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APÉNDICES


APÉNDICE I: PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL - TIBURONES
APÉNDICE II: CONTENIDO PROPUESTO DE UN PLAN PARA TIBURONES
APÉNDICE III: CONTENIDO PROPUESTO DE UN INFORME SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS TIBURONES
APÉNDICE IV: CLASIFICACIÓN DE LAS PESQUERÍAS DE TIBURÓN

APÉNDICE I: PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL - TIBURONES

Introducción

1. Durante siglos, los pescadores artesanales practicaron de manera sostenible la pesca del tiburón en aguas costeras, y algunos siguen haciéndolo. Sin embargo, en los decenios recientes la tecnología moderna, unida al acceso a mercados lejanos, ha ocasionado un aumento del esfuerzo y del rendimiento de la pesca del tiburón, así como una expansión de las zonas donde se practica esa pesca.

2. El incremento de las capturas de tiburones y sus consecuencias para las poblaciones de algunas especies de tiburón en varias zonas de los océanos del mundo suscitan una preocupación general. La razón de ello es que los tiburones tienen con frecuencia una estrecha relación población-reclutamiento, unos períodos largos de recuperación en respuesta a la pesca excesiva (productividad biológica baja como consecuencia de la madurez sexual tardía, escasa progenie, si bien con baja mortalidad natural) y unas estructuras espaciales complejas (segregación por tamaño/sexo y migración estacional).

3. El estado actual de los conocimientos sobre los tiburones y las prácticas empleadas en su pesca causan problemas de conservación y ordenación de los tiburones debido a la falta de datos disponibles sobre capturas, esfuerzo, desembarques y comercio, así como a la información limitada sobre parámetros biológicos de muchas especies y su identificación. Para mejorar los conocimientos sobre el estado de las poblaciones de tiburones y facilitar la compilación de la información necesaria, se necesitan fondos suficientes para la investigación y ordenación.

4. La opinión predominante es que es necesario ordenar mejor las pesquerías específicas del tiburón y ciertas pesquerías de varias especies en las que los tiburones constituyen una importante captura incidental. En algunos casos las necesidades de ordenación pueden ser urgentes.

5. Unos pocos países tienen planes específicos de ordenación de la pesca del tiburón que incluyen el control del acceso, medidas técnicas con inclusión de estrategias para la reducción de las capturas incidentales de tiburones y apoyo al aprovechamiento integral de los tiburones. Sin embargo, teniendo en cuenta la amplia distribución de los tiburones, inclusive en alta mar, y la larga migración de muchas especies, la cooperación internacional y la coordinación de los planes de ordenación del tiburón están adquiriendo creciente importancia. En la actualidad hay pocos mecanismos internacionales de ordenación que se ocupen efectivamente de las capturas de tiburones.

6. La Comisión Interamericana del Atún Tropical, el Consejo Internacional para la Exploración del Mar, la Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico, la Organización de Pesquerías del Atlántico Noroeste, la Comisión Subregional de Pesca para África Occidental, la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero, la Comisión del Atún para el Océano Índico, la Comisión para la conservación del atún meridional de aleta azul y el Programa de Pesquerías Oceánicas de la Comunidad del Pacífico han iniciado actividades para alentar a sus países miembros a recoger información sobre los tiburones y, en algunos casos, han desarrollado bases de datos regionales para evaluar las poblaciones.

7. Tomando nota de la preocupación cada vez mayor por el crecimiento de las capturas de tiburones y sus posibles efectos negativos sobre las poblaciones de tiburones, en el 22° período de sesiones del Comité de Pesca (COFI) de la FAO, celebrado en marzo de 1997, se presentó la propuesta de que la FAO organizara una consulta de expertos, utilizando fondos extrapresupuestarios, con el fin de elaborar unas directrices para un plan de acción destinado a mejorar la conservación y ordenación de los tiburones, que se presentaría al Comité en su siguiente período de sesiones.

