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IV. ESTADO ACTUAL DE LA INFORMACION SOBRE INSTITUCIONES FORESTALES (Alma Godoy, Juan Rodríguez, Consultores FAO)

Introducción

México cuenta con 197.3 millones de hectáreas, incluyendo 10,000 kilómetros de costas, 1.2 millones de ha de lagos y 1.6 millones de esteros. Los bosques, selvas y otras áreas con vegetación natural abarcan 137 millones de ha, representando el 72% de la superficie total del país.

Cerca de la mitad de bosques son tropicales mixtos de latifoliadas que se localizan en el parte sur del país. 25.5 millones de ha son bosques templados mixtos a lo largo de la Sierra Madre en la región del Pacífico.

Una característica del sector forestal en México es que la Reforma Agraria ha asegurado la propiedad comunal de los bosques y áreas naturales en 70-80 por ciento, dando la posibilidad de hacer una distribución más extensa del ingreso forestal en comparación con la mayoría de los países donde predomina el comercio forestal. Se estima que cerca de 18 millones de personas habitan estas comunidades forestales, mismas que están integradas por diversas etnias indígenas que presentan elevados índices de marginación.

Tres políticas públicas han incidido directamente en el sector forestal mexicano: agraria, agrícola y forestal. La reforma agraria ha tenido el mayor impacto sobre los bosques. Después de la Revolución Mexicana las categorías básicas y parámetros de los derechos de la tierra se definieron en el Artículo 27 Constitucional (1917) permitiendo tres tipos de propiedad: ejidos, pequeña propiedad y propiedad comunal. Los ejidos constituyen una dotación de tierra para el usufructo de un grupo de población y hasta las reformas constitucionales de 1992 la tierra ejidal pertenecía esencialmente al estado y no podía ser vendida. La pequeña propiedad es de propietarios privados, con limitaciones en extensión de acuerdo con la calidad de la tierra, tipo de cultivo o actividad económica. La propiedad comunal está basada en los derechos históricos de las comunidades indígenas prehispánicas, quienes han mantenido su estructura tradicional de propiedad comunal.

El Marco legislativo y regulatorio sectorial han ejercido una fuerza compensatoria sobre la reforma agraria, las políticas agrícolas y económicas con el objeto de conservar los bosques y áreas naturales y promover la actividad forestal. Estas políticas han venido evolucionando mostrando en algunos momentos exagerada restricción en aspectos de normatividad y control de facto, limitando la capacidad de los usuarios para tomar decisiones sobre el recurso. La normatividad impuso también costos a los usuarios del bosque que se agregaron a los incentivos para el cambio de uso del suelo.

Después de la Revolución de 1910 los bosques de México fueron transferidos al sector social (ejidos y comunidades indígenas) en un proceso lento que continuó hasta los años setenta. En 1926 se promulgó la primera Ley Forestal con una orientación conservacionista, que fue neutralizada por la reforma agraria.

El traspaso legal del control de los recursos forestales a ejidos y comunidades fue posible únicamente hasta la publicación de la Ley de 1942, pero continuó un fuerte control gubernamental al establecer paraestatales para el manejo y explotación de los recursos forestales.

Con la Ley Forestal de 1986, surgieron muchas de las actuales responsabilidades institucionales en el sector forestal. En esos años la responsabilidad de desarrollo sectorial recaía en dos instituciones: (i) la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, a través de la Subsecretaría Forestal y de Fauna Silvestre; y (ii) La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, a través del Instituto Nacional de Ecología (INE). Con esta Ley se introdujo una mayor normatividad ambiental dentro del contexto de los programas de manejo forestal, en donde el INE tenía una participación preponderante en su aprobación y el proceso de monitoreo. Esta Ley continuó con un espíritu de intervención estatal a través de los programas de manejo forestal, permisos de transportación, carga, procesamiento y venta.

En la Ley de 1986 no se incluyeron normas técnicas en su reglamentación, dejando la determinación de las mismas a discreción de la SARH y la SEDUE. Además asignó dos funciones prioritarias a la SARH: una normativa de monitoreo para definir y asegurar el cumplimiento de la Ley y otra para promocionar actividades de reforestación, desarrollo de empresas forestales a nivel de ejidos y pequeños propietarios y de conservación y reforestación en terrenos forestales.

A partir de esta Ley se ha venido fortaleciendo la estructura institucional para garantizar el desarrollo sectorial, para lo cual con la creación de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), en 1994, se concentró en una sola instancia pública la definición, aplicación y seguimiento de la política sectorial.

Política Sectorial y responsabilidades institucionales

Con las modificaciones a la Ley Forestal de 1997 se confiere a la SEMARNAP las facultades no sólo de autorizar el aprovechamiento de los recursos forestales, sino la forestación, en terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal y el cambio de autorización de uso del suelo en terrenos forestales, sino también de evaluar y supervisar su impacto ambiental y manejo forestal y verificar la acreditación de la legal procedencia de los productos y materias primas forestales.

También establece la facultad para vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas relativas a la sanidad forestal y, en su caso, acreditar e inspeccionar a las personas físicas o morales que actúen como organismos de certificación o unidades de verificación conforme a la legislación aplicable en materia de sanidad vegetal, subsanando con ello el vacío que se generó al no haberse precisado esta atribución en la creación de la SEMARNAP.

Administración Forestal

• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)

La SEMARNAT tiene su antecedente inmediato en la Secretaría de Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) creada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (Gaceta Oficial) el 28 de diciembre de 1994. La SEMARNAP operó durante el período 1994-2000 y con el Decreto mediante el cual se reforma, adiciona y deroga la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el pasado 30 de noviembre de 2000 se transformó en la SEMARNAT. Con la modificación, esta Secretaría redefinió sus funciones y su estructura, destacando su papel de instancia normativa. En esta reestructuración se consideró la creación de una Comisión Nacional Forestal como un órgano descentralizado con personalidad jurídica propia e instancia operativa que tuviera como objetivo fundamental operar los proyectos de inversión de atención sectorial.

Descripción de la Institución

Misión

Promover una transición al desarrollo sustentable y disminuir el deterioro ambiental y el agotamiento de los recursos naturales.

Objetivos y Metas

Para el cumplimiento de la misión, se distinguen cuatro tareas fundamentales:

• Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales y productos y servicios ambientales para favorecer su uso y desarrollo sustentable.

• Desarrollar la regulación ambiental de las actividades relacionadas con el uso y la explotación de los recursos naturales.

• Establecer y vigilar la instrumentación de normas de protección, restauración y conservación de los ecosistemas y del medio ambiente.

• Fomentar la planeación ecológica del uso del suelo en coordinación con otras autoridades federales, estatales y municipales y con la participación de los ciudadanos.

Estructura Organizacional

El área de acción cubierta por la institución involucra a las 32 entidades (Estados) del país y para su funcionamiento cuenta con Delegaciones Federales Estatales (32), bajo una Coordinación General de Delegaciones, encargadas de instrumentar la política sectorial y aplicar la normatividad correspondiente.

El Organigrama de la SEMARNAT es el siguiente:

Dirección General de Federalización y Descentralización de Servicios Forestales y de Suelo

Descripción de la institución

Misión

Diseñar, establecer, impulsar y promover políticas y programas para el desarrollo sustentable de los ecosistemas forestales de una manera honesta, confiable, eficaz, responsable y transparente.

Objetivo Específico

Aplicar la normatividad y procedimientos técnicos y administrativos que garanticen el manejo, la protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales.

Funciones

i. Ejercer los actos de autoridad relativos a la aplicación de la política de aprovechamiento sustentable, conservación, protección y restauración de los recursos forestales y de los suelos, así como participar en la formulación de la misma, con las Direcciones Generales de Planeación y Evaluación y del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables;

ii. Operar mecanismos de coordinación entre la Federación y las entidades federativas para apoyar la gestión institucional de éstas en la descentralización de los actos de autoridad en materia forestal y de suelos;

iii. Apoyar a las unidades administrativas de la Secretaría y a las entidades del sector, en la consolidación del proceso de descentralización a los estados, en materia forestal y de suelos, así como coadyuvar en el seguimiento de las acciones derivadas de dicho proceso;

iv. Formular y evaluar los programas de restauración para el rescate de suelos en zonas degradadas no forestales, así como evaluar los resultados de los programas de reforestación que ejecuten otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

v. Coordinar la aplicación de los criterios ambientales para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, con la participación que corresponda a otras unidades administrativas competentes, a las entidades del sector y a los gobiernos de las entidades federativas y municipales;

vi. Autorizar, suspender, revocar, anular y nulificar el cambio de utilización de terrenos forestales, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables;

vii. Integrar y mantener actualizado el inventario en materia de suelos, en coordinación con las autoridades competentes y entidades del sector, así como establecer y operar el sistema de monitoreo de la calidad del suelo;

viii. Conducir y apoyar técnicamente la realización de los programas sectoriales en materia forestal y de suelos, en coordinación con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal y con los gobiernos estatales y municipales participantes;

ix. Conocer las operaciones y evaluar los resultados de los programas institucionales en materia forestal y de suelos, de las entidades del sector;

x. Evaluar para efecto del registro correspondiente, la prestación eficiente de los servicios técnicos forestales de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

xi. Otorgar, modificar, suspender, revocar, anular, nulificar y cancelar las autorizaciones relativas a la forestación y al aprovechamiento de recursos forestales maderables;

xii. Otorgar, suspender, anular, nulificar y revocar total o parcialmente las autorizaciones en materia de sanidad forestal y expedir la documentación fitosanitaria que se requiera para la movilización, importación y exportación de productos y subproductos forestales, en coordinación con las dependencias competentes de la Administración Pública Federal, así como efectuar las notificaciones para llevar a cabo los trabajos de saneamiento forestal a que están obligados los propietarios o poseedores de terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal;

xiii. Expedir, tramitar y revisar la documentación relativa al ejercicio de las actividades forestales de su competencia;

xiv. Proponer, dar seguimiento y evaluar el establecimiento o levantamiento de vedas forestales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y con base en los estudios técnicos que al efecto elabore;

xv. Constituirse en enlace con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con los gobiernos de las entidades federativas del Distrito Federal y de los municipios, para la ejecución de programas de combate de incendios forestales;

xvi. Participar con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en la realización de estudios y propuestas para el establecimiento y manejo de áreas naturales protegidas en terrenos forestales;

xvii. Autorizar y validar la documentación y los sistemas de control previstos en las disposiciones jurídicas aplicables para acreditar la legal procedencia de las materias primas forestales;

xviii. Realizar los actos de autoridad que correspondan conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, para la protección y conservación de los recursos genéticos forestales, así como recibir los avisos para realizar actividades de recolección, producción, almacenamiento y distribución de germoplasma forestal, con fines comerciales o de investigación;

