A semejanza de muchos otros países en desarrollo, la agricultura es sumamente importante para la economía y la población de Marruecos. Contribuye con alrededor del 20 por ciento del PIB y el 30 por ciento de los ingresos de exportación, y absorbe el 40 por ciento aproximadamente del total de la población activa y el 80 por ciento de la fuerza de trabajo rural. Las frecuentes sequías han sido el principal problema a que ha hecho frente la agricultura en los dos últimos decenios. Alrededor del 90 por ciento de la superficie cultivada es de secano, y en los últimos años las precipitaciones han fluctuado apreciablemente. Las exportaciones agropecuarias de Marruecos se componen fundamentalmente de productos hortícolas, sobre todo frutas (en especial cítricos), hortalizas frescas y en conserva (tomates, calabacines y frijoles), y flores cortadas. El país está clasificado en la OMC como un importador neto de productos alimenticios - importa cantidades considerables de alimentos básicos, en particular, trigo, aceites, azúcar y leche. La Unión Europea (UE) sigue siendo su principal interlocutor comercial.
Al igual que muchos otros países en desarrollo, la adhesión de Marruecos a la OMC se realizó en un período en que la liberalización del comercio se emprendía tanto unilateralmente como en el marco de planes de cooperación regional. En los decenios de 1960 y 1970, las intervenciones del Gobierno en varios sectores de la economía eran generalizadas. La política económica se caracterizaba por la sustitución de las importaciones, y la agricultura era objeto de controles a través de una multiplicidad de precios y otras medidas administrativas. Sin embargo, a partir del decenio de 1980, se introdujeron reformas de políticas más orientadas hacia el mercado, principalmente la liberalización del comercio y las finanzas, la privatización y otras medidas de desreglamentación interna. Las medidas de reforma han contado con el respaldo de políticas macroeconómicas más disciplinadas emprendidas en el marco de los programas de ajuste estructural (PAE). 2 En los dos últimos decenios, el Gobierno ha seguido un régimen de comercio liberal, y el desarrollo del sector agropecuario se ha vinculado estrechamente a la política general de desarrollo nacional. La adhesión al GATT en 1987 y los resultados de la Ronda Uruguay determinaron la introducción de las nuevas reformas de la política agropecuaria, y reafirmaron la continuidad del proceso de liberalización del comercio emprendido a comienzos del decenio.
En la Ronda Uruguay, Marruecos consolidó todos los aranceles aplicados a los productos agropecuarios. Se establecieron equivalentes arancelarios para todos los productos agropecuarios sometidos a medidas en la frontera distintas de los derechos de aduana ordinarios, es decir los cereales, el azúcar, los aceites comestibles, la leche, las carnes y sus subproductos. La arancelización se llevó a cabo utilizando la diferencia real entre los precios internos y externos para el período de base 1986-88. Los equivalentes arancelarios de base calculados variaron de 107,5 por ciento para el queso a 380 por ciento para la carne de oveja (Cuadro 1). Para los productos agropecuarios restantes no se optó por la arancelización, pero se ofrecieron aranceles máximos, por lo general a tipos más bajos - la mayoría de las veces a 45 por ciento, nivel que en ese momento solía ser el tipo máximo adoptado en el marco del PAE, más un 15 por ciento de gravamen fiscal de importación (los "otros derechos o gravámenes").
Por lo que se refiere a los productos arancelizados, los tipos consolidados han de reducirse por un total de 24 por ciento al final del período de aplicación. Para los productos no arancelizados, el tipo de 45 por ciento se reducirá a 34 por ciento, mientras que el gravamen fiscal de importación de 15 por ciento se mantendrá en el mismo nivel.
