas incidentales de delfines (CIAT), temporadas y zonas vedadas para reducir las capturas incidentales (IOTC y NAFO) y seguimiento con c�maras de v�deo (IPHC).
72. En cuanto al Art�culo 12 (Investigaci�n pesquera) del C�digo, la mayor parte de los ORP indicaron que utilizaban datos sobre capturas y esfuerzos procedentes de la pesca comercial para la ordenaci�n de planes o medidas de ordenaci�n de la pesca adoptados por sus respectivas organizaciones. M�s del 60 por ciento de ellos utilizaban tambi�n datos de reconocimientos de buques de investigaci�n y de muestras realizadas en los puertos, pero s�lo la mitad de ellos utilizaban muestras tomadas a bordo de barcos comerciales.
73. El PAI-Capacidad est� siendo objeto de consideraci�n por parte de CCAMLR, FFA, CGPM, CIAT, CICAA, IOTC, NAFO y SEAFDEC.
74. El PAI-Tiburones est� siendo objeto de consideraci�n por parte de CCAMLR, CGPM, CIAT, CICAA, IOTC, NAFO y SEAFDEC.
75. El PAI-Aves marinas est� siendo objeto de consideraci�n por parte de CCAMLR, CICAA y IOTC.
76. M�s de la mitad de los ORP se ocuparon del PAI-INDNR. En particular, los ORP relacionados con especies concretas, como el at�n (CIAT y CICAA) y salm�n (NASCO y NPAFC) mostraron una actitud m�s positiva hacia la aplicaci�n del PAI-INDNR. La CIAT cre� un Grupo de Trabajo permanente sobre la pesca por Estados que no son Partes en la Comisi�n para tratar de resolver el problema de la pesca INDNR. La CIAT acord� tambi�n establecer un registro regional de buques autorizados a pescar en su zona de competencia y medidas para desalentar los desembarques y el comercio de pescado capturado con actividades de pesca INDNR. La CICAA indic� que muchas de sus medidas eran m�s rigurosas que las del PAI-INDNR. La CICAA celebr� tambi�n, en mayo de 2002, una reuni�n especial sobre la forma de combatir la pesca INDNR. El Consejo de la NASCO adopt� un Protocolo para los Estados que no son Partes en el Convenio para la conservaci�n del salm�n del norte del Atl�ntico, en el que se ped�a a cada Parte en el Protocolo que prohibiera la pesca del salm�n fuera de las zonas sometidas a su jurisdicci�n pesquera. La organizaci�n promovi� tambi�n el intercambio de informaci�n y la coordinaci�n de las actividades de vigilancia. El Comit� de Observancia de la NPAFC coordin� las actividades de observancia de sus Partes Contratantes para eliminar la pesca INDNR en su zona de competencia. La CPAP y el CPACO distribuyeron todos los PAI entre los Estados Miembros.
Organizaciones no gubernamentales
77. Respondieron al cuestionario cinco ONG. Dos de ellas se dedican principalmente a la acuicultura (EAS y GAA), una a la pesca en peque�a escala (ICSF), otra a la pesca industrial (ICFA) y la otra es una federaci�n de sindicatos de transporte.
78. Los diez objetivos enumerados en el Art�culo 2 del C�digo fueron calificados en general por estas ONG como pertinentes o sumamente pertinentes. Las calificaciones de ITF fueron m�s bajas en relaci�n con los objetivos E, F y G, que se refieren particularmente a la pesca y a los recursos acu�ticos vivos. Se considera que la ordenaci�n de la pesca y la acuicultura y la investigaci�n pesquera deber�an recibir mayor prioridad entre los temas sustantivos del C�digo.
79. Los ORP se�alaron varios obst�culos importantes para la aplicaci�n del C�digo. Entre ellos figuraban las dificultades para imponer el cumplimiento de las disposiciones, la necesidad de regionalizaci�n del C�digo, la falta de recursos financieros, de marcos jur�dicos adecuados de coordinaci�n y de mecanismos de consulta entre los diferentes niveles de aplicaci�n, de participaci�n por los armadores de barcos, pescadores locales y consumidores, de control sobre el comercio internacional de pescado y productos pesqueros, etc. Las soluciones propuestas por las ONG para resolver esos problemas eran, entre otras, la asistencia internacional para conseguir la observancia y el fortalecimiento de la capacidad, m�s consultas regionales para la aplicaci�n del C�digo, el establecimiento de un mecanismo de coordinaci�n y consulta y marcos jur�dicos, la sensibilizaci�n de los armadores de buques, pescadores y consumidores en el plano local, etc.
80. Las ONG consideraron un�nimemente que los pa�ses y los ORP han establecido planes de ordenaci�n de la pesca para garantizar el aprovechamiento sostenible de los recursos acu�ticos vivos en la pesca marina y continental. No obstante, en lo que respecta a la acuicultura, la mayor parte de las ONG manifestaron que la mayor�a de los pa�ses no tienen procedimientos adecuados para realizar evaluaciones ambientales y supervisar las operaciones acu�colas, y reducir los efectos nocivos en la introducci�n de especies no aut�ctonas de poblaciones gen�ticamente modificadas que se utilizan en la acuicultura. Entre las soluciones propuestas figuran el establecimiento de marcos normativos adecuados, la colaboraci�n entre las organizaciones nacionales e internacionales de productores, la introducci�n del planteamiento precautorio y el cumplimento de las disposiciones, en particular con medidas adecuadas de registro con certificaci�n y restricci�n de la introducci�n de especies no aut�ctonas o poblaciones gen�ticamente modificadas, la promoci�n de la investigaci�n, etc.
