1. Preámbulo
2. Anexo A: Directrices para la elaboración de dosis máximas de uso de los aditivos alimentarios con niveles de ingestión diaria admisible (IDA) numéricos
3. Anexo B: Sistema de clasificación de alimentos de la NGAA
4. Anexo C: Referencias a las normas del Codex para productos e índice de aditivos alimentarios para la NGAA
Lista A: Aditivos alimentarios, con IDA y números del Sistema Internacional de Numeración (SIN) asignados, "aprobados" por el JECFA5. Cuadro 1: Aditivos cuyo uso se permite en condiciones específicas en determinadas categorías de alimentos o productos alimenticios individualesLista B: Números SIN para aditivos alimentarios con IDA aprobados por el JECFA
6. Cuadro 2: Categorías de alimentos y productos alimenticios individuales en que se permite el uso de aditivos alimentarios en condiciones específicas
7. Cuadro 3: Aditivos con IDA no numérica cuyo uso se permite en los alimentos en general de conformidad con las buenas prácticas de fabricación, mientras no se indique otra cosa (ALINORM 97/12A, Apéndice IV)
Anexo al Cuadro 3: Categorías de alimentos y productos alimenticios individuales en los que se permite o se restringe el uso de aditivos alimentarios.