Aunque se consideró que los niveles de equivalentes arancelarios para los productos alimentarios ofrecían una protección adecuada a los productores nacionales, se temía que su aplicación, que permitiría la transmisión total de las variaciones de los precios mundiales a los mercados internos, pudiera desestabilizar los precios internos de los alimentos. Como consecuencia, el Gobierno decidió establecer un régimen de importación para los cereales que, si bien respetaba los compromisos arancelarios (los tipos aplicados se mantuvieron por debajo de los tipos consolidados), modulaba las fluctuaciones de los precios de importación con objeto de impedir los posibles efectos indeseables para los productores y consumidores (para una descripción del sistema, véase el Recuadro 1).3
Cuadro 1: Compromisos arancelarios para productos arancelizados en la Ronda Uruguay
Producto |
Arancel básico (%) (1995) |
Arancel final consolidado (%) (2004) |
||
Cereales y harina |
Trigo blando |
190,0 |
144,0 | |
Trigo duro |
224,0 |
170,0 | ||
Harina de trigo blando |
182,5 |
139,0 | ||
Azúcar |
Azúcar crudo y refinado |
211,0 |
168,0 | |
Semillas oleaginosas y productos |
Semillas oleaginosas |
146,5/192,5 |
111,0/192.5 | |
Aceite vegetal crudo |
283,5 |
215,0 | ||
Aceite vegetal refinado |
311,0 |
236,0 | ||
Carnes |
Carne de bovino |
315,0 |
239,0 | |
Carne de oveja |
380,0 |
289,0 | ||
Aves de corral |
132,5 |
101,0 | ||
Leche y derivados |
Leche |
115,0 |
87,0 | |
Leche en polvo |
115,0 |
87,0 | ||
Quesos |
107,5 |
82,0 | ||
Fuente: Lista de Marruecos a la OMC. |
De este modo, el nuevo régimen de importación de cereales sostuvo el plan de estabilización de precios que se había puesto en práctica en la época en que el comercio estatal era un importante instrumento de intervención. Sin embargo, con la liberalización y la desreglamentación del comercio, las prácticas del comercio estatal han cambiado sustancialmente. El Gobierno ha dejado de intervenir directamente en el mercadeo de los productos agropecuarios. Los comerciantes privados pueden importar y exportar sin restricción alguna. En los tres primeros años de la fase de aplicación de la Ronda Uruguay, los precios mundiales de los cereales eran elevados y, por tanto, los derechos de importación reales fueron mucho más bajos que los correspondientes aranceles consolidados.
Recuadro 1: Nuevo régimen de importación para los cereales El nuevo régimen de derechos de importación basado en los precios de umbral de los cereales entró en vigor en 1996. Somete a los cereales a uno de los dos niveles de derecho, según cuál sea el valor de la importación en comparación con el precio de umbral. Cuando el precio de importación es inferior al precio de umbral, se aplica un derecho de importación elevado, además del gravamen fiscal de importación de 15 por ciento. Cuando el precio de importación supera el precio de umbral, no se aplica más que un derecho del 1 por ciento, más el gravamen fiscal de importación de 15 por ciento. Periódicamente, los precios de umbral son objeto de revisión. El siguiente ejemplo ilustra el funcionamiento del régimen para el trigo blando, en el caso en que el precio de umbral se fije en 1 300 dirham/tonelada. Se aplica un arancel en dos etapas, en función del precio efectivo de importación del trigo: - Cuando el precio de importación es más bajo que el precio de umbral: Arancel aplicado = 35% (derecho) + 15% (gravamen) = 50% - Cuando el precio de importación es más alto que el precio de umbral. Arancel aplicado = 1% (derecho) + 15% (gravamen) = un total de 16% sobre la parte excedente el precio de umbral, más el 50% aplicado al precio de umbral. Así: - Si el precio CIF = 1 100 DH/t, el tipo aplicado es 1 100*0.50 = 550 DH/t. - Si el precio CIF = 1 700 DH/t, el tipo aplicado es 1 300*0.50 + (1 700-1 300)*0.16 = 714 DH/t. |
Como parte de sus compromisos de acceso a los mercados, Marruecos también se propuso introducir contingentes arancelarios para algunos productos agropecuarios cuyas importaciones no superaban el 5 por ciento del consumo interno. Se establecieron contingentes arancelarios para la carne, las harinas oleaginosas y la leche fresca, pero que no se utilizaron plenamente durante algunos años, debido sobre todo a la falta de demanda de mercado. La administración de los contingentes es automática dado que se basa en el orden de presentación.
Marruecos se reservó el derecho de recurrir a la disposición de salvaguardia especial del Acuerdo sobre la Agricultura. Sin embargo, hasta el momento no ha estimado necesario utilizar esta medida adicional de protección.