81. Las ONG indicaron que han adoptado medidas concretas para ayudar a aplicar el C�digo mediante la publicaci�n de documentos t�cnicos como “Code of Practice for Responsible Shrimp Farming”, de GAA, la organizaci�n de consultas y conferencias como “La acuicultura en Europa, 2002”, de EAS, varios seminarios regionales y una conferencia organizada por ICSF en Am�rica Latina, �frica occidental y la regi�n del Oc�ano �ndico. ICFA introdujo la Organizaci�n para la Promoci�n de la Pesca Responsable del At�n, iniciativa del sector japon�s con el fin de organizar a las ONG y combatir la pesca INDNR.
ESTUDIOS DE CASOS
82. Siguiendo la instrucci�n del COFI80, 16 pa�ses Miembros81 respondieron a la petici�n formulada por la Secretar�a de realizar estudios de casos sobre problemas asociados con la aplicaci�n eficiente del C�digo y los PAI conexos.
83. Los estudios indicaban que el C�digo de Conducta ha representado un importante instrumento de referencia para la ordenaci�n de la pesca y el desarrollo de la acuicultura en todos los pa�ses. La aplicaci�n del C�digo estaba contribuyendo de forma significativa a introducir cambios de actitud y comportamiento dentro de los organismos de administraci�n y las comunidades pesqueras, cambios que son fundamentales para garantizar el futuro de los recursos pesqueros nacionales y mundiales. Otros resultados positivos son el ajuste o creaci�n de conjuntos m�s adecuados de normas, planes y pol�ticas sobre pesca de alcance nacional y regional, la formulaci�n de nuevos planteamientos sobre el sistema de gobierno con participaci�n de las comunidades pesqueras en la toma de decisiones y en la aplicaci�n de las medidas, la creaci�n o fortalecimiento de organizaciones de pesca y actividades conexas y una mayor sensibilizaci�n de la opini�n p�blica acerca de la necesidad de conservaci�n y ordenaci�n de las pesquer�as.
La voluntad pol�tica por parte de los gobiernos y el fortalecimiento de la legislaci�n nacional y las pol�ticas nacionales fueron ingredientes fundamentales para la aplicaci�n del C�digo y sus PAI conexos. La ordenaci�n de la capacidad de pesca y la aplicaci�n de las disposiciones del C�digo y otros PAI/PAN resultaron m�s f�ciles cuando los gobiernos ten�an una clara visi�n sobre sus pesquer�as y se adoptaron medidas para adquirir informaci�n y datos suficientes en forma oportuna. La mayor conciencia de todas las partes interesadas acerca del C�digo y sus PAI conexos se consideraba tambi�n fundamental para el logro de la pesca responsable. En el caso de los PAI donde hay calendarios espec�ficos, se propuso lo siguiente: 1) comenzar la aplicaci�n cuanto antes; 2) segmentar el proceso; 3) identificar una persona responsable; 4)�compartir el trabajo; 5) fijar plazos; 6) garantizar la rendici�n de cuentas; 7) mantener el impulso; 8) ser conscientes de que muchas personas tienen escasa informaci�n y pocas intervendr�n activamente en todos los temas, y 9) organizar actividades de extensi�n y coordinaci�n.
84. Los principales obst�culos son de car�cter estructural, legislativo, financiero y social:
§ Dificultades estructurales y legislativas: falta de recursos para personal y para investigaci�n (el obst�culo m�s frecuente); insuficiente voluntad pol�tica por parte de los gobiernos para aplicar el C�digo; incapacidad de resolver conflictos y reclamaciones dentro del sector pesquero o entre el sector de la pesca y otros factores afines; marco legislativo inadecuado o ausencia de una estrategia general de desarrollo de la pesca, e insuficiente comunicaci�n dentro de los organismos de pesca o con otros sectores del gobierno.
§ Obst�culos financieros y sociales: falta de fondos para mejorar las t�cnicas de trabajo y conseguir la aplicaci�n del C�digo y la elaboraci�n de planes nacionales adecuados; falta de sensibilizaci�n sobre la mec�nica de la aplicaci�n del C�digo, especialmente en el plano local y entre las partes interesadas; recursos insuficientes para las partes interesadas; falta de datos oportunos, completos y fiables; analfabetismo o bajos niveles de instrucci�n entre los acuicultores y pescadores; resistencia de los pescadores y acuicultores frente a la nueva tecnolog�a y a los cambios en los m�todos de trabajo, y pobreza y presi�n demogr�fica.
85. Las medidas adoptadas para mitigar dichos obst�culos en los diferentes pa�ses fueron las siguientes: fortalecimiento institucional; promoci�n del uso de orientaciones; establecimiento de programas de extensi�n y divulgaci�n y fortalecimiento de la capacidad; intervenci�n de los pescadores en la aplicaci�n y seguimiento del C�digo mediante planteamientos de ordenaci�n de base comunitaria; intervenci�n de los pescadores y organizaciones pesqueras en la recopilaci�n de datos; seguimiento y evaluaci�n de los efectos del C�digo y establecimiento de comit�s nacionales directivos para la formulaci�n de c�digos nacionales y planes de acci�n nacionales (PAN).
86. Varios pa�ses en desarrollo indicaron que se necesitar�a asistencia en las siguientes esferas prioritarias: redacci�n de c�digos nacionales y PAN; aplicaci�n y seguimiento del C�digo y sus PAI conexos; realizaci�n de talleres informativos; organizaci�n de actividades de capacitaci�n y transferencia de conocimiento a los pescadores; fortalecimiento institucional de los organismos de pesca; identificaci�n y evaluaci�n de recursos pesqueros nuevos e insuficientemente explotados, y avance hacia un planteamiento de la pesca basado en ecosistemas.