8. El presente Plan de Acción Internacional para la conservación y ordenación de los tiburones (PAI-Tiburones) se ha elaborado en el curso de la reunión del Grupo Técnico de Trabajo sobre la Conservación y Ordenación de los Tiburones, que se celebró en Tokio del 23 al 27 de abril de 1984, y de la Consulta sobre la Ordenación de la Capacidad pesquera, la Pesca del Tiburón y las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre, celebrada en Roma del 26 al 30 de octubre de 1998, y de su reunión preparatoria, celebrada en Roma del 22 al 24 de julio de 1998.

9. El PAI-Tiburones comprende los principios, el marco, los objetivos y los procedimientos de aplicación (incluidos los anexos) que se especifican en el presente documento.

Carácter y ámbito de aplicación del Plan

10. La aplicación del PAI-Tiburones es de carácter voluntario. Se ha elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable conforme está dispuesto en su Artículo 2 d). Para la interpretación y aplicación de este documento y sus relaciones con otros instrumentos internacionales se aplica el Artículo 3 del Código de Conducta. Se alienta a todos los Estados a que lo apliquen.

11. Para los fines del Plan de Acción Internacional, por “tiburón” se entiende todas las especies de tiburones, rayas y quimeras (clase de los condrictios). Por “pesca del tiburón” se entiende la captura directa, incidental, comercial recreativa y de otros tipos.

12. El PAI-Tiburones abarca todas las pesquerías de tiburones, sea o no el tiburón la especie que se desea pescar.

Principios rectores

13. Participación. Los Estados que contribuyen a la mortalidad por pesca de una especie o población deberían participar en la ordenación de ésta.

14. Sostenimiento de las poblaciones. Las estrategias de ordenación y conservación deberían tener como finalidad mantener la mortalidad total por pesca de cada población dentro de límites sostenibles, aplicando el enfoque precautorio.

15. Consideraciones nutricionales y socioeconómicas. Los objetivos y estrategias de ordenación y conservación deberían reconocer que, en algunas regiones y/o países de bajos ingresos y con déficit de alimentos, la pesca del tiburón es una fuente tradicional e importante de alimentos, empleo y/o ingresos. Debería ordenarse dicha pesca con carácter sostenible para que proporcione una fuente continua de alimentos, empleo y/o ingresos a las comunidades locales.

Objetivo

16. El PAI-Tiburones tiene por objeto asegurar la conservación y ordenación de los tiburones y su aprovechamiento sostenible a largo plazo.

Aplicación

17. El PAI-Tiburones se aplica a los Estados en cuyas aguas practican la pesca del tiburón naves propias o extranjeras y a los Estados cuyas naves practican la pesca del tiburón en alta mar.

18. Los Estados deberían adoptar un plan de acción nacional para la conservación y ordenación de tiburones (Plan para tiburones) si sus barcos practican la pesca directa de tiburones o si sus barcos capturan normalmente tiburones en pesquerías que no son de tiburones. El contenido propuesto del Plan para tiburones aparece en el Apéndice A. Al elaborar un plan para tiburones, deberían tenerse en cuenta la experiencia de las organizaciones regionales de ordenación pesquera, según proceda.

19. Cada Estado es el responsable de la elaboración, aplicación y seguimiento de su propio Plan para tiburones.

20. Los Estados se esforzarán por tener un Plan para tiburones para el período de sesiones del COFI del 2001.

21. Los Estados deberían realizar una evaluación periódica del estado de las poblaciones de tiburones que son objeto de pesca. Esta evaluación se realizará de conformidad con lo establecido en el párrafo 6.13 del Código de Conducta para la Pesca Responsable. La presentación de un informe sobre la evaluación formará parte del Plan para tiburones del Estado correspondiente. El contenido propuesto del informe sobre la evaluación de los tiburones figura en el Apéndice B. Para ello se necesitaría la compilación coherente de datos, incluidos datos comerciales, que permita mejorar la identificación de las especies y, en último término, establecer índices de abundancia. Los datos recogidos por los Estados deberían ponerse a disposición y examinarse en el marco de las organizaciones regionales de pesca competentes y de la FAO. La colaboración internacional en la recopilación de datos y los sistemas de comunicación de los mismos para las evaluaciones de las poblaciones es particularmente importante en relación con las poblaciones de tiburones transfronterizas, transzonales, altamente migratorias y de alta mar.

