4. Con referencia a la petición de la Comisión relativa a la elaboración de normas para pescado tropical y pescado de agua dulce, el Comité expresó su disponibilidad a estudiar cualquier propuesta específica que se presentara al respecto, y recordó que las normas eran de carácter general y se aplican a todas las especies de pescado incluidas en su ámbito de aplicación. El Comité tomó nota de que, en el tema 6 del programa se examinarían observaciones específicas sobre la aplicación del Código de Prácticas para el Pescado y los Productos Pesqueros en condiciones tropicales.
Comité sobre Higiene de los Alimentos
5. El Comité tomó nota de que el Comité sobre Higiene de los Alimentos le había remitido el asunto de los niveles residuales de cloro en los camarones, con la recomendación de que se preparara un documento sobre el asunto. Se informó al Comité de que la utilización de agua clorada era una práctica común en varios países, mientras que estaba prohibida por la legislación de la CE, por lo que el Comité reconoció que era necesario seguir examinando el asunto ya que existían entre los estados miembros notables diferencias de planteamiento. El Comité aceptó el ofrecimiento de la FAO y la OMS para preparar un documento de debate sobre la utilización de agua clorada y convino en enviar una Carta Circular a los estados miembros pidiéndoles información sobre su experiencia en este sector, a fin de facilitar la preparación del documento.
Comité sobre Etiquetado de los Alimentos
6. Además de los asuntos presentados en el documento, se informó al Comité de que el Comité sobre Etiquetado de los Alimentos, en su última reunión (mayo 1998), había adelantado al Trámite 8 el proyecto de enmienda de las disposiciones de etiquetado de la Norma para bastoncitos de pescado, porciones de pescado y filetes de pescado, empanados o rebozados, en la que se pedía la declaración de la proporción del núcleo de pescado. Algunas delegaciones expresaron su preocupación por esta decisión y se señaló que habían tenido la oportunidad de presentar sus observaciones a la Comisión en el Trámite 8. El Comité tomó nota de que la legislación de la CE no se refería ya al núcleo de pescado, sino al contenido de pescado, ya que el agua y los aditivos deberían quedar excluidos de la declaración (véase también el párr. 102).
Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras
Determinación del contenido de sal del pescado salado de la familia Gadidae
7. Con referencia a la propuesta del Comité sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras de que se examinara el método general para la determinación del contenido de sal, las delegaciones de Alemania y Noruega confirmaron que habían elaborado un método específico para productos con alto contenido de sal, ya que el método general no era apropiado en esos casos, y el Comité convino en mantener el método actual. Como se recordó que se presentarían al CCMAS los datos pertinentes para permitir la adopción del método, la Delegación de Alemania indicó que presentaría oportunamente datos sobre características de rendimiento.
Procedimientos de descongelación - Norma para los bloques de filetes de pescado, carne de pescado picada y mezclas de filetes y pescado picado congelados rápidamente
8. Tras los debates sostenidos en su última reunión, el Comité examinó varios documentos que incluían observaciones y propuestas sobre los métodos de análisis, que fueron presentadas por la Dra. Jane Fox-Dobson de los Estados Unidos.
9. El Comité acordó corregir la sección sobre procedimientos de descongelación - método de inmersión en agua, que figuran en la norma, a fin de indicar que los bloques de pescado congelados se hallaban cerrados herméticamente en bolsas de plástico, y corregir la temperatura a 21ºC ± 1,5ºC (70ºF ± 3ºF), ya que se había incluido esto inicialmente en el texto.
Proporción de carne de pescado en los bastoncitos de pescado
10. El Comité fue informado por la Delegación de los Estados Unidos de que, como consecuencia de un estudio en colaboración realizado con colaboradores de EE.UU. y Canadá, se había adoptado una modificación al Método Oficial 971.13 de la AOAC para la determinación del contenido de carne de pescado en productos pesqueros rebozados congelados, a los que actualmente se hace referencia en la Norma. El método modificado fue adoptado como Método Oficial 996.15[3] de la AOAC. Por ello, el Comité convino en incluir en la norma la nueva referencia.
