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Fomento de la capacidad a nivel mundial para responder a los brotes de enfermedades - GCP/GLO/442/USA











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    Project
    Factsheet
    Fomento de la capacidad mundial de lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada por medio del acuerdo sobre medidas del estado rector del puerto - GCP/GLO/447/EC 2025
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    La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) socava los esfuerzos nacionales y regionales de conservación y ordenación de las poblaciones de peces, lo que afecta a la sostenibilidad de la pesca a largo plazo. Durante algo más de cuatro decenios, desde que se adoptó la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar en 1982, se ha ido formando un marco internacional para gestionar la pesca de forma sostenible y, en los últimos años, además, se han elaborado y acordado instrumentos específicos en los que se aborda la pesca INDNR. Uno de esos instrumentos es el Acuerdo de la FAO sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR, también conocido como Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto (AMERP). El presente proyecto se concibió para apoyar la aplicación del Programa mundial de la FAO de desarrollo de la capacidad en apoyo del AMERP y se enmarcó en la Parte 6 del Acuerdo, relativa a las necesidades de los Estados en desarrollo. Se dirigió de manera específica al Camerún, las Comoras, el Ecuador y Ghana, países a los que se prestó asistencia para aplicar el AMERP e implementar otros instrumentos, mecanismos y herramientas para proseguir la lucha contra la pesca INDNR. Asimismo, con él se pretendía mejorar el intercambio mundial de información mediante el desarrollo y la puesta en funcionamiento del Registro mundial de buques de pesca, transporte refrigerado y suministro de la FAO (Registro mundial) y el diseño y desarrollo del Sistema mundial de intercambio de información del AMERP (GIES).
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    Principales enfermedades de los cerdos
    Cartilla Basica N° 3
    2010
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    Como parte de la iniciativa del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional el Programa Productivo Alimentario, el Instituto Nicaragüense de Tecnología gropecuaria (INTA) en coordinación con el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) y el Programa Especial para la Seguridad Alimentaria (PESA-FAO) ha creado un equipo encargado de la confección de una serie de Guías con el propósito de ampliar los conocimientos a técnicos extensionistas y equipo de promotoría que atienden directamente los animale s entregados a las familias rurales, a través del Bono Productivo Alimentario. Esta es la Cartilla Básica No. 3 (de 4 que se han elaborado), basadas en la principal problemática que acontece en el manejo sanitario y reproductivo del ganado vacuno, porcino y aviar criado en ondiciones tradicionales, así como las enfermedades más comunes que se presentan en cada una de estas especies domésticas. El contenido de estas cartillas fue validado y enriquecido con la experiencia de procesos de formación de promotores veterinarios que tuvo el INTA Somoto en coordinación con el PESA-FAO Nicaragua. Hemos sido cuidadosos en cuanto al abuso de términos técnicos sin abandonar la enseñanza ocasional de los mismos para enriquecer la terminología entre los extensionistas y promotores involucrados en el Programa Productivo Alimentario.Estos documentos pueden servir además, como guía de capacitación y como materiales de consulta para desarrollar procesos de promotoría veterinaria en las comunidades.Estamo s conscientes de que en estas Guías faltan procesos patológicos por abordar y otros temas de interés prácticos que garanticen el manejo sanitario y reproductivo efciente de cada una de las especies domésticas con las que ha iniciado el Bono Productivo Alimentario, esperamos que estos materiales cumplan con el propósito para los que han sido elaborados.
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    Document
    Factsheet
    Mejoramiento de la resistencia de los agricultores a los brotes de plagas y enfermedades de las plantas- GCP/GLO/391/EC 2017
    Also available in:

    El objetivo de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria es garantizar una acción común y eficaz para evitar la difusión y la introducción de plagas de plantas en áreas en peligro y fomentar medidas para su control. La aplicación de las disposiciones formuladas en la Convención está orientada por la Comisión de Medidas Fitosanitarias. El sistema de examen y apoyo de la aplicación de la Convención, que fue acordado posteriormente, fue diseñado para aprovechar los procesos existentes o previstos aprobados por el órgano rector de la Convención, con el fin de facilitar y promover su aplicación.

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