22. El Plan para tiburones tendrá por objeto:

23. Los Estados que apliquen el Plan para tiburones evaluarán periódicamente, al menos cada cuatro años, su aplicación con objeto de determinar estrategias rentables para incrementar su eficacia.

24. Los Estados que consideren que no es necesario un plan para tiburones deberían revisar esa decisión periódicamente teniendo en cuenta los cambios ocurridos en sus pesquerías pero como mínimo deberían recopilar datos sobre capturas, desembarques y comercio.

25. Los Estados, en el marco de sus respectivas competencias y en consonancia con el derecho internacional, tratarán de cooperar mediante organizaciones o acuerdos regionales y subregionales de ordenación pesquera y otras formas de cooperación, con el fin de garantizar la sostenibilidad de las poblaciones de tiburones, incluso, mediante la elaboración de planes subregionales o regionales para los tiburones, cuando proceda.

26. En los casos en que poblaciones transfronterizas de tiburones sean explotadas por dos o más Estados, los Estados interesados deberían cooperar para garantizar la conservación y ordenación eficaces de las poblaciones.

27. Los Estados se esforzarán por colaborar mediante la FAO y otros acuerdos internacionales en la investigación, la capacitación y la producción de material informativo y educativo.

28. Como parte de la presentación bienal de informes con arreglo al Código de Conducta, los Estados deberían presentar informes sobre los progresos en la evaluación, elaboración y aplicación de sus Planes para tiburones.

Función de la FAO

29. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, y como parte de las actividades de su Programa Ordinario, prestará apoyo a los países en la aplicación del PAI-Tiburones, incluida la preparación de Planes para los tiburones.

30. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, prestará apoyo en la elaboración y aplicación de Planes para tiburones mediante proyectos concretos de asistencia técnica en los países, con recursos del Programa Ordinario y utilizando los fondos extrapresupuestarios que se pongan a disposición de la Organización para ese fin. La FAO proporcionará a los países una lista de expertos y un mecanismo de asistencia técnica en relación con la elaboración de Planes para tiburones.

31. La FAO informará cada dos años, por medio del COFI, sobre el estado de los progresos en la aplicación del PAI-Tiburones.

APÉNDICE II: CONTENIDO PROPUESTO DE UN PLAN PARA TIBURONES

Antecedentes

Al ordenar la pesca del tiburón, es importante considerar que el estado de los conocimientos sobre los tiburones y las prácticas empleadas en sus pesquerías pueden causar problemas en la conservación y ordenación de los tiburones, en particular:

Contenido del Plan para tiburones

En las directrices técnicas para la conservación y ordenación de los tiburones, que está elaborando la FAO, se proporciona orientación técnica detallada sobre la elaboración y aplicación del Plan para los tiburones. Se facilita orientación sobre:

El Plan para tiburones deberá contener:

A. Una descripción del estado presente de

B. Los objetivos del Plan para tiburones

C. Las estrategias para conseguir esos objetivos. Se indican a continuación ejemplos de lo que podría incluirse:

APÉNDICE III: CONTENIDO PROPUESTO DE UN INFORME SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS TIBURONES

Un informe sobre la evaluación de los tiburones debería contener, entre otras cosas, la información siguiente:

APÉNDICE IV: CLASIFICACIÓN DE LAS PESQUERÍAS DE TIBURÓN

Pesquerías costeras de anzuelo y redes de enmalle: En cualquier región, los métodos de pesca dependen de la topografía de los caladeros y de la combinación de especies disponibles tanto de tiburones como de teleósteos. En las regiones con una amplia plataforma continental, gran parte de las capturas artesanales son efectuadas con redes de enmalle caladas en el fondo, construidas en su mayor parte con red de monofilamento, así como palangres, fijadas también en el fondo. Existe una gran variedad de especies de tiburones y de teleósteos. En las regiones con plataforma continental estrecha, donde las aguas profundas más allá de la plataforma son de fácil acceso o en la regiones con plataformas continentales más amplias, las flotas artesanales utilizan palangres fijadas en la superficie y redes de deriva para capturar tiburones pelágicos.