xix. Administrar los terrenos nacionales forestales, cuya administración no corresponda a otra dependencia;

xx. Integrar y mantener actualizado el inventario forestal nacional y elaborar la zonificación de los terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal, con base en el ordenamiento ecológico del territorio;

xxi. Elaborar, bajo los lineamientos de la Dirección General de Estadística e Información Ambiental, el Subsistema Nacional de Información del Sector Forestal para incorporarlo en el Sistema Nacional de Información Ambiental y de los Recursos Naturales, y a los sistemas de información estadísticos y de información geográfica y documental;

xxii. Establecer, integrar, operar y mantener actualizado el Registro Forestal Nacional, conforme a la información que reciba de las delegaciones federales de la Secretaría, así como expedir los certificados de inscripción previstos en las disposiciones jurídicas aplicables;

xxiii. Autorizar de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, los programas de manejo para la reforestación y los avisos para el aprovechamiento de recursos forestales no maderables para fines comerciales, así como realizar su control y evaluación y, en su caso, aprobar sus modificaciones;

xxiv. Desarrollar y conservar las obras de infraestructura vial que se realicen en los terrenos forestales;

xxv. Integrar la balanza de disponibilidad, consumo de productos, subproductos e insumos de origen forestal, así como participar en la formulación de los lineamientos de política para su mejor uso y consumo nacional;

xxvi. Autorizar el establecimiento, desarrollo y aprovechamiento de plantaciones forestales comerciales, en coordinación con las unidades competentes de la Secretaría y de la Administración Pública Federal;

xxvii. Representar a la Secretaría en los organismos, comités o consejos que asignen recursos o subsidios al desarrollo de plantaciones forestales comerciales, y

xxviii. Dar cumplimiento en lo que corresponda a sus atribuciones, a los compromisos y proyectos internacionales en materia forestal y de manejo sustentable de recursos forestales y del suelo, conforme a los lineamientos de la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales.

Para cumplir con sus objetivos prioritarios y realizar sus funciones esta Dirección General tiene el siguiente organigrama:

• Dirección de Aprovechamiento Forestal

Objetivos

A. Establecer la regionalización y los mecanismos de operación de los servicios técnicos forestales, a través del consenso de los sectores que participan en la definición de unidades de manejo, para propiciar una adecuada organización y respaldo técnico para el aprovechamiento de los recursos forestales.

• Ley Forestal de 1992.- fueron privatizados los servicios técnicos forestales, dando oportunidad para que sean los propios productores quienes de manera autónoma contraten a profesionales forestales inscritos en el Registro Forestal Nacional.

• Reformas a la Ley en 1997 y su Reglamento en 1998.- Se incorporó el concepto de regionalización de los servicios técnicos forestales para fortalecer y mejorar la prestación de estos servicios, considerando las ventajas de la regionalización física de los bosques y la libre contratación de los prestadores por los titulares de los aprovechamientos o por el dueño o poseedor.

B. Instaurar el Registro Forestal Nacional mediante el establecimiento de un sistema nacional que facilite a los usuarios sus trámites y proporcione información que coadyuve en procesos de planeación y control.

• En 1991, se actualizó dicha información utilizando técnicas de teledetección. Así se elaboró el Inventario Nacional Forestal de Gran Visión, a escala 1:1 millón.

• En 1992 se inició la elaboración del Inventario Nacional Forestal Periódico, a escala 1:250 mil, cuyo acervo y alcances se describen a continuación.

C. Materializar la integración y ejecución mancomunada de proyectos en materia de silvicultura como componentes de los convenios internacionales con el propósito de adaptar tecnología de países desarrollados a nuestras necesidades y obtener esquemas técnicos de aplicación práctica e inmediata a utilizar en las áreas forestales

Funciones

i. Conducir las políticas, estrategias y la aplicación de la normatividad para el aprovechamiento de los recursos forestales a fin de coadyuvar al desarrollo sustentable

ii. Proponer los anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas para el aprovechamiento de los recursos forestales maderables y no maderables

iii. Definir los lineamientos generales de carácter técnico y administrativo para el proceso de dictaminación de los programas de manejo forestal y autorización de los aprovechamientos forestales

iv. Concensar la regionalización territorial para la prestación de servicios técnicos forestales

v. Definir la organización, operación y evaluación de los servicios técnicos forestales

vi. Autorizar los procedimientos y trámites para realizar las inscripciones, modificaciones y cancelaciones en el Registro Forestal Nacional

vii. Conducir, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, la realización de los estudios necesarios para el levantamiento y/o establecimiento de vedas forestales.

viii. Coordinar y evaluar los proyectos de silvicultura y manejo incluidos en los convenios internacionales, de conformidad con los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo

ix. Proponer la inclusión de componentes silvícolas y de manejo de las áreas prioritarias en los acuerdos internacionales.

Productos

• Anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas para la conducción de aprovechamientos forestales maderables y no maderables, así como para la evaluación de los servicios técnicos forestales

• Guías técnicas para la elaboración de programas de manejo

• Regionalización para la prestación de servicios técnicos forestales

• Certificados de inscripción en el Registro Forestal Nacional

• Generación de estadísticas relacionadas con los aprovechamientos forestales, servicios técnicos forestales y de modificaciones y cancelaciones en el Registro Forestal Nacional

• Estadísticas de superficies bajo diferentes sistemas de manejo forestal

• Dirección de Cultura Forestal

Objetivos

A. Fortalecer la participación de la sociedad en las actividades de protección, conservación, aprovechamiento, fomento, cuidado y restauración de los recursos forestales mediante el establecimiento de programas educativos y de divulgación que permitan a la población valorar la importancia ambiental

B. Establecer criterios, metodologías e instrumentos que puedan orientar a la población que permitan mejorar la capacidad de gestión y operación del programa de Cultura Forestal, a fin de promover el desarrollo de usos alternativos sobre el manejo sustentable de los recursos forestales.

Funciones

i. Dirigir programas de promoción, divulgación y extensión forestal

ii. Definir la producción y fomento de elementos de divulgación forestal.

iii. Gestionar y proponer la apertura de espacios para la divulgación forestal en diferentes canales de comunicación.

iv. Promover que los organismos de comunicación social y de promoción de la cultura contribuyan a la formación de actitudes y valores de protección ambiental, de conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales

v. Proponer e impulsar el establecimiento de centros de educación y cultura forestal.

vi. Fortalecer la cooperación internacional en materia de promoción y divulgación de la cultura forestal

vii. Dirigir campañas permanentes de difusión y eventos especiales, orientados al logro de la participación de la sociedad en programas inherentes al desarrollo sostenido de la actividad forestal

viii. Concertar convenios y/o acuerdos de colaboración con dependencias de los tres niveles de gobierno (Federal, estatal y municipal), sector social y privado que fortalezca la cultura forestal, para que la población rural y urbana pueda valorar la importancia de la conservación, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales.

Productos

• Conferencias en materia forestal

• Obras de teatro

• Mantenimiento del centro de documentación especializado en temas forestales

• Vivero didáctico de zonas representativas de áreas tropicales y templadas

• Muestra representativa de zonas áridas

• Publicaciones periódicas alusivas al día del árbol y mes del bosque

• Atlas Forestal

• Dirección de Protección Forestal

Objetivos

• Evitar el deterioro de las masas forestales por el impacto de los incendios en el país, mediante esquemas operativos, lineamientos técnicos y normativos a fin de coadyuvar al desarrollo sustentable del recurso forestal

• Reducir el deterioro de los bosques en materia de sanidad forestal, mediante un esquema de planificación y supervisión, que incluya el diagnóstico, combate, control, capacitación y normatividad sanitaria a fin de fortalecer el desarrollo sustentable del recurso forestal.

• Establecer la normatividad y lineamientos técnicos en materia de dendroenergía para optimizar el uso de la leña combustible en el medio rural.

Funciones

i. Dirigir, normar y evaluar los avances de los programas anuales de protección contra plagas, enfermedades, incendios forestales y dendroenergía que se desarrollen a través de las Delegaciones Federales de la SEMARNAP

ii. Fortalecer el sistema de control y seguimiento de los programas nacionales de sanidad forestal, de protección contra incendios forestales y dendroenergía

iii. Vigilar y promover la correcta observancia de la Ley Forestal y su Reglamento, así como de las normas y disposiciones complementarias que se dicten para la sanidad forestal, la protección contra incendios forestales y dendroenergía en el país

iv. Promover y propiciar el uso de tecnología adecuada para mejorar los sistemas de control de plagas y enfermedades, así como para la prevención y combate de los incendios forestales

v. Concensar y coordinar la participación de diferentes dependencias y de la sociedad en su conjunto en la atención de fenómenos naturales y contingencias que afecten las áreas forestales del país

vi. Participar en los grupos de estudio de la Comisión Forestal de América del Norte en los proyectos de sanidad e incendios forestales en los de carácter internacional y nacional que se requiera.

vii. Determinar los mecanismos necesarios para el seguimiento y control de programas y proyectos, así como el ejercicio del presupuesto correspondiente.

viii. Planear y ejercer el presupuesto necesario para la atención de contingencias por incendios forestales y por plagas y enfermedades forestales

ix. Definir las estrategias, lineamientos y metodologías para la racionalizar el uso de la leña que se obtiene a partir del bosque nativo y optimizar su valor calorífico.

Productos

• Estadísticas sobre incendios forestales y sanidad

• Elaboración de campañas anuales de divulgación para la prevención de incendios forestales

• Combate de incendios forestales

• Programas especiales de diagnóstico en Areas Naturales Protegidas y en áreas con declinamiento de arbolado

• Saneamiento de áreas afectadas por plagas y enfermedades

• Emisión de normas técnico-fitosanitarias para productos forestales de importación

• Reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (30 de noviembre de 2000).- Establece que es atribución de la Semarnap "fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable."

• Programa de Protección Contra Incendios Forestales.- Tiene el objetivo de evitar el deterioro de los ecosistemas forestales por los incendios, contribuyendo a su preservación en favor de la sociedad. El Programa incorpora las siguientes acciones estratégicas: (i) PREVENCIÓN: son las acciones orientadas a la población para evitar la presencia de los incendios forestales, a través de mensajes por los medios de difusión y mediante acciones preventivas en los bosques, como quemas controladas y brechas cortafuego; (ii) DETECCIÓN: acciones realizadas para descubrir, ubicar y reportar oportunamente los incendios forestales, por medio de torres de observación y recorridos terrestres y aéreos; (iii) COMBATE: acciones realizadas para atacar, combatir, controlar y extinguir los incendios forestales, por conducto de las diversas brigadas forestales especializadas (semarnap, sedena, gobiernos de los estados, productores, voluntarios).