OBST�CULOS Y SOLUCIONES PROPUESTAS POR LOS MIEMBROS DE LA FAO
87. Muchos Miembros se encuentran con problemas semejantes en sus esfuerzos por aplicar el C�digo de Conducta y los PAI. Entre los obst�culos habituales82 en las diferentes regiones se encuentran los siguientes: falta de voluntad pol�tica para respaldar la aplicaci�n; el hecho de que no se otorgue a la pesca una alta prioridad nacional debido a su peque�a contribuci�n econ�mica y de que el sector pesquero est� mal organizado; pesquer�as de libre acceso que no est�n sujetas a ordenaci�n, lo que provoca altos niveles de sobrepesca; falta de atenci�n a la formulaci�n de planes de ordenaci�n y a la aplicaci�n del enfoque precautorio; fuertes presiones sociales y econ�micas sobre la pesca, en particular la vulnerabilidad a la pobreza y la falta de oportunidades de empleo alternativas para las comunidades pesqueras; recursos insuficientes (fondos, personal capacitado, equipo, capacidades e instalaciones de investigaci�n); bajos niveles de investigaci�n cient�fica; escasa capacidad institucional (en particular, mala coordinaci�n entre las instituciones nacionales); conflictos entre los pescadores artesanales e industriales; estructuras normativas y jur�dicas inadecuadas; escaso desarrollo del seguimiento, control y vigilancia; falta de participaci�n de los pescadores en las tomas de decisiones referentes a la ordenaci�n; falta de sensibilizaci�n de las partes interesadas (incluidos los funcionarios) acerca del C�digo y lo que significa para las comunidades pesqueras, lo que da lugar a la falta de cooperaci�n y a comportamientos irresponsables; persistencia de la pesca INDNR; falta de adaptaci�n del C�digo a las necesidades locales; n�mero insuficiente de ejemplares del C�digo y de instrumentos afines para su distribuci�n, y falta de disponibilidad de los documentos en los idiomas locales.
88. Las soluciones propuestas por los Miembros para superar esos obst�culos son las siguientes: apoyo t�cnico adicional de la FAO y la comunidad internacional de donantes para reforzar las capacidad y las instituciones (incluida la capacitaci�n y la organizaci�n de reuniones para difundir informaci�n acerca del C�digo entre los funcionarios y otras partes interesadas), mejor cooperaci�n entre los organismos nacionales acerca de la aplicaci�n del C�digo, expansi�n de los programas de recompra de embarcaciones y dispositivos de reestructuraci�n del sector para reducir la capacidad de pesca, mayor capacidad de investigaci�n con posibilidad de hacer hincapi� en los acuerdos de hermanamiento, aplicaci�n de planes para la recuperaci�n de las poblaciones sobreexplotadas, colocaci�n de observadores en los buques, aplicaci�n de sistemas mejores de ordenaci�n de la pesca que controlen el esfuerzo de pesca, mayor insistencia en los aspectos sociales y econ�micos de la ordenaci�n pesquera, realizaci�n de ex�menes sobre pol�ticas y medidas legislativas para incorporar elementos del C�digo, mejora de los sistemas de seguimiento, control y vigilancia, promoci�n de oportunidades de empleo alternativas para los pescadores, traducci�n del C�digo e instrumentos afines a los idiomas locales para lograr una mayor difusi�n y sensibilizaci�n, distribuci�n de un n�mero suficiente de ejemplares del C�digo en los pa�ses, campa�as para crear una mayor conciencia sobre el C�digo con el fin de mejorar la educaci�n y divulgaci�n, en particular para que las partes interesadas puedan organizarse mejor, elaboraci�n de orientaciones t�cnicas para la ordenaci�n de la pesca en peque�a escala, apoyo a una mayor intervenci�n de las ONG en la aplicaci�n del C�digo y promoci�n de la cooperaci�n entre los pescadores y organizaciones nacionales y regionales interesadas en la ordenaci�n de las pesquer�as.
MEDIDAS QUE SE PROPONEN AL COMIT�
89. Se invita al Comit� a que examine los progresos realizados en la aplicaci�n del C�digo de Conducta para la Pesca Responsable y de los PAI y a que presente observaciones y orientaciones para mejorar la aplicaci�n de esos instrumentos.
90. Se invita tambi�n al Comit� a que presente sus opiniones y orientaciones, seg�n convenga, sobre las cuestiones planteadas por la Resoluci�n 57/143 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 12 de diciembre de 2002, haciendo referencia en especial a los p�rrafos 14 y 19 de la parte operativa teniendo en cuenta la informaci�n y novedades presentadas en este documento y el deseo del Director General de entablar esas consultas con el Secretario General de las Naciones Unidas, seg�n sea necesario para establecer modalidades pr�cticas detalladas para la aplicaci�n de dichas disposiciones.
1 Albania, Angola, Argentina, Australia, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Benin, Bhut�n, Botswana, Brasil, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Camer�n, Canad�, Cabo Verde, Chad, Chile, Colombia, Comoras, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, Islas Cook, C�te d’Ivoire, Chipre, Rep�blica Checa, Dinamarca, Dominica, Rep�blica Dominicana, Egipto, El Salvador, Eritrea, Estonia, Etiop�a, Comunidad Europea, Fiji, Finlandia, Alemania, Ghana, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Guyana, Hait�, Honduras, Hungr�a, India, Indonesia, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Kenya, Rep�blica de Corea, Kuwait, L�bano, Lituania, Madagascar, Malawi, Malasia, Islas Marshall, Mauricio, M�xico, Marruecos, Myanmar, Namibia, Nauru, Nepal, Nueva Zelandia, Nicaragua, N�ger, Nigeria, Noruega, Om�n, Pakist�n, Panam�, Papua Nueva Guinea, Per�, Filipinas, Polonia, Santa Luc�a, Samoa, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Islas Salom�n, Sud�frica, Espa�a, Sri Lanka, Sud�n, Suecia, Tanzan�a, Tailandia, Togo, Tonga, Trinidad y Tabago, T�nez, Turqu�a, Uganda, Estados Unidos de Am�rica, Uruguay, Vanuatu, Venezuela, Yemen, Zambia, Zimbabwe.
