- reformuló los cuatro criterios,
así como una declaración sobre la acreditación de
laboratorios, en forma de Anteproyecto de directrices para evaluar la
competencia de los laboratorios de análisis que intervienen en el control
de las importaciones y exportaciones de alimentos; pidió que se aprobara
la elaboración de las directrices, y recomendó a la
Comisión que las aprobara en el Trámite 5, omitiendo los
Trámites 6 y 7 (párrs. 22-24, Apéndice II);- decidió remitir a la Comisión, para que las
ratificara, las definiciones de la terminología analítica
seleccionada (párr. 28, Apéndice III);
- convino en que debía interrumpirse el trabajo
relacionado con métodos que utilizaban sustancias nocivas para el ozono,
y en que no era necesario que el Comité adoptara otras medidas al
respecto (párr. 42);
- para aclarar la recomendación que había hecho
a la Comisión en su reunión anterior, en el sentido de que se
suprimieran las referencias al sistema de numeración CAC/MR,
proporcionó la siguiente información: cuando se disponga de
la referencia original, deberá incluirse ésta y suprimirse la
relativa al sistema de numeración CAC/MR. En caso de que no se disponga
de la referencia original el texto completo del método deberá
incluirse en el volumen 13 del Codex Alimentarius, suprimiéndose,
también en este caso, la referencia al sistema de numeración
CAC/RM (párr. 44);
- ratificó diversos métodos de análisis
para algunos aditivos y contaminantes de los alimentos, y para ocho normas del
Codex sobre productos (párrs. 45-47, Apéndice V);
- acordó pedir a la Comisión que adoptara la
versión corregida de su mandato, junto con la enmienda propuesta por este
Comité en su última reunión (párr. 55,
Apéndice IV);
- acordó proponer a la Comisión que se iniciaran
nuevos trabajos en relación con la validación interna de
métodos (párr. 61); y
- apoyó la propuesta del CCRVDF de que la
Comisión pidiera a la FAO y a la OMS que examinaran la convocación
de una consulta de expertos sobre el tema de la validación de
métodos para fines de control de alimentos (párr. 18).
- decidió devolver al Trámite 3 el
Anteproyecto de Directrices Generales sobre Muestreo, a fin de que la
Secretaría del Codex, Australia, Austria, Canadá, EE.UU., Francia,
Hungría, India, los Países Bajos, el Reino Unido, la
República Checa y Tailandia volvieran a revisarlo a la luz de las
decisiones adoptadas en la reunión (párrs. 5-9);- convino en que el documento referente a los criterios para
evaluar métodos de análisis aceptables para los fines del Codex
debía ser revisado por Canadá, Francia y el Reino Unido, que
introducirían las correcciones necesarias, y luego distribuido a los
países miembros y organizaciones internacionales a fin de recabar sus
observaciones (párr. 15);
- acordó que el CCMAS debía mantenerse informado
de los progresos alcanzados por la UIQPA en la elaboración de las
Directrices armonizadas para el uso de factores de recuperación en las
mediciones analíticas (párr. 30);
- acordó pedir un documento revisado sobre la
incertidumbre en la medición, en el que se tuvieran en cuenta las
decisiones adoptadas por el Comité al respecto (párrs.
36-37);
- decidió postergar el debate sobre las Directrices
para la inclusión de disposiciones específicas en las normas del
Codex y textos afines, en espera de novedades relacionadas con el Anteproyecto
de Directrices sobre Muestreo y con el procedimiento de trabajo y la
selección de los criterios que se usarían en el enfoque por
criterios (párr. 50);
- tomó nota del informe de la 12ª Reunión
Interorganismos, y pidió que ésta formulara una
recomendación en cuanto a si era apropiado incluir
límites en la terminología seleccionada y elaborar las
definiciones correspondientes, y si debían examinarse métodos de
análisis que utilizaran sustancias nocivas para el ozono (párrs.
28-42, y 51-54);
- convino en pedir al Comité del Codex sobre Principios
Generales que reexaminara los apartados d) y e) del mandato del CCMAS, a fin de
poner a este Comité en condiciones de adoptar un enfoque más
horizontal para la elaboración de planes de muestreo y aclarar las
situaciones de discrepancia entre estos temas y la evaluación de la
calidad e inocuidad microbiológica de los alimentos (párr.
56);
- convino en recomendar que el Grupo de Trabajo Especial sobre
Ratificación siguiera reuniéndose, como instrumento eficaz para
que este Comité pudiera cumplir con la importante tarea que se le
había asignado, en el limitado tiempo de que disponía para sus
sesiones (párr. 57); y
- tomó nota del pedido de los países
hispanohablantes de que en las reuniones futuras se pudiera disponer de
servicios de interpretación al español (párr.
59).