• La Dirección tiene su página de internet en la que incluye metas anuales y acciones realizadas http//www.semarnap.gob.mx/ssrn/DGForestal/pagdgf/for.htm

• Según los datos de esta Dirección la ocurrencia de incendios por estado durante 1997 fue la siguiente:

      ESTADO

NUMERO DE INCENDIOS

SUP. AFECTADA (HAS)

INDICADOR SUP/INC

1.- CHIAPAS

181

48,114

265.82

2.- OAXACA

237

10,629

44.85

3.- BAJA CALIFORNIA

60

9,213

153.55

4.- GUERRERO

241

5,636

23.39

5.- MICHOACÁN

611

5,604

9.17

6.- SONORA

26

5,058

194.54

7.- MÉXICO

1,496

4,517

3.02

8.- CHIHUAHUA

263

2,930

11.14

9.- NAYARIT

56

2,420

43.21

10- COLIMA

59

2,254

38.20

SUBTOTAL

3,230

96,375

29.84

% DEL TOTAL NACIONAL

62.56

89.36

 

OTROS

1,933

11,470

5.93

TOTAL NACIONAL

5,163

107,845

20.89

• Dirección del Inventario Nacional Forestal

Objetivos

• Instaurar el Registro Forestal Nacional mediante el establecimiento de un sistema nacional que facilite a los usuarios sus trámites y proporcione información que coadyuve en procesos de planeación y control.

• Determinar las características cualitativas y cuantitativas de los bosques, selva y zonas áridas de país, mediante la ejecución del Inventario Nacional Forestal, para planear y programas su conservación, restauración y manejo sustentable.

• Definir y reorientar el mejor uso de los recursos forestales de acuerdo a sus aptitudes y funciones ambientales a través de la zonificación de los terrenos forestales para su aprovechamiento sustentable, lo que permitirá definir políticas que frene y reviertan su deterioro.

Funciones

i. Dirigir la realización y actualización del Inventario Nacional Forestal de los recursos forestales del país.

ii. Establecer y vigilar la actualización de la zonificación forestal para coadyuvar a regular el uso del suelo de los terrenos forestales preferentemente forestales del país.

iii. Definir la zonificación forestal y promover su instrumentación.

iv. Establecer la estrategia para definir la dinámica de cambio y las tendencias de los recursos forestales, así como las causas que ocasionan dichos cambios.

v. Definir y dirigir el Sistema de Monitoreo de Ecosistemas Forestales.

vi. Dirigir y coordinar la obtención de la información sobre indicadores forestales de degradación y sustentabilidad, así como de los servicios ambientales de los ecosistemas, con base a la información del Inventario y Monitoreo Forestal.

vii. Propiciar e impulsar la investigación sobre técnicas de evaluación, ordenamiento, monitoreo y base de datos de recursos forestales, con las instituciones y centros de investigación y enseñanza vinculadas con la actividad.

viii. Definir mecanismos de coordinación y cooperación con organismos e instituciones vinculadas con la evaluación y monitoreo de recursos forestales.

ix. Publicar y promover el uso y aplicación de los resultados del Inventario Nacional Forestal.

x. Instaurar la base de datos numérica y cartográfica del Inventario Nacional Forestal a través de programas y medios informáticos.

xi. Definir y dirigir el Sistema de Información del Inventario Nacional Forestal Periódico que contenga la base de datos estadística y cartográfica de los recursos forestales.

xii. Dirigir el Centro de Documentación de Recursos Naturales que facilita a los usuarios el acceso a bases digitales numéricas y cartográficas, datos de campo, asesoría técnica, consultas específicas de mapas temáticos, fotografías aéreas, imágenes de satélite y otros.

xiii. Definir lineamientos para la ejecución de inventarios específicos de recursos forestales .

Productos

• Proyecto de ejecución del Inventario Forestal

(a) Cartografia y reportes estadísticos del inventario Nacional Forestal

(b) Bases de datos magnéticos cartográficos y estadísticos del Inventario Nacional Forestal

(c) Cartografía de zonificación de los terrenos forestales precisando las áreas de bosques, selvas y zonas áridas que son susceptibles de aprovecharse comercialmente, aquellas que deben destinarse exclusivamente a la conservación y en cuáles deben aplicarse programas de restauración

• Proyecto de ejecución del Sistema Nacional de Monitoreo de Ecosistemas Forestales

• Sistema de detección satelital para identificar oportunamente incendios forestales y elaborar pronósticos de las áreas de alto riesgo de incendios

• Página WEB del Inventario Nacional Forestal

Es una herramienta técnica para planear la adecuada administración de los recursos forestales. El Inventario Nacional Forestal Periódico precisa la localización y extensión de bosques, selvas y vegetación árida, así como los factores adversos que propician su deterioro y destrucción. Su ejecución incluyó también la zonificación de las regiones forestales del país para definir el uso óptimo de los terrenos forestales en clases de: conservación, restauración y producción, según las características de la vegetación y la aptitud de los suelos forestales.

Es un sistema dinámico de información, cuyos archivos se encuentran en formato digital e impresos en papel. Los principales documentos son:

• Una memoria nacional.

• 31 memorias estatales y la correspondiente al Distrito Federal.

• Cartografía forestal en escala 1:250 mil, en 122 fracciones, diferenciando 39 tipos de vegetación y usos del suelo.

• Cartografía de zonificación en escala 1:250 mil, en 122 fracciones, delimitan clases de conservación, restauración y producción.

• Un Atlas con 8 mapas nacionales y 64 de las entidades federativas, en escalas variables, que resumen a la cartografía forestal y de zonificación.

Las memorias del Inventario contienen información y cartografía diversa, entre otra:

Mapas:

• De conjunto de vegetación del país, en escala l: 4 millones.

• De vegetación de los Estados.

• Forestales y de zonificación, en escala variable.

• De regiones hidrológicas, en escala variable. De ubicación de áreas perturbadas, en escala variable.

Diagramas:

• Distribución de mapas, en escala variable.

• Distribución de las imágenes TM del satélite Landsat utilizadas.

Cuadros:

• Superficies forestales por Estado, por tipos de vegetación.

• Superficies por formación, por función y por ecosistema.

• Tipos de tenencia de la tierra, de las áreas forestales.

• Regiones hidrológicas.

• Volúmenes totales de bosques y selvas por Estado.

• Incremento corriente anual por hectárea en cada Estado.

• Cambios y tendencias de las superficies forestales

• Población total, urbana y rural.

• Volumen e incrementos de madera.

Usos del inventario de carácter general:

• Evaluar el presente, estimar cambios con relación al pasado y predecir tendencias de los recursos forestales del país.

• Formular políticas globales y específicas de la actividad forestal, así como planes sectoriales a corto, mediano y largo plazo.

• Mejorar el conocimiento de los ecosistemas forestales y contar con un sistema de evaluación y monitoreo permanente de los mismos.

• Definir lineamientos ecológicos y silvícolas, así como restricciones para evitar impactos negativos a los recursos forestales.

• Priorizar y planear otros tipos de inventarios forestales en áreas específicas y con diversos objetivos.

Usos de carácter especifico:

• Planear el aprovechamiento de las áreas con potencial maderable y no maderable.

• Integrar programas de protección y restauración de suelos forestales.

• Identificar zonas para forestación y reforestación por tipos comerciales, agroforestales, de recuperación, etc.

• Evaluar la deforestación y sus causas.

• Identificar zonas críticas por desmontes y usos del suelo.

• Apoyar programas en las áreas naturales protegidas.

• Apoyar acciones diversas de la investigación forestal.

• Planear el establecimiento de programas de desarrollo de la infraestructura forestal.

• Apoyar la ejecución de estudios:

• De ordenación del uso del suelo forestal, a diversos niveles.

• De almacenamiento de carbono, de producción de gases invernadero y de cambios climáticos.

• De la capacidad de la cobertura vegetal para producir agua y biomasa.

• Para la regeneración de bosques y selvas.

• De costo y accesibilidad a zonas con potencial productivo.

• De tipos de suelos por clases de bosques.

• De diversidad de especies de flora y fauna.

• De calidad, crecimiento y daños al arbolado.

• Efectuar análisis de alternativas y escenarios en la identificación y elaboración de proyectos forestales así como realizar simulaciones, proyecciones y tendencias.

Principales resultados del inventario nacional forestal periodico

El 72 % de la superficie del país es forestal con un total de 141.7 millones de hectáreas. La superficie total arbolada nacional se calculó en 56.8 millones de hectáreas, la cual se integra por bosques de coníferas y hojosas que cubren 30.4 millones de hectáreas y por selvas altas, medianas y bajas en una extensión de 26.4 millones de hectáreas.

La vegetación de las zonas áridas ocupa una superficie de 58.5 millones de hectáreas y las áreas integradas por vegetación hidrófila y halófila, abarcan 4.2 millones de hectáreas. Adicionalmente las áreas forestales perturbadas cubren un total de 22.2 millones de hectáreas.

Superficie forestal por entidad federativa

ESTADO

BOSQUES

SELVAS

VEGETACION DE ZONAS ARIDAS

VEGETACION HIDROFILA Y HALOFILA

AREAS PERTURBADAS

TOTAL FORESTAL

 

(ha)

(ha)

(ha)

(ha)

(ha)

(ha)