2 Botswana, Comoras, Mozambique, Nigeria, Tanzan�a, Togo, Zambia, Bhut�n, Nepal, Pakist�n, Albania, Estonia, Hungr�a, Lituania, Polonia, Espa�a, Suecia, Turqu�a, Bahamas, Chile, Colombia, Rep�blica Dominicana, Guyana, El Salvador, M�xico, Venezuela, Jordania, Om�n, Siria, Islas Cook, Nauru, Papua Nueva Guinea, Samoa, Islas Salom�n, Vanuatu.
3 Gab�n, Gambia, Mal�, Mauritania, Rwanda, Swazilandia, China, Jap�n, Laos, Viet Nam, Austria, Islandia, Pa�ses Bajos, Portugal, Rumania, Bolivia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Granada, Jamaica, Paraguay, Suriname, Bahrein, Iraq, Kuwait, Emiratos �rabes Unidos, Yemen.
4 Comisi�n de Pesca para el Asia y el Pac�fico (CPAP), Comisi�n para la Conservaci�n de los Recursos Vivos Marinos Ant�rticos (CCAMLR), Comisi�n para la conservaci�n del at�n meridional de aleta azul (CCSBT), Comit� de Pesca para el Atl�ntico Centro-oriental (CPACO), Comit� de Pesca Continental para �frica CPCA), Comisi�n de Pesca Continental para Am�rica Latina (COPESCAL), Organismo de Pesca del Foro (FFA), Comisi�n General de Pesca del Mediterr�neo (CGPM), Comisi�n Interamericana del At�n Tropical (CIAT), Comisi�n Internacional de Pesquer�as del Mar B�ltico (IBSFC), Comisi�n Internacional para la Conservaci�n del At�n del Atl�ntico (CICAA), Comisi�n del At�n para el Oc�ano Indico (IOTC), Comisi�n Internacional del Hipogloso en el Pac�fico (IPHC), Organizaci�n de Pesquer�as del Atl�ntico Noroeste (NAFO), Organizaci�n para la Conservaci�n del Salm�n del Norte del Atl�ntico (NASCO), Comisi�n de Pesquer�as del Atl�ntico Nordeste (CPANE), Comisi�n de Peces Anadromos del Pac�fico Septentrional (NPAFC), Centro de Desarrollo Pesquero del Asia Sudoriental (SEAFDEC), Comisi�n de Pesca para el Atl�ntico Centro-occidental (COPACO).
5 European Aquaculture Society (EAS), Alianza Mundial de Acuicultura (GAA), International Coalition of Fisheries Associations (ICFA), Colectivo Internacional de Apoyo a los Pescadores Artesanales (ICSF) y Federaci�n Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF).
6 FAO Orientaciones T�cnicas para la Pesca Responsable 5 Supl. 1, Aquaculture Development 1. Good Aquaculture Feed Manufacturing Practice.
7 Islas Marshall y Sud�frica.
8 Papua Nueva Guinea y Fiji.
9 Asia sudoriental y �frica occidental.
10 Mauritania, Senegal, Camboya, Comisi�n General de Pesca del Mediterr�neo (CGPM), Comisi�n Subregional de Pesca (CSRP) y Comisi�n Interamericana del At�n Tropical (CIAT).
11 FAO Orientaciones T�cnicas para la Pesca Responsable 9, Aplicaci�n del Plan de Acci�n Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no documentada y no reglamentada.
12 El Gobierno de los Estados Unidos de Am�rica ha aportado 400 000 d�lares EE.UU. para la traducci�n, impresi�n y difusi�n de documentos relativos a la pesca INDNR, la convocatoria de una reuni�n de pa�ses que mantienen registros abiertos de los buques de pesca, el apoyo a la “Red Internacional para la Cooperaci�n y Coordinaci�n de la Pesca en Relaci�n con las Actividades de Seguimiento, Control y Vigilancia” y el respaldo a la aplicaci�n del PAI-INDNR mediante la elaboraci�n de planes nacionales de acci�n en la regi�n de la APEC. Este proyecto, “FishCode: Apoyo a la aplicaci�n del PAI-INDNR”, ser� administrado en el marco del Programa FishCode de la FAO. �sta ha encargado ya un estudio para recopilar informaci�n de dominio p�blico de los buques de pesca que faenan con r�gimen de registros abiertos.
13 FAO Orientaciones T�cnicas para la Pesca Responsable 6, Inland Fisheries. La versi�n simplificada de esta orientaci�n no est� todav�a lista para su distribuci�n.
14 V�ase el p�rrafo 29 del Informe de Pesca de la FAO No. 655: Informe del 24o per�odo de sesiones del Comit� de Pesca, Roma, del 26 de febrero al 2 de marzo de 2001.
15 Este curso, titulado “Pesca responsable en la regi�n insular del Pac�fico: aplicaci�n de instrumentos nacionales posteriores a la CNUMAD”, est� basado en el C�digo de Conducta. El curso se prepar� para pa�ses del Oc�ano Pac�fico sudoccidental con la cooperaci�n de cuatro organizaciones regionales. No obstante, utilizando la metodolog�a TRAIN-X, el curso puede adaptarse a otras regiones si existe demanda en ese sentido.