11. La Delegación de Estados Unidos indicó que del estudio se derivaba también que el porcentaje medio determinado de carne de pescado con el método modificado de la AOAC era inferior al porcentaje real medio de carne de pescado con el método en línea para 29 de los 36 productos ensayados, que correspondían a 4 diferentes porcentajes de carne de pescado, 3 materias primas, 4 formas de elaboración y 4 formas de presentación de los productos, con un total de 6 336 muestras de ensayo. Sobre la base del informe, la citada Delegación propuso que se añadieran los siguientes ajustes para la carne de pescado en el porcentaje determinado de carne de pescado según las formas de presentación de los productos: crudo empanado, 2%; precocido 4%; rebozado por inmersión, 2%. Se tendrían así en cuenta la influencia de los métodos analíticos y los factores de elaboración. Sustancias conservadoras (fosfatos); endurecimiento de los bloques de pescado; viscosidad y temperaturas del rebozado; tiempo y temperaturas relacionadas con la cocción, congelación y almacenamiento.
12. La Delegación de Francia expresó la opinión de que podría ser prematuro incluir esta enmienda al método, ya que hasta el momento no se había realizado ningún estudio en otros países sobre la necesidad de factores de ajuste. No obstante, el Comité tomó nota de que se sometería esta propuesta al CCMAS para su aprobación y que los Estados Miembros tendrían la oportunidad de formular sus observaciones al CCMAS.
13. El Comité acordó incluir en la Norma una referencia al Método 996.15 de la AOAC con un factor de reajuste el 2% para los productos rebozados y empanados crudos y del 4% para productos precocidos, a reserva de su aprobación por el CCMAS.
Determinación del peso de los camarones y langostinos congelados rápidamente
14. El Comité recordó que en su última reunión había examinado esta cuestión y alentado a los estados miembros a realizar estudios comparativos sobre los métodos para la determinación del peso neto de todos los productos regulados por las normas. La Delegación de los Estados Unidos presentó los resultados de un estudio previo en colaboración en el que se comparaba la precisión y exactitud del Método oficial de la AOAC con otros métodos elegidos para determinar el peso neto de los camarones glaseados congelados rápidamente individualmente (CRI) y los camarones glaseados en bloques.
15. Se pusieron las muestras de ensayo en agua con o sin sodio tripolifosfato (STP). Durante el desglaseado (sólo los camarones glaseados CRI) y/o descongelado, se asignaron muestras de ensayo para evaluar los efectos de la presencia de STP, los tamaños de malla del tamiz y los diámetros de tamiz. Se evaluaron también los efectos de utilizar pesos de tamiz (seco y húmedo) en combinación con toallas de papel y el peso de recipiente tarado al calcular los pesos netos determinados. El Método modificado de la AOACpb 967.13 y el Método Air Thaw parecían ser los mejores (por precisión y exactitud) para determinar el peso neto de los camarones glaseados CIR y en bloque y, como consecuencia de este estudio, se examinarían en un estudio en colaboración estos métodos y los Métodos Oficiales de la AOAC 963.18 y 967.13.
16. El Comité agradeció al Dr. Fox-Dobson y a la Delegación de los Estados Unidos esta labor completa y examinó la propuesta de incluir el Método Modificado AOACpb 967.13 con carácter provisional para la determinación del peso neto (en estado congelado) en la Norma para los camarones congelados rápidamente. Se señaló que actualmente no había ningún método para esta determinación y que sería útil incluirlo incluso con carácter provisional.
17. En cambio, algunas delegaciones señalaron que necesitarían más tiempo para examinar la información facilitada por los Estados Unidos, y se convino en que se distribuiría el estudio detallado para que los estados miembros fueran informados e hicieran observaciones, con vistas a seguir examinando el asunto en la siguiente reunión.
Proporción entre filetes de pescado y carne de pescado picada
18. La Delegación de Sudáfrica presentó los datos que se habían recogido en dicho país sobre la aplicación del Método WEFTA a determinadas especies de merluza del Hemisferio Austral, y señaló las diferencias en los resultados con las especies de carne firme. Como las cantidades de carne picada recuperadas de merluzas de textura blanda y el exceso de carne picada eran en general mayores cuando el tiempo de almacenamiento era más largo, la delegación propuso una tolerancia del 5% para especies de carne blanda, como la merluza.
19. El Comité observó que el CCMAS iba a examinar la aprobación de este método a la luz de los datos que facilitaría el Reino Unido, y convino en que los resultados y las propuestas de Sudáfrica se transmitieran también al CCMAS para que los examinara en su siguiente reunión (Diciembre 1998).