Pesquerías demersales con capturas de arrastre incidentales: Las pesquerías de arrastre demersales están produciendo efectos en las poblaciones de mielgas (Squalidae), tiburón ángel (Squatina spp.), batoideos y quimeras. Como en las pesquerías de alta mar, gran parte de las capturas incidentales de tiburones y batoideos con redes de arrastre se descartan muertas y muchas veces no se registran. Los estudios realizados al margen de la pesca en varias partes del mundo revelan que estos grupos han acusado un fuerte descenso de la abundancia.

Pesquerías de capturas incidentales en aguas profundas: Como muchas de las especies de teleósteos estudiadas en las zonas profundas y más frías del talud continental, las mielgas de aguas profundas (en particular géneros como el Centrophorus, Centroscymnus, Etmopterus, Dalatias y Deania) suelen tener una productividad particularmente baja. Las pendientes del talud continental suelen ser muy pronunciadas y la superficie total del fondo marino asociado es pequeño en comparación con la que se encuentra encima de las plataformas continentales y en las llanuras abisales de los sociales. Como algunas especies de mielgas están confinadas a un margen de profundidad limitado de esos taludes, la superficie total ocupada por algunas de ellas es pequeña. La expansión de las pesquerías demersales de arrastre hacia aguas cada vez más profundas para pescar teleósteos de alto valor en el talud continental de algunas regiones del mundo está colocando a varias especies en situación de alto riesgo de agotamiento. En las llanuras de más de 1000 metros de profundidad se practica ya la pesca de arrastre demersal. Algunas de las especies son capturadas deliberadamente y otras en forma incidental con redes de enmalle y anzuelos.

Pesquerías pelágicas de capturas incidentales de tiburón: Las pesquerías con palangres, red de cerco y red de deriva dedicadas a la capturas de especies de atún que se encuentran en alta mar y en las zonas económicas exclusivas en virtud de acuerdos bilaterales de acceso efectúan considerables capturas incidentales. Aunque la mayor parte de los países no obligan a registrar las capturas de tiburón ni a presentar un desglose de las capturas por especie en esas pesquerías, los buques de investigación y los programas de observadores a bordo de los palangreros indican que la principal especie capturada es la tintorera (Prionace glauca). Otras especies capturadas ampliamente aunque en menor cantidad son las siguientes: Isurus oxyrinchus, Alopias supercilious, Carcharhinus longimanus y Lamna nasus.

Pesquerías de agua dulce: Algunas de las especies más amenazadas de tiburones son las que se encuentran en hábitats de agua dulce. Son varias las razones por las que estas especies son más vulnerables que las que habitan en aguas marinas. La cantidad de agua dulce de los ríos y lagos es pequeña en comparación con la del mar. Los ríos y lagos tropicales donde se encuentran especies de agua dulce están en general en países en desarrollo con poblaciones humanas numerosas y en expansión. Estas áreas son mucho más accesibles a la explotación que las aguas marinas. Además, los hábitats de agua dulce son menos estables que los marinos en lo que se refiere a la temperatura del agua, oxígeno disuelto, claridad y caudal de agua, factores todos ellos que van cambiando como consecuencia de la deforestación. La contaminación del agua con materias tóxicas procedentes de la minería y la agricultura, las modificaciones físicas en los cursos de agua debido a la construcción de empresas y al riego y los inevitables cambios en la flora y fauna de los hábitats de agua dulce alterarán probablemente estos hábitats más allá del margen de tolerancia de algunas especies de tiburón. Al menos tres especies de “tiburón de río” son ahora extremadamente raras. El tiburón del Ganges (Glyphis gangeticus) sólo se conoce ahora en el sistema fluvial Ganges-Hooghly del subcontinente indio, aunque es posible que más de una especie del género Glyphis se encuentre en la región de Borneo, Australia meridional y Nueva Guinea.


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