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APÉNDICE VI: MEDIDAS QUE HAN DE APLICARSE COMO CONSECUENCIA DE LOS CAMBIOS EN EL ESTADO DE FORMULACION DE LA IDA Y OTRAS RECOMENDACIONES TOXICOLOGICAS

Sustancia

Ingestión diaria
admisible (IDA)
anterior en mg/kg de
peso corporal y otras
recomendaciones
toxicológicas

Ingestión diaria
admisible (IDA) actual
en mg/kg de peso
corporal y otras
recomendaciones
toxicológicas

Usos
actuales en
el Codex

Notas de la
Secretaría

Antioxidante

terbutilhidroquinona (TBHQ)

0-0,2 (temporal)

0-0,7 mg/kg p.c.

Grasas y aceites comestibles

Aumentada la IDA anterior

Emulsionantes

celulosa microcristalina

No especificada

No especificadaa

Ninguno

Mantenida la IDA anterior

ésteres de ácidos grasos y sacarosa y sucroglicéridos

0-20 (IDA de grupo temporal)

0-30 mg/kg de p.cb



Preparados enzimáticos

alfa-acetolactato decarboxilasa

Ninguna

No especificadac

Ninguno


amilasa maltogénica

Ninguna

No especificadac

Ninguno


Aromatizante

transanetol

0-0,6 (temporal)

0-0,6 mg/kg p.cd (temporal)

Ninguno

Mantenida la IDA anterior

Agente de glaseado

poli-1-deceno hidrogenado

Ninguna

Ninguna IDA asignadae

Ninguno


Edulcorante

jarabe de maltitol

No especificada

No especificadaa

Ninguno


Sustancias varias

Salatrim (moléculas aciltrigleridas de cadena corta y larga)

Ninguna

No se dispuso de una base apropiada para evaluar sus efectos inocuos y nutricionalesf

Ninguno


Contaminantes

aflatoxinas B, G y M

Nivel más bajo practicableg

Véase Anexo 1 del informe resumido de la 49ª reunión del JECFA

Ninguno


a Se aplica al producto que se ajusta a las especificaciones revisadas.

b IDA de grupo para ésteres de ácidos grasos y sacarosa y sucroglicéridos.

c Temporal, en espera de que se examine la denominación “provisional” para las especificaciones. En 1998 se examinará la denominación “provisional” para el Apéndice B del Anexo 1 (especificación general para preparados enzimáticos utilizados en la elaboración de alimentos) del Compendio de especificaciones de aditivos alimentarios.

d IDA temporal prorrogada a 1998 para examinar estudios en curso solicitados en anteriores reuniones del Comité.

e Los datos eran insuficientes para establecer una IDA.

f El Comité recomendó que se realizaran nuevos estudios adecuadamente concebidos para determinar exhaustivamente tanto las consecuencias toxicológicas como nutricionales de la ingestión de salatrim

g La presencia en alimentos debería reducirse a niveles irreducibles. Por nivel irreducible se entiende que la concentración de una sustancia que no puede eliminarse de un alimento sin desechar el propio alimento, comprometiendo gravemente la disponibilidad de importantes suministros alimentarios.


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