AGUASCALIENTES

65,447

0

80,925

0

43,190

189,562

BAJA CALIFORNIA

167,154

37,823

4,961,630

281,133

828,992

6,276,732

BAJA CALIF. SUR

32,697

472,914

4,317,265

480,054

795,663

6,098,593

CAMPECHE

0

3,286,346

0

178,709

1,196,728

4,661,783

COAHUILA

441,471

2,650

11,636,842

641,497

745,794

13,468,254

COLIMA

30,655

212,008

0

6,948

66,048

315,659

CHIAPAS

1,117,248

2,175,948

5,202

48,184

1,801,522

5,148,104

CHIHUAHUA

7,086,591

505,251

8,686,466

480,996

768,527

17,527,831

DISTRITO FEDERAL

50,596

2,123

318

0

12,779

65,816

DURANGO

4,989,401

495,020

2,671,571

100,815

872,094

9,128,901

GUANAJUATO

394,669

18,141

497,459

1,606

127,579

1,039,454

GUERRERO

1,945,171

1,606,482

0

9,922

1,719,541

5,281,116

HIDALGO

230,743

172,942

377,422

0

291,890

1,072,997

JALISCO

1,941,918

1,088,389

515,752

7,468

1,285,093

4,838,620

MEXICO

558,069

87,789

16,747

6,034

225,974

894,613

MICHOACAN

1,540,493

1,062,234

236,739

11,107

1,355,878

4,206,451

MORELOS

26,361

62,127

0

0

109,317

197,805

NAYARIT

784,237

487,580

0

43,744

678,385

1,993,946

NUEVO LEON

348,637

0

4,542,350

176,539

128,820

5,196,346

OAXACA

2,715,583

2,389,432

27,897

2,299

1,924,442

7,059,653

PUEBLA

460,771

307,455

302,774

0

627,722

1,698,722

QUERETARO

180,161

67,211

378,899

0

111,550

737,821

QUINTANA ROO

0

3,686,715

0

157,391

888,219

4,732,325

SAN LUIS POTOSI

454,852

367,192

3,428,594

109,389

342,470

4,702,497

SINALOA

744,253

1,957,488

212,984

152,325

654,987

3,722,037

SONORA

2,073,052

1,697,170

9,572,630

314,148

924,946

14,581,946

TABASCO

0

276,618

0

522,827

410,001

1,209,446

TAMAULIPAS

524,307

1,060,029

3,010,184

228,466

398,239

5,221,225

TLAXCALA

51,709

0

5,049

40

28,578

85,376

VERACRUZ

478,618

1,355,721

18,221

124,818

975,752

2,953,130

YUCATAN

0

1,395,342

1,364

17,020

1,567,075

2,980,801

ZACATECAS

999,029

103,921

2,967,114

59,864

327,679

4,457,607

TOTAL

30,433,893

26,440,061

58,472,398

4,163,343

22,235,474

141,745,169

• Comisión Nacional Forestal (CONAFOR)

La Comisión Nacional Forestal se creó mediante decreto presidencial el 4 de abril de 2001 como organismo público descentralizado, coordinado sectorialmente por la SEMARNAT y tiene a su cargo las siguientes funciones1:

a) Participar en la planeación del desarrollo forestal sustentable;

b) Fomentar y favorecer la cadena productiva forestal y de sus recursos asociados;

c) Impulsar actividades forestales productivas;

d) Promover el desarrollo forestal sustentable y de los recursos asociados para que incidan en el mejoramiento de la calidad de vida de los propietarios o poseedores de terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal y de sus comunidades;

e) Apoyar la ejecución de programas de bienes y servicios ambientales que generen los recursos forestales;

f) Proponer y participar con las autoridades competentes, en la definición de estímulos e incentivos económicos destinados al fomento de la producción forestal;

g) Promover la formulación de normas oficiales mexicanas y la aplicación de tecnologías para la producción, productividad, competitividad y calidad en la cadena productiva forestal y en la comercialización de los productos forestales;

h) Fomentar la exportación de productos forestales procesados y semiprocesados;

i) Recabar, sistematizar y proporcionar los informes y datos que se requieran para el Sistema Nacional de Información y de Recursos Naturales, en materia de producción y desarrollo forestal sustentable;

j) Participar con las autoridades competentes en la promoción y definición de acciones y programas de investigación, educación y cultura forestales;

k) Promover y participar en acciones de capacitación y asistencia técnica que fortalezcan el crecimiento y desarrollo del sector forestal;

l) Promover donativos, aportaciones, asignaciones y demás recursos, en numerario o en especie que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, sujeto a los límites y condiciones establecidos en la legislación aplicable;

m) Ejecutar y promover programas productivos, de restauración, de conservación y de aprovechamiento sustentable de los suelos forestales y de sus ecosistemas;

n) Proponer la transferencia de funciones y recursos hacia los gobiernos de los estados y municipios en materia forestal;

o) Fomentar la organización de los productores forestales y asesorarlos cuando lo soliciten, para que se constituyan bajo las formas de asociación previstas en la legislación aplicable;

p) Promover sistemas de producción forestal de subsistencia, mediante el apoyo de proyectos productivos viables que contribuyan a la generación de empleo e ingresos para las comunidades que habitan las regiones forestales o de aptitud preferentemente forestal;

q) Efectuar campañas de difusión sobre el desarrollo forestal sustentable, y

r) Las demás que le otorguen otras disposiciones jurídicas.

El organigrama de la Comisión es el siguiente:

Las 13 coordinaciones regionales son las siguientes:

REGION

ESTADO

I. Península de Baja California

Baja California y Baja California Sur

II. Noroeste

Sonora

III. Pacífico Norte

Sinaloa y Durango

IV. Balsas

Michoacán, México y Morelos

V. Pacífico-Sur

Guerrero y Oaxaca

VI. Río Bravo

Chihuahua y Coahuila

VII. Cuencas Centrales

Nuevo León, San Luis Potosí y Zacatecas

VIII. Lerma-Santiago-Pacífico

Jalisco, Colima, Guanajuato, Aguascalientes y Nayarit

IX. Golfo-Norte

Tamaulipas, Querétaro e Hidalgo

X. Golfo-Centro

Veracruz y Puebla

XI. Frontera Sur

Chiapas y Tabasco

XII. Península de Yucatán

Yucatán, campeche y Quintana Roo

XIII. Valle de México

Distrito Federal y Tlaxcala

Los objetivos de la Comisión para los próximos seis años son los siguientes:

• Aumentar la superficie forestal,

• Incrementar la producción bajo aprovechamiento forestal sustentable,

• Atender los impactos de las plagas y enfermedades,

• Disminuir los impactos de los incendios forestales,

• Fomentar la producción de productos forestales no maderables,

• Descentralizar la ejecución de programas y proyectos en apoyo al sector.

Misión

Impulsar los cambios necesarios para la creación de una nueva política de desarrollo forestal sustentable del país con la participación de la sociedad y el gobierno, con el propósito de contener el deterioro forestal y entrar a un proceso de mejora continua, de productividad y de competitividad de la cadena forestal, impulsando así un crecimiento con calidad en las zonas urbanas y rurales.

Coordinación General de Producción y Productividad

Funciones

i. Promover, impulsar y facilitar la integración de las cadenas productivas en la actividad forestal;

ii. Operar los programas sectoriales, y dirigir, promover y coordinar los programas institucionales de plantaciones forestales comerciales y de desarrollo forestal, así como los demás programas sectoriales e institucionales en materia de producción forestal;

iii. Ejecutar, en el ámbito de su competencia, la política de manejo y aprovechamiento sustentable de la fauna silvestre que habita en zonas forestales o de aptitud preferentemente forestal, así como del aprovechamiento sustentable de los recursos forestales y sus recursos asociados, así como participar en la formulación de la misma con las dependencias de la Administración Pública Federal;

iv. Proponer la celebración de acuerdos con los gobiernos de las entidades federativas y municipios que soliciten la descentralización de la administración y promoción de acciones y funciones de la Comisión en materia de manejo y aprovechamiento sustentable de la fauna silvestre que habita en zonas forestales o de aptitud preferentemente forestal así como del aprovechamiento sustentable de los recursos forestales y sus recursos asociados;

v. Promover y participar en Organismos Interinstitucionales, comités o consejos nacionales e internacionales en la definición y asignación de estímulos, apoyos directos e incentivos económicos destinados al establecimiento y mantenimiento de plantaciones forestales comerciales y del desarrollo forestal sustentable;

vi. Promover y fomentar los programas de asistencia técnica, dirigidos a los productores y organizaciones con el propósito de dar mayor valor agregado a sus productos; así como en materia de contratación de servicios, comercialización, aspectos gerenciales y de gestión;

vii. Asesorar técnicamente a los gobiernos de las entidades federativas y municipios que lo soliciten, sobre la adopción de políticas y acciones para el manejo, aprovechamiento, control y conservación en materia de vida silvestre;

viii. Promover y operar los Programas de Conservación y Manejo Sustentable de los Recursos Forestales;

ix. Impulsar las acciones de certificación, contraloría social y de los criterios e indicadores del Manejo Forestal Sustentable;

x. Diseñar, promover y ejecutar el Programa Nacional de Mejoramiento Silvícola para incrementar significativamente la producción maderable, no maderable y de servicios ambientales;

xi. Proponer y evaluar los sistemas y procedimientos relativos a la prestación de los servicios técnicos forestales, así como instrumentar, operar y llevar el seguimiento de los mismos;

xii. Participar en la formulación y establecimiento, así como operar el Programa Nacional de Dendroenergía y promover la asistencia técnica para el mejor uso y optimización energética en el consumo de madera;

xiii. Formular e instrumentar, conjuntamente con la Coordinación General de Educación, Capacitación e Investigación, la asistencia técnica y capacitación forestal para fortalecer la capacidad y calidad de los servicios técnicos forestales, así como la capacidad técnica de los ejidos y comunidades para mejorar los conocimientos, la cultura forestal, el manejo y conservación de los recursos forestales y de sus recursos asociados;

xiv. Promover y fomentar proyectos en materia de servicios ambientales, que generan los ecosistemas forestales; para alcanzar en el corto plazo el mercado de estos servicios;

xv. Promover y participar en el proyecto de regionalización y organización de los servicios técnicos forestales para alcanzar el manejo forestal sostenible;

xvi. Promover la integración de los Programas de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas de competencia Federal en terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal;

xvii. Participar con otras unidades administrativas y dependencias de la Administración Pública Federal en la Federalización y Municipalización en materia forestal;

xviii. Participar en el diseño y ejecución del inventario y monitoreo de los ecosistemas forestales.

xix. Participar, conforme a su objeto, en la promoción, diseño y ejecución de Programas de Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre;

xx. Fomentar y elaborar los planes de manejo sustentable, para el aprovechamiento de productos no maderables;

xxi. Participar en la implementación y ejecución del Plan Estratégico Forestal 2025, en materia de manejo forestal sostenible;

xxii. Formular e instrumentar conjuntamente con la Coordinación General de Conservación y Restauración y la Coordinación General de Gerencias Regionales, el seguimiento, control y evaluación externa de cada uno de los programas operativos;

xxiii. Fomentar la exportación de productos forestales procesados y semiprocesados;

xxiv. Proporcionar información en materia de producción y desarrollo forestal, al Registro Forestal Nacional;

xxv. Servir de contraparte operativa cuando exista un componente de manejo forestal sustentable en los Acuerdos Internacionales;

xxvi. Formular propuestas de Normas Oficiales Mexicanas en materia de: Planes de Manejo, Servicios Técnicos Forestales, Productos no Maderables y cualquier otro que corresponda conforme a las funciones de la Comisión, así como participar en los Comités Consultivos Nacionales de Normalización correspondientes; y

xxvii. Coadyuvar con la Dirección General para la organización del Consejo Nacional Forestal y los Consejos Regionales y Estatales Forestales.

