Cuadro 1. Datos necesarios para la formulación de la política pesquera, según su naturaleza y utilización
Cuadro 2. Información útil para la formulación de planes de ordenación, según la naturaleza y utilización de los datos. La información necesaria para establecer la política pesquera global también es pertinente para formular los planes de ordenación
Cuadro 3. Información útil para la aplicación del plan de ordenación, según la naturaleza y utilización de los datos. La información necesaria para la formulación del plan de ordenación para la aplicación del plan de ordenación
Cuadro 4. Puntos que se pueden incluir en un plan de ordenación pesquera
Aprovechamiento sostenible: Aprovechamiento de los componentes de la diversidad biológica de forma que no ocasione una disminución a largo plazo de la diversidad biológica de ninguno de sus componentes, manteniendo su potencial para satisfacer las necesidades y pretensiones de las generaciones presentes y futuras.
Capacidad de pesca: Es un concepto que aún no ha sido definido con rigor y sobre cuya definición y estimación existen notable diferencias de opinión. Se podría formular una definición de trabajo, según la cual, es el volumen de peces que puede capturar una unidad de pesca, por ejemplo, una persona, comunidad, embarcación o flota, dando por supuesto que no existen limitaciones en cuanto al rendimiento de la población.
Conjunto de especies: Término utilizado para describir las diferentes especies que conforman una comunidad de organismos en un hábitat o caladero determinado.
Descartes: Son los componentes de una población de peces (véase infra) que se vuelven a arrojar al agua después de la captura. Normalmente, la mayor parte de los descartes no sobreviven.
Diversidad biológica o biodiversidad: Es la variabilidad existente entre organismos vivos de todas las procedencias, entre otros, terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los conjuntos ecológicos de los que forman parte. Incluye la diversidad de especies y entre ellas, y de los ecosistemas. Los índices de diversidad indican la riqueza (el número de especies existentes en un sistema) y, en cierta medida, la uniformidad (varianzas de la abundancia local de especies). Por tanto, no guardan relación con las sustituciones de especies, que, sin embargo, reflejan tensiones en el ecosistema (por ejemplo las que derivan de una elevada intensidad de pesca).
Esfuerzo de pesca: Representa el número de artes de pesca de un tipo específico utilizado en los caladeros en una unidad de tiempo determinada, p. ej., número de horas de arrastre, número de anzuelos lanzados o número de veces que se cobra una red de cerco, por día.
Flota: En el presente documento hace referencia al número total de unidades de cualquier tipo de actividad pesquera que utilizan un recurso concreto. En aras de la facilidad de comprensión, incluye aquí todas las actividades realizadas en la costa. Por ejemplo, una flota puede comprender todas las embarcaciones para la pesca con red de cerco existentes en una pesquería de sardinas, o todos los pescadores que echan redes en la costa en una pesquería tropical de múltiples especies.
Indice de explotación: Aplicado a una población íctica, es la proporción de peces o de biomasa que desaparece por efecto de la pesca. Si la biomasa es de 1 000 toneladas y el volumen anual de capturas asciende a 200 toneladas, el índice de explotación anual es el 20 por ciento. Véase también mortalidad causada por la pesca.
Mortalidad causada por la pesca: Término técnico que indica la proporción de peces capturados por efecto de la actividad pesquera en una unidad de tiempo reducida. La mortalidad causada por la pesca se puede traducir en un índice de explotación anual (véase supra) expresado como porcentaje, empleando una fórmula matemática.
Objetivo de ordenación: Finalidad que se persigue activamente y que marca la dirección de las medidas de ordenación. Por ejemplo, conseguir que los pescadores individuales obtengan unos ingresos razonables puede ser un objetivo económico de la ordenación pesquera.
Organismo de ordenación pesquera: Entidad jurídica a la que uno o más estados le ha conferido un mandato para desempeñar determinadas funciones de ordenación pesquera.
Organizaciones o arreglos de ordenación pesquera: Instituciones internacionales o acuerdos entre dos o más estados que son responsables de la ordenación pesquera, incluida la formulación de las normas que rigen las actividades de pesca. La organización de ordenación pesquera y sus órganos subsidiarios pueden ser también responsables de todos los servicios auxiliares, como la recogida y análisis de información, la evaluación de las poblaciones, el seguimiento, control y vigilancia (SCV), el proceso de consultas con las partes interesadas, la aplicación y/o determinación de las normas de acceso a la pesquería y la asignación de los recursos.
Parte interesada o grupo de interés: Cualquier persona o grupo al que uno o más estados le reconocen un interés legítimo en la conservación y gestión de los recursos objeto de ordenación. En términos generales, las categorías de partes interesadas serán las mismas en muchos casos para un gran número de pesquerías y pueden incluir intereses contrapuestos: comercial/deportivo, conservación/explotación, artesanal/industrial, pescador/comprador-elaborador-comerciante, así como distintas administraciones (local/estatal/nacional). En algunos casos, el público en general y los consumidores pueden ser considerados también partes interesadas.
Pesquería: Puede hacer referencia a la suma de todas las actividades de pesca de un determinado recurso, por ejemplo, la merluza o el camarón, o a las actividades de un único tipo o método de pesca de un recurso, por ejemplo, la pesca con redes de cerco de playa o la pesca de arrastre. El término se usa en ambos sentidos en el presente documento.