16 En el presente informe, en la “pesca” o “pesquer�as” se incluye tambi�n, cuando conviene, la “acuicultura”.
17 En el per�odo de sesiones del COFI se va a presentar tambi�n, en un documento estad�stico aparte, un an�lisis regional estad�stico resumido de las respuestas al cuestionario sobre el C�digo. En el presente informe, cuando se menciona el nombre de los Miembros en las notas a pie de p�gina, se conservan las agrupaciones regionales. Conviene se�alar tambi�n que parte de la informaci�n facilitada por los Miembros en sus repuestas no era siempre totalmente clara (por ejemplo, repuestas como “s� y no”, “algunas veces” y “el 50 por ciento de las veces”, etc.). Por ello, en algunos casos hubo que interpretar las repuestas de alguna manera. Por esta raz�n, en algunas ocasiones hay ligeras discrepancias entre los datos de los an�lisis estad�sticos regionales y los datos utilizados en el presente informe.
18 Angola, Benin, Botswana, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Chad, Comoras, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Kenya, Madagascar, Malawi, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, N�ger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, Zambia, Zimbabwe.
19 Bangladesh, Bhut�n, Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka, Tailandia.
20 Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Dinamarca, Comunidad Europea, Estonia, Finlandia, Alemania, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia, Turqu�a.
21 Argentina, Barbados, Bahamas, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, Guatemala, Guyana, Hait�, Honduras, Jamaica, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay, Venezuela.
22 Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n, Sud�n, Siria.
23 Canad�, Estados Unidos de Am�rica.
24 Australia, Islas Cook, Fiji, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa, Islas Salom�n, Tonga, Vanuatu.
25 Angola, Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Guinea, Kenya, Madagascar, Malawi, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, N�ger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, Zambia y Zimbabwe; Bangladesh, Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Hait�, Honduras, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa, Tonga y Vanuatu.
26 Angola, Cabo Verde, Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Ghana, Madagascar, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Seychelles, Sud�frica y T�nez; Camboya, India, Indonesia, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a y Suecia; Barbados, Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Guyana, M�xico, Nicaragua, Per�, Trinidad y Tabago y Uruguay; Egipto, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Marshall, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa, Tonga y Vanuatu.
27 Burkina Faso, Camer�n, Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Etiop�a, Ghana, Madagascar, Malawi, Mozambique, N�ger, T�nez y Uganda; Camboya, India, Indonesia, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Rep�blica Checa, Hungr�a y Suecia; Brasil, Colombia, El Salvador, Guyana, M�xico, Nicaragua, Per� y Uruguay; Egipto, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Papua Nueva Guinea.
28 Burundi, Etiop�a, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Madagascar, Malawi, Marruecos, Mozambique, Namibia, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica y Uganda; Bangladesh, Indonesia, Rep�blica de Corea y Tailandia; Albania, Finlandia y Polonia; Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Guatemala, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Trinidad y Tabago y Uruguay; Egipto y Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
29 Angola, Benin, Botswana, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Madagascar, Malawi, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, N�ger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, Zambia y Zimbabwe; Bhut�n, Camboya, India, Indonesia, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, M�xico, Nicaragua, Per�, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Fiji, Islas Marshall, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa y Vanuatu.
30 Ghana, Guinea, Kenya, Malawi, Mauricio, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo y T�nez; India, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas y Tailandia; Rep�blica Checa, Comunidad Europea, Lituania, Noruega, Espa�a y Suecia; Argentina, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Uruguay y Venezuela; Jordania, Om�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Islas Marshall, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
31 Angola, Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Chad, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Guinea Bissau, Madagascar, Marruecos, N�ger, Uganda y Zimbabwe; Bangladesh, Indonesia y Pakist�n; Albania, Chipre, Estonia, Finlandia, Grecia, Polonia y Turqu�a; Bahamas, Rep�blica Dominicana, Guatemala, Guyana, Honduras, M�xico y Trinidad y Tabago; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n y Sud�n; Fiji, Nauru y Vanuatu.
32 Benin, Burkina Faso, Chad, C�te d’Ivoire, Kenya, Madagascar, Malawi, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, T�nez y Uganda; Bangladesh, India, Indonesia, Malasia, Pakist�n y Tailandia; Estonia, Comunidad Europea, Grecia, Lituania, Noruega, Espa�a y Suecia; Argentina, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Guatemala, Per�, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Egipto; Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Nueva Zelandia y Papua Nueva Guinea.
33 Angola, Burundi, Ghana, Guinea, Seychelles, Togo y Zimbabwe; Myanmar, Filipinas y Sri Lanka; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Finlandia, Polonia y Turqu�a; Bahamas, Brasil, Rep�blica Dominicana, M�xico y Santa Luc�a; Sud�n.
34 Camer�n, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Kenya, Senegal, Sierra Leona, Togo y T�nez; Myanmar; Chile, Dominica, El Salvador y Honduras; Egipto y Sud�n; Islas Cook, Fiji y Papua Nueva Guinea.
35 Benin, Cabo Verde, Comoras, Madagascar, Marruecos, Namibia, Seychelles y Sud�frica; Bangladesh, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia y Pakist�n; Chipre, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a y Suecia; Argentina, Brasil, Colombia, Rep�blica Dominicana, Guyana, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Uruguay y Venezuela; Rep�blica Isl�mica del Ir�n y Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia y Vanuatu.
36 Camer�n, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Kenya, Mauricio, Mozambique, Tanzan�a, Uganda y Zambia; Camboya, India, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania y Turqu�a; Guatemala, Hait�, Santa Luc�a y Trinidad y Tabago; Rep�blica �rabe Siria; Nauru y Tonga.