• Gerencia de Desarrollo Forestal

Objetivos

i. Impulsar el desarrollo en el bosque nativo a través de incentivos y apoyos directos, para alcanzar el aprovechamiento induciendo la integración y competitividad de las cadenas productivas y la formación de unidades de producción.

ii. Abastecer de materias primas forestales a la industria, a través de acuerdos, convenios, programa y cursos, para mejorar la eficiencia de los procesos productivos

iii. Facilitar y hacer eficiente la integración de la industria forestal e impulsar la comercialización de los productos a través de estudios, proyectos, manuales y guías, para optimizar los procesos y componentes de la cadena productiva

• Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000.- Se incorpora el objetivo de impulsar la producción silvícola, garantizando un manejo sustentable del recurso, redefiniendo los términos y condiciones de los programas de aprovechamiento, cuidado, conservación, así como perfeccionando los sistemas de inspección y vigilancia.

• Reformas a la Ley en 1997.- Entre los propósitos de la Ley se incluye el concepto de sustentabilidad para la actividad forestal, así como la participación directa y activa de los propietarios y poseedores, de las comunidades y de los pueblos indígenas y de la sociedad en general en el uso, protección preservación y restauración de los recursos forestales.

• Programa para el desarrollo forestal (Prodefor).- Es el primer programa de incentivos directos que instrumenta el gobierno de México dirigido a dueños y poseedores de los recursos forestales nativos (bosques, selvas, o vegetación de zonas áridas). El Programa está orientado a apoyar el desarrollo de proyectos productivos y contribuir en la lucha por la conservación y restauración de los ecosistemas forestales.

Funciones

i. Fomentar y propiciar el aumento a la producción y la productividad forestal y encauzar la participación del sector en la vida económica del país.

ii. Dirigir la concertación de acciones y recursos en los ámbitos federal y estatal para impulsar el desarrollo en el bosque natural, mediante la instrumentación de mecanismos fiscales y financieros para estimular la sustentabilidad, así como el otorgamiento de incentivos directos al sector forestal.

iii. Definir el sistema de información y evaluar el comportamiento de los principales indicadores económicos y comerciales del sector productivo forestal.

iv. Dirigir la instrumentación de programas para eficientar el abasto sustentable de la materia prima forestal, promoviendo la apertura, mejoramiento y conservación de infraestructura vial en las áreas forestales.

v. Evaluar y determinar la viabilidad de proyectos de diversificación productiva del sector forestal

vi. Planificar y definir recursos y materiales de apoyo para el funcionamiento de los centros de Capacitación forestal

vii. Instaurar apoyos y servicios para la industria y comercialización de materias primas y productos forestales, además de intervenir en el desarrollo y transferencia de tecnología para la óptima industrialización de materia primas forestales.

viii. Proponer el desarrollo de mercados de materias primas y productos forestales en los mercados nacional e internacional.

ix. Intervenir en el desarrollo y transferencia de tecnología para el mejor aprovechamiento e industrialización de las materias primas forestales.

Productos

• Lineamientos para la conformación del padrón de prestadores de servicios técnicos

• Reglas de operación del Programa de Desarrollo Forestal

• Anuario estadístico de la producción forestal

• Directorio de la industria forestal

• Emisión de estándares de calidad de productos forestales

• Balanza disponibilidad-consumo

• Estudios de mercado y canales de comercialización

• Establecimiento de convenios con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el establecimiento de caminos

• Directorio de fabricantes de maquinaria y herramientas forestales

• Directorio de organizaciones de productores

• Gerencia de Plantaciones Forestales Comerciales

Objetivos

A. Promover el establecimiento y aprovechamiento de plantaciones forestales comerciales para lograr un aumento de la producción forestal a través de la aplicación de la normatividad vigente.

B. Incrementar las superficies de plantaciones forestales comerciales implantando un programa de capacitación y promoción para aumentar la producción forestal

C. Atraer inversiones en el desarrollo de plantaciones forestales comerciales organizando y concertando un esquema de incentivos, estímulos y otros apoyos adicionales, a fin de disminuir el saldo negativo de la balanza forestal comercial y la creación de empleos en el sector rural.

Funciones

i. Proponer las autorizaciones de plantaciones forestales comerciales

ii. Validar los lineamientos para la aplicación de la normatividad de plantaciones forestales comerciales

iii. Impulsar y orientar la generación y uso de tecnología sobre plantaciones forestales comerciales.

iv. Dirigir el programa de Capacitación y difusión de las plantaciones Forestales comerciales

v. Fomentar la inversión nacional y extranjera en las plantaciones forestales comerciales

vi. Concertar, implementar y administrar el Programa para el Desarrollo de plantaciones Forestales Comerciales (PRODEPLAN)

vii. Coordinar y participar en las reuniones del Comité de Operación y del Grupo Técnico del PRODEPLAN

viii. Validar la operación financiera del fideicomiso de plantaciones forestales comerciales

ix. Canalizar y dar seguimiento a las peticiones de los sectores social y privado sobre el desarrollo de plantaciones forestales

x. Promover e impulsar la asociación productiva de propietarios e inversionistas de plantaciones comerciales

xi. Promover los trámites aprobados por la Secretaría de Economía que deben realizar los interesados en realizar plantaciones forestales

Productos

• Autorizaciones de programas de manejo de plantaciones forestales comerciales

• Anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con las plantaciones forestales comerciales

• Manuales para la elaboración y dictaminación de programas de manejo de plantaciones

• Zonificación para plantaciones forestales

• Padrón de plantaciones forestales autorizadas en el país

• Catalogo de proveedores especializados en plantaciones forestales

• Padrón de prestadores de servicios técnicos acreditados ante el Programa de Desarrollo de Plantaciones Forestales Comerciales (PRODEPLAN)

• Informes de evaluación y seguimiento del PRODEPLAN

• Esquemas de asociación productiva en materia de plantaciones forestales

• PRODEPLAN

• Ley Forestal de 1992.- Esta Ley incluyó la necesidad de presentar un programa de manejo forestal para realizar forestaciones. Posteriormente sus Reglamento (1994) definió las forestaciones como plantaciones forestales en terrenos con aptitud preferentemente forestal, mayores de una hectárea.

• NOM-EM-002-SEMARNAP/SAGAR-1996.- Con esta norma se regula por primera vez en México, de manera temporal, las plantaciones forestales comerciales en terrenos agropecuarios y de aptitud preferentemente forestal.

• Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).- Incluye (1996) a las plantaciones forestales como una de las actividades que requieren de autorización previa en materia de impacto ambiental.

• Reformas a la Ley Forestal de 1992 (1997).- Se incorpora la regulación para la realización de forestaciones con propósitos de producción comercial en terrenos no forestales y de aptitud preferentemente forestal.

• Acuerdo Delegatorio mediante el cual se faculta a las delegaciones forestales para autorizar los Avisos de Forestación, Informe de Forestación y los Programas de Manejo Ambiental y Forestación (1999)que posteriormente se incluyen en el Reglamento Interior de la Semarnap (2000).-

• Programa de Plantaciones Forestales Comerciales (Prodeplan).- Tiene el objetivo de apoyar el establecimiento de plantaciones comerciales para reducir las importaciones de celulosa, papel y otros productos forestales maderables, creando alternativas de desarrollo sustentable en áreas rurales del país. Mediante este Programa se proporcionan incentivos directos, como compensación parcial de hasta el 65% de los gastos efectuados en el establecimiento y mantenimiento de las plantaciones por un período máximo de siete años. La asignación se hace mediante licitaciones públicas.

• Otros apoyos.- La banca de desarrollo como el Fideicomiso Instituido con relación a la Agricultura (FIRA), el banco Nacional de Crédito Rural (Banrural), Nacional Financiera (Nafin) y el Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) cuentan con diferentes esquemas de apoyo crediticio para plantaciones forestales comerciales.

• La Dirección de Plantaciones Forestales tiene una página electrónica en el Sistema Nacional de Información Forestal en la que se incluye siguiente información:

• Gerencia de Silvicultrua y Manejo

Coordinación General de Conservación y Restauración

Funciones

i. Fomentar y favorecer el desarrollo forestal sustentable y de los recursos asociados para que incidan en la calidad de vida de las comunidades rurales;

ii. Ejecutar, en el ámbito de su competencia, la política de protección, conservación y restauración de la fauna silvestre que habita en zonas forestales o de aptitud preferentemente forestal así como de los recursos forestales y sus recursos asociados y participar en la formulación de la misma con las dependencias de la Administración Pública Federal;

iii. Proponer la celebración de acuerdos con los gobiernos de las entidades federativas y municipios que soliciten la descentralización de la administración y promoción de acciones y funciones de la Comisión en materia de protección, conservación y restauración de la fauna silvestre que habita en zonas forestales o de aptitud preferentemente forestal, así como de los recursos forestales y sus recursos asociados;

iv. Fomentar en el sector primario de la economía la conservación, protección y restauración de los recursos forestales y de la fauna silvestre;

v. Elaborar y difundir modelos operativos, documentos técnicos y materiales de apoyo, así como capacitar al personal responsable a nivel estatal de la gestión forestal y de suelos en las entidades federativas;

vi. Proporcionar asesoría técnica a ejidatarios, comuneros, propietarios y poseedores de terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal, conforme a lo previsto en la Ley Forestal;

vii. Dirigir, coordinar y evaluar los programas de forestación y reforestación, así como fomentar y promover la producción de planta de calidad para la forestación, reforestación y plantaciones en los ecosistemas forestales;

viii. Formular, organizar, ejecutar y evaluar los programas de rescate de zonas degradadas y el establecimiento, operación y desarrollo de los programas de reforestación que ejecuten las dependencias y entidades de la administración pública federal.

ix. Promover la canalización de recursos y apoyos destinados a la conservación, protección y restauración de los suelos y a la realización de obras de restauración de suelos y recursos forestales;

x. Apoyar la ejecución de los programas de medio ambiente en el ámbito de sus funciones y servicios ambientales;

xi. Participar en la integración y actualización del inventario nacional forestal y en materia de suelos, así como del sistema de monitoreo de tierras, en coordinación con las autoridades competentes;

xii. Promover, conjuntamente con la Unidad de Cooperación y Financiamiento, la canalización de recursos y apoyos destinados a la conservación, protección y restauración de los suelos y a la realización de obras de restauración de suelos y recursos forestales en cuencas y micro cuencas;

xiii. Establecer lineamientos técnicos, sistemas y procedimientos para el mejoramiento de suelos, así como para regular y ordenar su uso en actividades productivas;

xiv. Proponer a las autoridades competentes la expedición de declaratorias y programas para regular el uso sustentable de suelos por parte del sector productivo;

xv. Dirigir, coordinar y establecer programas de conservación y restauración de suelos, así como promover y dirigir proyectos de inversión y operación para el aprovechamiento sustentable de los suelos y los ecosistemas forestales;

xvi. Implementar técnicas para la reconversión productiva de suelos y para la reforestación y restauración de suelos en el trópico húmedo, subhúmedo, árido y semiárido;

xvii. Operar, por sí o por conducto de las Gerencias Regionales, los viveros forestales y los bancos de germoplasma a cargo de la Comisión;

xviii. Proteger y conservar los recursos genéticos forestales;

xix. Formular, coordinar, evaluar y operar los programas de prevención y combate de incendios forestales o emergencias forestales;

xx. Formular, coordinar y evaluar los programas de sanidad forestal así como diagnosticar, prevenir, combatir y controlar las plagas y enfermedades forestales; y

xxi. Coadyuvar al cumplimiento de las acciones de conservación, protección y restauración, emanadas de los programas de manejo en Áreas Naturales Protegidas;

Programa Nacional de Reforestación

El PRONARE se creó por iniciativa del Ejecutivo Federal en 1995, para atender la problemática de degradación de los recursos forestales. Este programa actualmente es coordinado por la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), con la participación de la Defensa Nacional (SEDENA), de Desarrollo Social (SEDESOL), de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (SAGAR) y de Educación Pública (SEP), en el orden federal. El programa es una herramienta decisiva para el mejoramiento ambiental y el desarrollo sustentable del país.