Punto de referencia: Valor estimado derivado de un procedimiento científico convenido y/o un modelo convenido que corresponde a una situación de los recursos y/o de la pesquería y puede utilizarse como directriz para la ordenación pesquera. Algunos puntos de referencia son generales y aplicables a muchas poblaciones ícticas y otros son específicos para una unidad de población determinada. Es preciso distinguir entre puntos objetivo de referencia y puntos límite de referencia o umbrales; estos últimos representan niveles bajos de población que deben evitarse.
Reclutas: El nuevo grupo de edad de la población que entra a formar parte del componente explotado por primera vez, o juveniles que entran a formar parte del componente explotable.
Recursos biológicos: Comprenden los recursos genéticos, los organismos o sus partes, las poblaciones o cualquier componente biótico de los ecosistemas con un valor real o potencial para la humanidad.
Unidad de población íctica: Recursos vivos en la comunidad o población en las que se realizan las capturas en una pesquería. La utilización del término unidad de población significa generalmente que la población está más o menos aislada de otras unidades de la misma especie y, por consiguiente, es autosostenible. En una pesquería determinada, la unidad de población puede constar de una o varias especies de peces, pero aquí incluye también a los invertebrados y plantas con valor comercial.
Tipos de datos |
|||
Relativos a los recursos |
Características de la
pesquería |
Información de carácter social y
económico |
Seguimientop, control y vigilancia |
Resumen de desembarques recientes por
pesquería |
Resumen de los tipos de pesquería y flota y
características de los artes de pesca para cada flota |
Resumen de los sistemas de derechos de usuario de cada
pesquería y cada flota |
Resumen de los éxitos y problemas en la tarea de
seguimiento y control, por pesquería y flota |
* = Convenientes pero menos prioritarios
Tipo de datos |
|||
Relativos a los recursos |
Características de la
pesquería |
Información de carácter social y
económico |
Seguimiento, control y vigilancia |
Datos relativos a las capturas anteriores y actuales (en peso
o número), incluso capturas directas y accidentales y descartes, por
pesquería y flota |
Artes de pesca utilizados por diferentes flotas y conocimiento
de su selectividad |
Descripción de los tipos de unidades de
producción en la pesquería y número de cada uno de ellos
por flota |
Sistemas existentes de seguimiento y control de la
pesquería y las flotas que la componen |
Tipo de datos |
|||
Relativos a los recursos |
Características de la
pesquería |
Información de carácter social y
económico |
Seguimiento, control y vigilancia |
Datos más recientes sobre los índices utilizados
en el procedimiento de ordenación (p. ej., CPUE comercial, biomasa
estimada, etc.) |
Datos totales de la captura y esfuerzo para la
pesquería o, si son heterogéneos, por flota |
Cambios sociales imprevistos que puedan exigir el abandono del
procedimiento de ordenación, p. ej., movimientos o cambios en las pautas
de acceso |
Nombre de cada pescador o unidad de pesca provista de licencia
(p. ej., embarcación) |
- Título
- Zona de operación de la pesquería y jurisdicción a la que corresponde
- Trayectoria de la actividad pesquera y la ordenación
- Detalles sobre los grupos reconocidos con intereses en la pesquería (grupos de interés)
- Detalles sobre las consultas conducentes a la formulación del plan de ordenación
- Disposiciones para las consultas con los grupos de interés
- Información sobre el proceso de adopción de decisiones, incluidos los participantes reconocidos
- Objetivos de la pesquería
- Recursos pesqueros, incluso información del ciclo biológico cuando proceda
- Tipos de flota o categorías de unidades de pesca que participan en la pesquería
- Situación de las poblaciones indicada por las evaluaciones, incluso la descripción de los métodos de evaluación, normas, e indicadores de la población, límites biológicos, etc.
- Descripción del ecosistema acuático, su situación y cualquier zona o característica particularmente sensible que influya en la pesca o resulte afectada por ella (sección 1.3.2)
- Usuarios o actividades ajenos a la pesca que pueden influir en ella y disposiciones de enlace y coordinación. Esta cuestión reviste una especial importancia en la pesca continental y costera
- Individuos o grupos con derechos de acceso a la pesquería y detalles de la naturaleza de los derechos (secciones 3.2 y 3.3)
- Descripción de las medidas convenidas para la regulación de la pesca a fin de cumplir los objetivos en un espacio de tiempo determinado (sección 3.1). Este apartado puede incluir medidas específicas, medidas de precaución, planes para imprevistos, mecanismos para la adopción de decisiones urgentes, etc.
- Limitaciones específicas por ejemplo, información sobre cualquier especie accidental no deseable, su estado de conservación y medidas adoptadas para reducir su captura, cuando proceda
- Detalles sobre los entornos críticos o fuentes de preocupación y medidas necesarias para afrontarlos
- Disposiciones y responsabilidades en materia de seguimiento, control y vigilancia, y observancia
- Cualquier actividad de enseñanza y capacitación prevista para los grupos de interés
- Fecha y naturaleza de la siguiente revisión y auditoría del plan de ordenación
Algunos de estos aspectos pueden ser genéricos y, por tanto, se pueden abordar en las normas generales en materia pesquera (por ejemplo, la legislación nacional sobre pesca) y en tal caso se puede hacer referencia a ellas en el plan, sin incluir todos los pormenores. Sin embargo, es posible que para determinadas pesquerías deban especificarse algunos puntos específicos.