37 Bangladesh, India, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia.
38 Albania, Chipre, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a.
39 Burundi, Camer�n, Chad, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Ghana, Madagascar, Nigeria, Senegal, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez y Uganda; Bhut�n Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Filipinas y Tailandia; Albania, Chipre, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega y Espa�a; Bahamas, Chile, Colombia, Guatemala, Honduras, M�xico, Nicaragua, Per� y Uruguay; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Islas Marshall y Nueva Zelandia.
40 Burundi, Madagascar, Nigeria, Senegal, Sud�frica, Tanzan�a, T�nez y Uganda; Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas y Tailandia; Rep�blica Checa, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia y Suecia; Chile, Colombia, Guatemala, Honduras y M�xico; Egipto y Rep�blica Isl�mica del Ir�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Marshall y Nueva Zelandia.
41 Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, C�te d’Ivoire, Eritrea, Kenya, Madagascar, Marruecos, Mozambique, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez y Uganda; Bangladesh, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas y Sri Lanka; Albania, Chipre, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Guyana, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia y Samoa.
42 Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Kenya, Madagascar, Marruecos, Mozambique, N�ger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, Zambia y Zimbabwe; Bangladesh, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Guyana, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
43 Benin, Botswana, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Kenya, Madagascar, Malawi, Marruecos, Mozambique, N�ger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, y Zambia; Bangladesh, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guyana, Honduras, M�xico, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia, Samoa y Tonga.
44 Angola, Benin, Ghana, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Togo y T�nez; India, Indonesia, Malasia, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Comunidad Europea, Noruega, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Barbados, Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panam� y Per�; Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica.
45 Rep�blica Democr�tica del Congo, Mauricio, Mozambique, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a y Uganda; Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Guatemala, Uruguay y Venezuela; Egipto y Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nueva Zelandia y Samoa.
46 Angola, Camer�n, Rep�blica Democr�tica del Congo, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Madagascar, Malawi, Mauricio, Mozambique, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo y T�nez; Bangladesh, Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Guatemala, Guyana, M�xico, Nicaragua, Panam�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nueva Zelandia y Samoa.
47 Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Madagascar, Mauricio, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a y Uganda; Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Barbados, Chile, Colombia, Dominica, Santa Luc�a y Uruguay; Egipto; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nueva Zelandia y Samoa.
48 Benin, Camer�n, Cabo Verde, C�te d’Ivoire, Eritrea, Ghana, Guinea, Kenya, Madagascar, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez y Uganda; Bangladesh, Bhut�n, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panam�, Per�, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, y Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
49 Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Comoras, Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Kenya, Madagascar, Malawi, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, T�nez y Uganda; Bangladesh, Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Barbados, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Guyana, Hait�, Honduras, Nicaragua, Panam�, Per�, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n y Sud�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Nauru, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
50 Benin, Burkina Faso, Burundi, Comoras, Eritrea, Etiop�a, Kenya, Madagascar, Malawi, Mauricio, Namibia, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Tanzan�a y Uganda; Bangladesh, Camboya, Rep�blica de Corea, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Rep�blica Checa, Comunidad Europea, Finlandia, Hungr�a, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Chile, Dominica, El Salvador, Guyana y Uruguay; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n y Jordania; Islas Cook, Nauru y Nueva Zelandia.
51 Angola, Benin, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Eritrea, Ghana, Madagascar, Mauricio, Marruecos, Namibia, N�ger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Togo, T�nez, Uganda y Zimbabwe; India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Guyana, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago y Uruguay; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Fiji, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia y Samoa.
52 Benin, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Etiop�a, Ghana, Madagascar, Mauricio, Marruecos, N�ger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Togo, T�nez, Uganda, Zambia y Zimbabwe; Bhut�n, India, Rep�blica de Corea, Malasia, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Comunidad Europea, Finlandia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a y Suecia; Argentina, Brasil, Chile, Dominica, Guatemala, Hait�, Honduras, M�xico, Nicaragua, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago y Uruguay; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Om�n y Sud�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Nueva Zelandia y Papua Nueva Guinea.
53 Angola, Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Kenya, Madagascar, Malawi, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, N�ger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, Zambia y Zimbabwe; Bangladesh, Camboya, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Nepal, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Hungr�a, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guyana, Honduras, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Fiji, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa y Tonga.
54 Angola, Benin, Cabo Verde, C�te d’Ivoire, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Malawi, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo, T�nez, Uganda, Zambia y Zimbabwe; Bangladesh, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Pakist�n, Filipinas, Sri Lanka y Tailandia; Albania, Chipre, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago y Uruguay; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania y Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Marshall, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
55 Angola, Benin, Burundi, Eritrea, Etiop�a, Ghana, Guinea, Madagascar, Marruecos, Namibia, Nigeria, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Togo, T�nez y Zambia; Bangladesh, Indonesia, Myanmar, Pakist�n, Filipinas y Tailandia; Albania, Chipre, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Brasil, Chile, Colombia, Guatemala, Guyana, Honduras, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Om�n y Sud�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Fiji, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea y Samoa.
56 Benin, Burkina Faso, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Chad, Comoras, C�te d’Ivoire, Eritrea, Ghana, Guinea, Madagascar, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Togo, T�nez y Zimbabwe; India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas y Tailandia; Albania, Chipre, Estonia, Comunidad Europea, Finlandia, Lituania, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Guyana, Honduras, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Om�n y Sud�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa y Tonga.
57 Madagascar, Malawi, Mozambique y Namibia; Nepal; Espa�a; Argentina, y Venezuela; Nueva Zelandia.
58 Burundi, Cabo Verde, Rep�blica Democr�tica del Congo, Mauricio, Marruecos, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo y Uganda; India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Filipinas y Tailandia; Chipre, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Lituania, Noruega, Polonia y Suecia; Bahamas, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, El Salvador, Guatemala, Panam� y Per�; Egipto y Om�n; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Islas Cook, Fiji, Islas Marshall y Samoa.