El PRONARE tiene como propósito primordial incrementar la cobertura de vegetación del país y restaurar ecosistemas deteriorados, a través de la plantación de especies adecuadas a las condiciones ambientales de las regiones.

A tres años de su creación, el PRONARE se ha consolidado como un programa permanente y con perspectiva de largo plazo.

Participantes:

SEMARNAP.- Conducción técnica y normativa, producción de planta, capacitación y asistencia técnica y asignación de recursos económicos federales.

SEDENA.- Producción de planta, plantación en áreas prioritarias y protección y mantenimiento de los sitios reforestados.

SAGAR.- Recursos de Alianza para el Campo y PROCAMPO, reconversión productiva y apoyo a proyectos agroforestales.

SEP.- Producción de planta, formación de cuadros técnicos y educación ambiental en los programas de primaria y secundaria.

SEDESOL.- Coordina participación de las organizaciones sociales, promueve reforestación rural y urbana y recursos del Programa de Empleo Temporal.

GOB. ESTATALES.- Recursos económicos, producción de planta, protección de áreas reforestadas; los ejecutivos estatales presiden los comités de reforestación.

GOB. MUNICIPALES.- Producción de planta, reforestación urbana y rural y mantenimiento de plantaciones.

ORG. SOCIALES.- Producción de planta con fines comerciales, reforestación en áreas bajo manejo, protección y mantenimiento de plantaciones.

Objetivos

• Optimizar los resultados en términos de áreas atendidas en forma efectiva y con beneficio ambiental y social.

• Orientar los esfuerzos del programa hacia áreas de atención prioritaria, con el fin de recuperar y conservar la frontera forestal.

• Coordinar la participación de los distintos órdenes de gobierno y de la sociedad en su conjunto en la planeación y ejecución de sus respectivos programas de reforestación.

• Contribuir a la conservación y rescate de la flora mexicana.

• Incrementar y mejorar en el país, los reservorios y bancos de germoplasma.

• Incrementar la capacidad técnica nacional.

Coordinación General de Planeación e Información

Funciones

i. Establecer, formular y proponer un modelo de planeación para el desarrollo sustentable del sector forestal nacional, que promueva de manera integral las trece regiones del país, y genere estrategias de corto, mediano y largo plazos;

ii. Proponer y coordinar la aplicación de políticas, lineamientos y procedimientos para la operación del Plan Institucional integrando a otras instancias federales, estatales, municipales y de la sociedad civil, que desarrollan y operan programas encaminados a la protección, fomento, producción, aprovechamiento y transformación de los recursos forestales, que coadyuvan al desarrollo integral del sector;

iii. Coadyuva con las áreas de planeación de las dependencia federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido por la legislación en la materia, la instrumentación de los planes y programas para el desarrollo sustentable de los recursos forestales y sus recursos asociados en cada una de las trece regiones del país;

iv. Coadyuvar al seguimiento y evaluación del programa sectorial forestal del país, de conformidad con los objetivos, políticas y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo para su instrumentación y operación;

v. Coadyuvar al seguimiento y evaluación de los programas regionales para el desarrollo de los recursos forestales de cada una de las trece regiones del país, de conformidad con los objetivos, políticas y estrategias del programa sectorial, para su instrumentación y operación;

vi. Diseñar, proponer y asesorar sobre mecanismos de concertación y participación entre sociedad y gobierno, para elaborar y operar los instrumentos de planeación para el desarrollo sustentable del sector forestal y sus recursos asociados, en los tres órdenes de gobierno, garantizando la participación democrática de la sociedad;

vii. Diseñar, en coordinación con las áreas competentes de las dependencias federales que tienen injerencia en el desarrollo del sector forestal, un sistema de evaluación único, que cuantifique y califique la ejecución de los programas del sector forestal y sus recursos asociados;

viii. Promover la observancia del Plan Nacional de Desarrollo, en lo relativo a los forestal, a través de la concentración con las entidades federativas en la aplicación de los programas sectorial, regionales e institucionales para el desarrollo sustentable del sector forestal y sus recursos asociados, estableciendo compromisos de seguimiento y evaluación;

ix. Coordinar el diseño y ejecución de evaluaciones con organismos e instituciones no gubernamentales, aplicables a programas ejecutados en el sector forestal, para analizar su impacto y desarrollar alternativas que se orienten a la reconversión de la operatividad y la descentralización de los mismos, promoviendo el logro de los objetivos de desarrollo forestal propuestos por la Comisión;

x. Formular y proponer en coordinación con el sector productivo del país, programas que promuevan una cultura de productividad sustentable con base en el desarrollo de proyectos que impulsen el desarrollo de los recursos forestales y la fauna silvestre en las diversas regiones del país;

xi. Promover en coordinación con otras instancias, acciones que despierten el interés por desarrollar nuevas actividades productivas de los grupos sociales de menores ingresos que viven en regiones y micro regiones forestales, para generar mejores ingresos familiares;

xii. Proponer la celebración de convenios con las dependencias, organismos e instituciones necesarias para obtener la información que generan sobre el sector forestal, para crear y mantener actualizados los bancos de información indispensables para el trabajo de la Comisión;

xiii. Coadyuvar a la integración del inventario del sector forestal y de sus recursos asociados, con información confiable y actualizada sobre existencias, protección, aprovechamientos, producción, comercialización y en general la información requerida para el desarrollo sustentable del sector;

xiv. Establecer en colaboración con otras unidades administrativas de la Comisión, indicadores de gestión que permitan evaluar la competitividad del sector forestal y medir su desempeño a escala regional e internacional;

xv. Participar en la elaboración de la normatividad para intercambio de datos en materia forestal;

xvi. Diseñar aplicaciones de cómputo que den servicio a la Comisión, así como aquellas que permitan distribuir bases de datos y cartografía a todos los actores involucrados en el sector forestal, proporcionando los métodos para que esa distribución sea interactiva y cada uno pueda mantener la información actualizada;

xvii. Construir, diseñar y operar el sitio de la Comisión en Internet;

xviii. Establecer el uso de la geomática como una herramienta para apoyar y sustentar la toma de decisiones, a través de diseño y desarrollo de bases de datos confiables que permitan tener un inventario cartográfico de las diferentes regiones forestales del país;

xix. Proponer a la Unidad de Asuntos Jurídicos, las modificaciones al marco jurídico del sector forestal que sean requeridos para el intercambio de datos electrónicos en esta materia;

xx. Proponer convenios de colaboración para la generación, intercambio e integración de información y tecnología, con instituciones de educación superior, entidades públicas y de los sectores privado y social;

xxi. Participar en grupos especializados, asociaciones, consejos y comités en materia de planeación y evaluación de informática y geomática; y,

xxii. Participar en la determinación y promoción de normas y estándares en materia de geomática.

Coordinación General de Gerencias Regionales

Funciones

i. Coordinar, en los términos que instruya el Director General y con las facultades previstas en el presente ordenamiento legal, las acciones operativas de la Comisión en el ámbito de sus Gerencias Regionales;

ii. Apoyar a los responsables de estos niveles con normas, metodología y procedimientos;

iii. Generar una estrategia administrativa y operativa oficial que garantice la ejecución de los programas forestales;

iv. Diseñar y operar esquemas de planeación y seguimiento en el ámbito regional para garantizar una eficiente operación de los programas y su consecuente evaluación;

v. Promover la desconcentración y descentralización de funciones forestales a estados y municipios;

vi. Facilitar las relaciones con el entorno político administrativo de las áreas operativas;

vii. Promover los mecanismos de coordinación y concertación con los estados, municipios, organismos no gubernamentales y profesionales;

viii. Concertar la celebración de convenios de coparticipación y cofinanciamiento entre la Comisión y las Entidades Federativas, para la ejecución de los programas;

ix. Establecer los mecanismos de concertación con organizaciones de productores, industriales, instituciones y organizaciones civiles, entre otras, para garantizar la adecuada operación de los programas a los distintos niveles, dentro de un esquema participativo;

x. Diseñar los instrumentos de concertación social que formalicen los compromisos y favorezcan el seguimiento y operación de los programas;

xi. Promover y participar en foros de consulta, seguimiento y evaluación con la participación activa de los integrantes del sector; tales como, los Consejos Consultivos Forestales y de Suelos, los Consejos de Cuencas, los Consejos Estatales Agropecuarios y Forestales, los Comités Directivos de Distrito, los Consejos Forestales Municipales e Integradoras de Despachos de Servicios Técnicos Forestales;

xii. Diseñar los mecanismos y las gestiones de apoyo requeridos para que opere un sistema nacional de servicios técnicos privados y autogestivo en todas las regiones forestales del país;

xiii. Generar la información en el ámbito municipal de potencialidades en término de especies forestales para garantizar reforestaciones con alto índice de prendimiento;

xiv. Generar la información microregional de crecimientos físicos del arbolado para orientar los programas de plantaciones y reforestación;

xv. Coadyuvar en la organización y realización de giras del Director General; y,

xvi. Coadyuvar con las unidades administrativas responsables, en el diseño y aplicación de instrumentos y mecanismos de apoyos económicos, que incentiven la inversión en actividades productivas, de restauración y de conservación en materia forestal.

Gerencias Regionales

Funciones

i. Coordinar dentro de su ámbito territorial, la ejecución de los programas y acciones relativas a las facultades que en este estatuto Orgánico se le otorgan, con apego a las normas que determine el Director General y a las políticas y lineamientos que establezca el Coordinador General de Gerencias Regionales y las unidades administrativas centrales competentes, así como informar de los avances y resultados de su ejercicio;

ii. Elaborar diagnósticos relativos a la problemática regional en materia forestal; y planes que den perspectiva al desarrollo del sector en sus respectivas Regiones;

iii. Contribuir en las acciones que la Comisión convenga con los gobiernos estatales y municipales para el desarrollo forestal integral de la región;

iv. Proponer y gestionar ante los Comités de Planeación para el Desarrollo Estatal, la coordinación y concertación de los programas y proyectos de la Comisión;

v. Proponer, opinar y, en su caso, suscribir, previa autorización de la Unidad de Asuntos Jurídicos, los acuerdos y convenios de coordinación que se lleven a cabo con los gobiernos de las entidades federativas, así como con los sectores privado y social. Igualmente, participar en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan;

vi. Informar y dar seguimiento a las acciones de desconcentración y descentralización del sector forestal en el ámbito regional y local;

vii. Proporcionar la información y datos técnicos que les sean solicitados por las autoridades superiores, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

viii. Contratar las obras, estudios y servicios relacionados con éstas, que figuren en el presupuesto de la Gerencia Regional, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, así como supervisar su ejecución;

ix. Integrar y establecer, conforme los lineamientos aplicables en la materia, los proyectos de conservación y mantenimiento de los inmuebles con que cuente la Gerencia Regional;

x. Celebrar, previo cumplimiento de la normatividad en la materia, los contratos de arrendamiento de inmuebles necesarios para la Gerencia Regional y notificar de su formalización a la Unidad de Asuntos Jurídicos y a la Coordinación General de Administración;

xi. Recibir las solicitudes e integrar los expedientes relativos a los aprovechamientos o servicios competencia de la Comisión, así como entregar las resoluciones emanadas de las unidades administrativas centrales competentes, de conformidad con los lineamientos de carácter técnico y administrativo que señalen las mismas;

xii. Opinar cuando se pretendan otorgar autorizaciones de cambio de utilización de terrenos forestales;

xiii. Participar en la operación y actualización del Inventario Nacional Forestal en la región que corresponda, en la revisión y validación de la cartografía forestal y de zonificación, así como efectuar la supervisión del muestreo de campo y monitoreo de ecosistemas forestales; y,

xiv. Auxiliar a todas las unidades administrativas, siguiendo los lineamientos internos de carácter técnico y administrativo, sistemas y procedimientos que señale el Titular de la Comisión;

Consejo Técnico Consultivo Nacional Forestal (CONAF)

Antecedentes

El Consejo fue constituido por acuerdo del Secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos el 10 de mayo de 1993 y reformado por acuerdo de la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca el 15 de noviembre de 1995. El CONAF fue establecido como un espacio de concertación entre las organizaciones, instituciones y asociaciones vinculadas con el subsector forestal. Este órgano colegiado propicia la instauración de procesos de corresponsabilidad social e institucional para definir políticas, estrategias y programas que permitan el desarrollo sustentable de los recursos forestales.

Objetivo

El Consejo tiene por objeto fungir como órgano de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las materias que señala la Ley Forestal y de las dependencias o entidades de la Administración Pública que, por la naturaleza de sus funciones, requieran de la opinión del propio Consejo. El Consejo emite opinión en relación a los aspectos siguientes: el inventario forestal; normas oficiales mexicanas; negativas de autorizaciones de aprovechamiento de recursos naturales, forestación o reforestación; cambio de uso del suelo; establecimiento de reservas, zonas forestales y parques nacionales; vedas forestales; conservación, protección y restauración forestal; plantaciones forestales (comerciales, para leña, de protección); cultura, educación y capacitación forestal; investigación forestal y otros aspectos en que la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca solicite su opinión.

Miembros

• Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal: secretarías de estado, organismos paraestatales u otros tipos de dependencias o entidades de los tres niveles de gobierno, competentes en materia forestal.

• Consejeros: Representantes de las dependencias y entidades de la Administración Pública y las instituciones, agrupaciones y organizaciones de los sectores que integran el Consejo Nacional y los Consejos Regionales.

• Instituciones Académicas y Centros de Investigación: universidades, institutos y centros de enseñanza e investigación de carácter público y privado dedicados a la enseñanza, investigación y transferencia de tecnología en materia forestal.

• Agrupaciones de Productores: organizaciones, uniones y sociedades de dueños y poseedores de terrenos forestales dedicados a la producción de bienes y a la prestación de servicios derivados de sus recursos forestales.

• Agrupaciones de Empresarios: organizaciones, sociedades y cámaras de industriales, comerciantes y de prestadores de servicios técnicos relacionados con la actividad forestal.

• Organizaciones no gubernamentales: organizaciones y asociaciones civiles con fines no lucrativos, dedicadas a promover el uso sustentable y la conservación de los recursos forestales.

• Organizaciones de carácter social y privado: colegios, sociedades, sindicatos, organizaciones y asociaciones de carácter gremial, técnico, científico y profesional vinculados a la actividad forestal.

Atribuciones y Funciones

i. El Consejo Nacional y sus correlativos regionales fungirán como órganos de consulta de la Secretaría en las materias que les señala la Ley Forestal y su Reglamento y en las que les solicite su opinión, así como de las dependencias y entidades de la Administración Pública federal, estatal y municipal, que por la naturaleza de sus funciones, la requieran.

ii. De conformidad con el párrafo anterior, son atribuciones del Consejo y sus correlativos regionales emitir opiniones y propuestas con relación a:

iii. Los criterios para caracterizar y delimitar los distintos tipos de zonas forestales en que se dividirá el territorio nacional. Consejo Nacional. (Fracc. II Artículo 5).

iv. La elaboración y expedición de normas oficiales mexicanas en materia forestal, incluyendo las de combate y control de incendios, plagas y enfermedades, así como para uso del fuego. Consejo Nacional. (Fracc. III, Artículo 5, Artículos 27 y 30 ).

v. Los criterios técnicos a utilizarse para recopilar y organizar el Inventario Forestal Nacional. Consejo Nacional. (Párrafo 7, Artículo 9)

vi. La conveniencia de decretar el establecimiento y levantamiento de vedas forestales. Consejo Nacional. (Párrafo 1, Artículo 32 Bis).

vii. Las medidas que a juicio de la Secretaría contribuyan a la conservación y restauración de la biodiversidad forestal, mediante acciones voluntarias de particulares. Consejo Nacional. (Fracc. II, Artículo 35).

viii. Los objetivos prioritarios para establecer medidas, programas e instrumentos económicos para estimular la inversión y participación de los sectores social y privado en la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable y uso múltiple de los recursos forestales, así como en la promoción y desarrollo de forestaciones. Consejo Nacional. (Fracc. V, Artículo 33, Artículo 34).

ix. Las solicitudes de aprovechamiento de recursos forestales maderables o de forestación, previamente a que sean resueltas, cuando la Secretaría o los interesados la soliciten, en el plazo que la Ley le establece. Consejo Regional. (Párrafo 2, Artículo 19 Bis 8)

x. Las autorizaciones forestales en superficies mayores a 250 hectáreas de terrenos propiedad de un ejido, comunidad o comunidad indígena, cuando la solicitud sea presentada por un tercero. Consejo Regional en primera instancia. (Párrafo 3, Artículo 19 Bis 4).

xi. La interposición del recurso de revisión, a petición del interesado, en caso de que la Secretaría niegue una solicitud de autorización. Consejo Regional en primera instancia. (Párrafo 2, Artículo 19 Bis 7).

xii. La autorización de cambio de utilización de terrenos forestales. Consejo Regional. (Párrafo 1, Artículo 19 Bis 11)

xiii. La transmisión de la propiedad o de derechos de uso o usufructo en superficies mayores a 250 hectáreas de terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal, para los cuales exista aviso o autorización de cambio de utilización en los términos de la Ley. Consejo Regional en primera instancia. (Párrafo 1, Artículo 19 Bis 13).

xiv. La organización, planeación y mejoramiento de los servicios técnicos forestales mediante la promoción de unidades de manejo forestal. Consejo Regional. (Artículo 23 Bis).

xv. Los lineamientos para promover la participación de los sectores social y privado en la planeación y realización de las actividades tendientes a incrementar la calidad y eficiencia en la conservación, ordenamiento, aprovechamiento, manejo y desarrollo forestal. Consejo Nacional o Consejo Regional según el caso. (Artículo 19 Bis 9).

xvi. La investigación forestal. Consejo Nacional. (Artículo 43).

xvii. Las demás materias en que la Secretaría y otras dependencias y entidades federales, estatales y municipales le solicite su opinión.

Integración

El Consejo Nacional y sus correlativos regionales están integrados por sus respectivos presidentes y por los representantes de sus demás miembros, pertenecientes a los siguientes sectores de la actividad forestal:

En la integración del Consejo Nacional y de sus correlativos regionales se propicia la representación equilibrada de los sectores y se evitará la duplicidad en la representación de sus miembros, por lo que, los de los sectores señalados en los incisos de la "b" a la "f", en ningún caso podrán tener simultáneamente otra representación en un mismo consejo, a través de las secciones u otras organizaciones que la integren.

Coordinación General del Proyecto de Conservación y Manejo Sustentable de Recursos Forestales en México

Misión

Coordinar la ejecución del Proyecto de Conservación y Manejo Sustentable de Recursos Forestales en México -PROCYMAF- para contribuir al uso sostenible de los ecosistemas forestales y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las actuales y futuras generaciones.

Objetivos

Para el cumplimiento de la misión, se distinguen cuatro objetivos:

• Transferir conocimientos técnicos a comunidades y ejidos forestales, a través de actividades de asistencia técnica y capacitación.

• Fomentar el desarrollo de un mercado de servicios técnicos y profesionales en apoyo al sector;

• Fomentar y financiar el desarrollo de proyectos demostrativos de inversión de productos forestales no maderables y maderables no tradicionales.

• Fortalecer el desarrollo institucional de la SEMARNAT a nivel federal y estatal, para responder de manera eficiente a los productores forestales.

• Para definir el PROCYMAF se realizó un diagnóstico sectorial que fue publicado por el Banco Mundial en 1995 (Reporte 13114-ME) mediante el cual se obtuvo información que permitió definir los objetivos, alcances y acciones incluidas en el Proyecto.

• Para ejecutar el Proyecto se firmó una operación de crédito con el Banco Mundial cuyo período de ejecución es 1997-2001.