59 Camer�n, Ghana, Guinea Bissau y Nigeria; Lituania y Turqu�a; Honduras, Nicaragua y Santa Luc�a; Jordania y Sud�n; Nauru y Tonga.
60 Polonia.
61 Namibia y Sud�frica; Tailandia; Brasil y M�xico; Estados Unidos de Am�rica.
62 Trinidad y Tabago; Comunidad Europea, Espa�a y Suecia; Rep�blica �rabe Siria; Canad�; Australia, Islas Marshall, Nueva Zelandia y Papua Nueva Guinea.
63 Seychelles y Sierra Leona; Camboya, Indonesia y Filipinas; Chipre; Argentina, Chile, Colombia, El Salvador, Panam� y Trinidad y Tabago; Om�n, Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Australia, Nueva Zelandia y Papua Nueva Guinea.
64 Angola, Burkina Faso, Burundi, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Guinea, Kenya, Madagascar, Malawi, Marruecos, Mozambique, Namibia, N�ger, Senegal, Seychelles, Sud�frica, Togo y T�nez; Bangladesh, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Myanmar, Pakist�n, Filipinas y Sri Lanka; Chipre, Comunidad Europea, Grecia, Noruega, Espa�a y Suecia; Argentina, Barbados, Brasil, Chile, Colombia, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, M�xico, Nicaragua, Panam�, Per�, Santa Luc�a, Trinidad y Tabago, Uruguay y Venezuela; Egipto, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Jordania, Om�n y Rep�blica �rabe Siria; Canad� y Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook, Fiji, Islas Marshall, Nauru, Nueva Zelandia, Papua Nueva Guinea, Samoa y Tonga.
65 Brasil; Egipto; Estados Unidos de Am�rica.
66 Comunidad Europea, Espa�a y Suecia.
67 Angola, Benin, Burundi, Camer�n, Cabo Verde, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, C�te d’Ivoire, Eritrea, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Madagascar, Malawi, Mauricio, Mozambique, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sud�frica, Uganda y Zimbabwe; Bangladesh, India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Pakist�n, Filipinas y Sri Lanka; Albania, Rep�blica Checa, Estonia, Comunidad Europea, Grecia, Noruega, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Barbados, Brasil, Chile, Dominica, Rep�blica Dominicana, El Salvador, Guyana, Honduras, Nicaragua, Panam�, Santa Luc�a y Uruguay; Rep�blica �rabe Siria; Canad�; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nauru y Tonga.
68 En la resoluci�n 57/142 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, adoptada en su per�odo de sesiones de 2002, se consideraban cuestiones como la pesca de altura en gran escala con redes de enmalle y deriva, la pesca no autorizada en zonas sujetas a jurisdicci�n nacional, las capturas incidentales y los descartes. En la resoluci�n se manifiesta la preocupaci�n existente acerca de los efectos de la pesca INDNR en las poblaciones de peces, se acoge con satisfacci�n la adopci�n del PAI-INDNR y se observa que la incidencia de las actividades de la pesca pel�gica con redes de deriva en gran escala contin�a siendo reducida en la mayor parte de las regiones. En la secci�n operativa de la resoluci�n se hacen 29 llamamientos a la acci�n para abordar las cuestiones especificadas en la resoluci�n.
69 Burundi, Chad, Rep�blica Democr�tica del Congo, Eritrea, Madagascar, Malawi, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, Sierra Leona, Sud�frica, Tanzan�a, Togo y Uganda; India, Indonesia, Rep�blica de Corea, Malasia, Filipinas y Tailandia; Albania, Rep�blica Checa, Comunidad Europea, Grecia, Polonia, Espa�a, Suecia y Turqu�a; Argentina, Bahamas, Brasil, Chile, El Salvador, Guyana, Honduras, Nicaragua, Panam�, Santa Luc�a, Uruguay y Venezuela; Sud�n y Rep�blica �rabe Siria; Estados Unidos de Am�rica; Australia, Islas Cook y Nueva Zelandia.
70 Angola, Benin, Camer�n, Cabo Verde, Comoras, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire y Seychelles; Pakist�n y Sri Lanka; Estonia y Finlandia; Colombia, Rep�blica Dominicana, Guyana, Hait� y Trinidad y Tabago; Rep�blica Isl�mica del Ir�n; Australia, Islas Cook, Islas Marshall, Nueva Zelandia y Samoa.
71 Benin, Comoras, Malawi, Mauricio, Seychelles y Sud�frica; Pakist�n; Estonia; Argentina, Chile, Colombia, Rep�blica Dominicana y Hait�; Rep�blica Isl�mica del Ir�n; Australia, Islas Cook, Nauru y Papua Nueva Guinea.
72 Al 8 de diciembre de 2002, hab�an depositado sus instrumentos de aceptaci�n ante el Director General de la FAO los 23 Miembros siguientes: Argentina, Barbados, Benin, Canad�, Chipre, Egipto, Comunidad Europea, Georgia, Jap�n, Madagascar, M�xico, Marruecos, Myanmar, Namibia, Noruega, Per�, Saint Kitts y Nevis, Santa Luc�a, Seychelles, Suecia, Tanzan�a, Estados Unidos de Am�rica y Uruguay.
73 Angola, Burundi, Comoras, Rep�blica del Congo, C�te d’Ivoire, Guinea, Guinea Bissau, Senegal, Sierra Leona, Sud�frica, Togo y Zambia; Bangladesh, India, Rep�blica de Corea, Malasia, Filipinas y Sri Lanka; Polonia; Brasil, Chile, Rep�blica Dominicana y El Salvador; Om�n; Australia, Fiji, Islas Marshall, Nauru, Papua Nueva Guinea y Samoa.