• La ejecución del Proyecto está regulada por los documentos legales de la operación (Contrato de Préstamo y Garantía del Préstamo No. 4137-ME)

• La ejecución del PROCYMAF considera la Ley Forestal publicada el 22 de diciembre de 1992 y su reforma publicada el 20 de mayo de 1997.

Estructura Organizacional

El área de acción cubierta por la institución involucra a todo el territorio nacional, en su objetivo 2 y 4, Desarrollo de un mercado de servicios técnicos y profesionales y fortalecimiento institucional, respectivamente; 6 Estados prioritarios asociados a abundancia de recursos forestales Chihuahua, Durango, Guerrero, Jalisco, Michoacán y Oaxaca, en cuanto al componente 3 Promoción y desarrollo de productos forestales no maderables y maderables no tradicionales; y el Estado de Oaxaca, fundamentalmente en el componente 1 Asistencia técnica a comunidades y ejidos forestales, además de los tres componentes mencionados anteriormente.

Para su funcionamiento cuenta con una oficina central -Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP)- y una oficina en Oaxaca -Unidad Instrumentadora del Proyecto -UIP- con 7 personas a nivel central y 9 nivel estatal. (Figura 3). El staff profesional empleado considera Ingenieros Forestales, Biólogos, Contadores, Economistas, y expertos en administración de recursos provenientes de organismos financieros internacionales.

Las responsabilidades de la Unidad Coordinadora del Proyecto son:

• Coordinar la ejecución general del Proyecto

• Instrumentar los componentes 3 y 4

• Presentar el Programa anual de trabajo

• Elaborar presupuestos y formular informes de avance.

• Operar como vínculo con las diferentes dependencias e instancias involucradas en el Proyecto (SEMARNAP- federal y estatal- NAFIN, SHCP y Banco Mundial).

• Concentrar información relativa a la ejecución física y financiera del Proyecto.

• Realizar actividades de monitoreo y evaluación del desempeño del Proyecto

Las responsabilidades de la Unidad Instrumentadora del Proyecto son:

• Coordinar la instrumentación de las actividades del Proyecto en el Estado.

• Promocionar el Proyecto.

• Ser el primer punto de contacto con los beneficiarios.

• Elaborar los programas operativos anuales estatales.

• Monitorear y dar seguimiento a los programas anuales.

• Llevar registros de las actividades realizadas.

• Concentrar los productos generados por las actividades realizadas en el Estado (resultados de estudios de asistencia técnica, capacitación, etc.).

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Antecedentes

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, se crea en julio de 1992, en calidad de Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, como la instancia de la normatividad ambiental, a través de la inspección a las empresas de jurisdicción federal, la promoción y realización de auditorías ambientales y la participación social.

Con motivo de las reformas del 28 de diciembre de 1994 a la ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se incorpora a la Secretaría de Medio Ambiente, recursos naturales y Pesca para lo cual se agregan a su marco de responsabilidades, además de los proyectos originales, la inspección y vigilancia de los recursos naturales, pesqueros, forestales, de flora y fauna silvestre marítima y terrestre y de zona federal; y por Acuerdo del 27 de diciembre de 1995, la fitosanitaria y de fauna silvestre comprendida en CITES.

En la actualidad, la PROFEPA vigila que la legislación en materia de cuidado ambiental se cumpla y sirva de vehículo para que la ciudadanía denuncie y sancione acciones que no sólo alteren o rompen con el equilibrio que debe existir en el medio ambiente, sino que implican un riesgo a la salud de las sociedades humanas que forman parte del ecosistema que está siendo alterado

Misión

Vigilar y promover el cumplimiento de la legislación ambiental y de los recursos naturales, mediante la realización de actos de autoridad (inspección, verificación y vigilancia), en forma directa a través de su personal, o en forma concurrente con la sociedad u otras instancias del gobierno; así como calificar y aplicar sanciones sobre ilícitos en la materia, a efecto de contribuir al aprovechamiento duradero de los recursos naturales renovables y la preservación y mejoramiento del ambiente, y estimular el cumplimiento voluntario de la legislación ambiental, que permita una mejor vida para todos.

Objetivos

• Lograr un esquema de procuración de justicia que frene las tendencias de deterioro del medio ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales, y que siente las bases para un proceso de restauración y recuperación ecológica, que promueve el desarrollo económico y social de México con criterios de sustentabilidad.

• Elevar los niveles de cumplimiento de la legislación ambiental y de los recursos naturales, mediante el desarrollo de actos de autoridad; y el fomento al cumplimiento voluntario de la normatividad ambiental.

• Propiciar un proceso de corresponsabilidad entre el gobierno y la sociedad en la protección al ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales, a través de la denuncia y la queja.

Para lograr estos objetivos la Procuraduría de Protección al ambiente cuenta con la siguiente estructura orgánica:

PROFEPA estructura

Atribuciones y Funciones

i. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental, recursos naturales, bosques, vida silvestre, quelonios, mamíferos marinos y especies acuáticas en riesgo, sus ecosistemas y recursos genéticos, la zona federal marítimo terrestre, y playas marítimas y terrenos ganados al mar o cualquier otro depósito de aguas marítimas, las áreas naturales protegidas, así como en materia de impacto ambiental y ordenamiento ecológico de competencia federal, y establecer políticas y lineamientos administrativos para tal efecto;

ii. Recibir, investigar, y atender o, en su caso, canalizar ante las autoridades competentes, las denuncias por el incumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a los recursos, bienes, materias y ecosistemas, a las que hace referencia la fracción anterior;

iii. Salvaguardar los intereses de la población y fomentar su participación en el estímulo y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas ambientales; así como brindarle asesoría en asuntos de protección y defensa del ambiente, la vida silvestre y los recursos naturales competencia de la Secretaría;

iv. Coadyuvar con otras autoridades federales, así como con las estatales y municipales que lo soliciten, en el control de la aplicación de la normatividad ambiental;

v. Emitir resoluciones derivadas de los procedimientos administrativos en el ámbito de su competencia;

vi. Expedir recomendaciones a las autoridades competentes para la debida aplicación de la normatividad ambiental y dar seguimiento a dichas recomendaciones;

vii. Promover y procurar, cuando proceda, la conciliación de intereses entre particulares y en sus relaciones con las autoridades, en asuntos derivados de la aplicación de las disposiciones jurídicas aplicables en las materias competencia de la Secretaría;

viii. Ejercer las atribuciones de la Secretaría en materia de auditorías y peritajes ambientales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

ix. Atender las solicitudes de las autoridades competentes o de los particulares, respecto de la formulación de dictámenes técnicos de daños o perjuicios ocasionados por infracciones a la normatividad ambiental;

x. Imponer las medidas técnicas correctivas y de seguridad, así como las acciones que sean de su competencia en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

xi. Investigar las infracciones a la normatividad ambiental y, en su caso, hacerlas del conocimiento de las autoridades correspondientes cuando no sean de su competencia;

xii. Denunciar ante el Ministerio Público Federal los actos, hechos u omisiones que impliquen la probable comisión de delitos contra el ambiente;

xiii. Coordinarse con las demás autoridades federales, estatales, y municipales para el ejercicio de sus atribuciones, así como participar en la atención de contingencias y emergencias ambientales o que afecten los recursos naturales;

xiv. Participar con las autoridades competentes en la elaboración de anteproyectos de normas oficiales mexicanas, estudios, programas y proyectos para la protección, defensa y restauración del medio ambiente y los recursos naturales;

xv. Canalizar a través del órgano de control interno, las irregularidades en que incurran servidores públicos federales en ejercicio de sus funciones, en contra del medio ambiente o los recursos naturales, para que intervenga en términos de las disposiciones jurídicas aplicables o en su defecto remita el asunto ante la autoridad que resulte competente;

xvi. Coordinarse con las autoridades federales, estatales y municipales para tramitar las quejas o denuncias que se presenten por irregularidades en que incurran servidores públicos locales, en contra del ambiente o los recursos naturales, para que se proceda conforme a la legislación aplicable;

xvii. Sustanciar y resolver los recursos administrativos que le competen;

xviii. Iniciar, en el ámbito de sus atribuciones, las acciones que procedan, ante las autoridades jurisdiccionales competentes, cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación administrativa o penal;

xix. Resolver sobre las solicitudes de reconsideración y conmutación de multas, en los términos previstos en las disposiciones jurídicas aplicables;

xx. Resolver las solicitudes de certificación de la legal procedencia para el traslado de ejemplares, partes y derivados de mamíferos y quelonios marinos, así como así como de especies acuáticas en riesgo o las declaradas en veda;

xxi. Verificar el cumplimiento de las restricciones no arancelarias en las materias competencia de la Secretaría, así como emitir el registro de verificación correspondiente;

xxii. Llevar a cabo las actividades de difusión, comunicación, prensa y relaciones públicas que le correspondan, de conformidad a las políticas de comunicación social de la Secretaría;

xxiii. Participar en los asuntos internacionales relacionados con su competencia, de conformidad a las políticas y lineamientos que emita la Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales de la Secretaría;

xxiv. Acceder a la información contenida en los registros y bases de datos de las unidades administrativas de la Secretaría, a efecto de investigar y detectar posibles infracciones a la normatividad ambiental;

xxv. Recopilar, sistematizar y, en su caso, publicar la información derivada del ejercicio de sus atribuciones;

xxvi. Expedir reconocimientos y, en su caso, certificaciones a las personas físicas o morales con actividad económica, que cumplan con las disposiciones jurídicas ambientales y las que vayan más allá de ese cumplimiento; y,

xxvii. Coordinar y concertar la ejecución de instrumentos económicos y financieros que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, en el ámbito de su competencia.

Para cualquier información de este organismo desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales visitar su página electrónica www.profepa.gob.mx

Presupuestos autorizados

 

AÑOS
(Cifras en millones de pesos)

INSTITUCIONES QUE RECIBEN RECURSOS DEL GOBIERNO FEDERAL

1999

2000

2001

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

13,315.96

14,520.74

14,400.45

Dirección General Forestal

259.31

247.86

280.43

Proyecto de Conservación y Manejo sustentable de Recursos Forestales en México

16.18

14.23

17.93

Cabe señalar que los presupuestos de la Dirección General Forestal y del PROCYMAF, están incluidos en el presupuesto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y no se contabilizan por separado, sin embargo se desglosan para realizar un comparativo con relación al presupuesto total destinado por el Gobierno de México a la protección al ambiente y en específico a la atención y protección de los bosques.

Los principales productos documentales que se generan a través de las áreas antes mencionadas se relacionan a continuación y pueden ser consultados en la página electrónica www.semarnat.gob.mx/snif/

1 Diario Oficial de la Federación; julio 11 del 2001

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