74 Al 8 de diciembre de 2002, hab�an ratificado o se hab�an adherido al Acuerdo los 32 Miembros siguientes (por orden de ratificaci�n o adhesi�n): Tonga, Santa Luc�a, Estados Unidos de Am�rica, Sri Lanka, Fiji, Noruega, Nauru, Bahamas, Senegal, Islas Salom�n, Islandia, Mauricio, Micronesia (Estados Federados de), Federaci�n de Rusia, Seychelles, Namibia, Ir�n (Rep�blica Isl�mica del), Maldivas, Islas Cook, Papua Nueva Guinea, M�naco, Canad�, Uruguay, Australia, Brasil, Barbados, Nueva Zelandia, Costa Rica, Malta, Reino Unido en nombre de Pitcairn, Islas Henderson, Ducie y Oeno, Islas Malvinas, Islas Georgia del Sur y Sandwich del Sur, Bermuda, Islas Turcas y Caicos, Territorio Brit�nico del Oc�ano �ndico, Islas V�rgenes Brit�nicas y Anguila y Chipre.
75 Angola, Burundi, Camer�n, Comoras, C�te d’Ivoire, Guinea, Guinea Bissau, Madagascar, Malawi, Mozambique, Sierra Leona, Sud�frica, Togo y Zambia; Bangladesh, India, Indonesia, Malasia, Filipinas y Tailandia; Albania, Rep�blica Checa, Comunidad Europea, Finlandia, Grecia, Polonia, Espa�a y Suecia; Argentina; Egipto, Om�n, Rep�blica �rabe Siria; Islas Marshall y Samoa.
76 La Parte VII contiene disposiciones sobre el “reconocimiento de las necesidades especiales de los Estados en desarrollo” (Art�culo 24), “formas de cooperaci�n con los Estados en desarrollo” (Art�culo 25) y “asistencia especial para la aplicaci�n del presente Acuerdo” (Art�culo 26). En el p�rrafo 1 del art�culo 26 se dispone, en particular que “Los Estados cooperar�n en la creaci�n de fondos especiales con objeto de asistir a los Estados en desarrollo en la aplicaci�n del presente Acuerdo, lo que incluir� asistencia a estos Estados para sufragar los gastos derivados de su participaci�n en los procedimientos de soluci�n de controversias”.
77 En el p�rrafo 7 de la Resoluci�n A/56/13 se exhorta “a los Estados a que presten asistencia a los pa�ses en desarrollo conforme a lo previsto en el Acuerdo, observa la importancia de que en los foros en que se examinan cuestiones relativas a la pesca participen representantes de los Estados en desarrollo y, una vez que entre en vigor el Acuerdo, conviene en seguir de cerca la aplicaci�n de las disposiciones por las que se dispone la prestaci�n de asistencia a los pa�ses en desarrollo y en facilitar el establecimiento de un programa de asistencia dentro del marco del Acuerdo” ; en el p�rrafo 8 se pide “al Secretario General que, en su pr�ximo informe sobre el estado y la aplicaci�n del Acuerdo, incluya un estudio b�sico de las disposiciones de la Parte VII del Acuerdo en lo relativo a los requisitos que deben cumplir los Estados en desarrollo, teniendo en cuenta los acuerdos existentes y la asistencia a los pa�ses en desarrollo que sea pertinente con arreglo al Acuerdo y en el que se sugieran posibles formas de asistencia”; en el p�rrafo 9 se invita “a los Estados y a las instituciones y organizaciones internacionales financieras del sistema de las Naciones Unidas a que presten asistencia conforme a la Parte VII del Acuerdo, incluida, entre otras cosas y si procede, la creaci�n de mecanismos o instrumentos financieros especiales para prestar asistencia a los pa�ses en desarrollo, en particular a los menos adelantados y a los peque�os Estados insulares en desarrollo, a fin de que puedan desarrollar su capacidad nacional de explotar recursos pesqueros, incluidos, entre otras cosas, el desarrollo de flotas pesqueras de pabell�n nacional, el procesamiento de los elementos de valor a�adido y la expansi�n de su base econ�mica en la industria pesquera, de forma coherente con su deber de velar por la debida conservaci�n y ordenaci�n de esos recursos pesqueros”.
78 El Acuerdo de las Naciones Unidas sobre poblaciones de peces, de 1995, entr� en vigor el 11 de diciembre de 2001 una vez depositado el decimotercer instrumento de ratificaci�n. La Reuni�n informal de las Partes consider� con cierto detalle el tema concreto de la aplicaci�n de la Parte VII del Acuerdo, “en particular el establecimiento de un programa de asistencia dentro del Acuerdo a favor de los Estados en desarrollo; la promoci�n de un estudio de antecedentes de la Parte VII del Acuerdo y la intervenci�n de instituciones financieras internacionales en la aplicaci�n de la Parte VII”.
79 Son tambi�n de inter�s los p�rrafos 15 y 18 de la Resoluci�n 57/143 de la Asamblea General.
80 Informe del 24� per�odo de sesiones del Comit� de Pesca, Roma, 26 de febrero – 2 de marzo de 2001, p�rr. 37.
81 Barbados, Benin, Brasil, Canad�, Chile, Egipto, Guinea, India, Rep�blica Isl�mica del Ir�n, Marruecos, Filipinas, Sud�frica, Tailandia, Uganda, Viet Nam y Estados Unidos.
82 Los obst�culos y soluciones no se enumeran en orden de prioridad.