La ayuda a la agricultura ha tenido como objetivo principal mantener un determinado volumen de producción nacional de alimentos básicos y aumentar las posibilidades de exportación de otros productos agropecuarios con objeto de financiar las necesidades de importación de alimentos de la creciente población. Esta estrategia se considera vital para la seguridad alimentaria nacional, en gran parte debido a que más del 40 por ciento de la población depende de la agricultura como única fuente de ingresos y suministros alimentarios. Durante mucho tiempo, Marruecos ha sido un importador neto de productos alimenticios, principalmente cereales (sobre todo trigo), azúcar y aceites vegetales.
Como parte del PAE, a partir del decenio de 1980 el Gobierno ha reducido progresivamente su apoyo a la agricultura, así como su participación en ella. Se eliminaron todas las subvenciones de insumos y se liberalizaron los precios de salida de fábrica. La limitada ayuda restante se dirige principalmente a los servicios públicos con objeto de sostener el desarrollo agropecuario. La variedad y el nivel de compromisos contraídos por Marruecos en el marco del Acuerdo sobre la Agricultura han de considerarse en el contexto del entorno de políticas predominante a comienzos del decenio de 1990, en plena aplicación del PAE. Las reformas anteriores adoptadas en el marco del PAE han impedido que Marruecos obtenga una flexibilidad suficiente en algunos de sus compromisos en materia de ayuda interna. Sus compromisos en la OMC reflejan esta situación.
El Cuadro 2 muestra la ayuda interna en el período de base de la Ronda Uruguay (1986-88) y los desembolsos efectuados en 1995-1997. De la interpretación de esta información y de otros datos se desprende lo siguiente:
Cuadro 2: Ayuda interna total (millones de dirham)
Medidas de ayuda |
Período de base (1986-88) |
|||
1995 |
1996 |
1997 | ||
Medidas exentas de reducción: |
||||
Compartimento verde |
1 576 |
1 340 |
3 296 |
3027 |
Programas de desarrollo - categoría del trato especial y diferenciado |
926 |
1 261 |
1 266 |
1 474 |
Total parcial |
2 502 |
2 601 |
4 562 |
4 501 |
Total MGA (como % de la MGA máxima) |
790 |
94 (12) |
250 (33) |
91 (12) |
Ayuda total |
3 292 |
2 694 |
4 812 |
4 592 |
Fuentes: Lista y notificaciones de Marruecos a la OMC. |
En primer lugar, Marruecos no ha hecho frente a dificultades excesivas para cumplir con los compromisos contraídos en la OMC. El país consolidó su Medida Global de la Ayuda total y se comprometió a reducirla en 13 por ciento durante el período 1995-2004. En 1995, 1996 y 1997, la MGA se situó por debajo de los niveles comprometidos (MGA total consolidada), variando de 12 por ciento a 35 por ciento. La MGA total consiste fundamentalmente en el sostenimiento de los precios de mercado dejados de percibir para prestar apoyo a la producción y la constitución de existencias de cereales, principalmente trigo.
En segundo lugar, cabe observar que mientras la MGA total se redujo, la ayuda interna total a la agricultura ha aumentado, debido a los mayores desembolsos en las categorías del compartimento verde y del trato especial y diferenciado. Estos desembolsos, que no están sujetos a compromisos de reducción, al parecer ofrecen una flexibilidad suficiente para prestar apoyo a diferentes programas agropecuarios.
En tercer lugar, la ayuda alimentaria interna fue el componente principal de las medidas del compartimento verde, y representó el 60-80 por ciento del total de este tipo de ayuda durante 1995-1997. Dado que la mayoría de las subvenciones al consumo se eliminó en el período en que entró en vigor el Acuerdo sobre la OMC, las subvenciones restantes a la harina de trigo se incluyeron en la categoría de la ayuda alimentaria interna. Además, tras la liberalización del comercio de productos agropecuarios, se ha establecido una política de constitución de existencias con propósitos de seguridad alimentaria para el trigo.
En cuarto lugar, las subvenciones a las inversiones en desarrollo hidroagrícola representaron, por término medio, más del 70 por ciento de la ayuda de la categoría del trato especial y diferenciado. Este hecho puede indicar la importancia que el Gobierno atribuye al fomento de sistemas de riego para reducir la excesiva dependencia de una agricultura de secano sumamente inestable. Por término medio, cada tres años se produce una sequía.
Los compromisos de Marruecos en materia de ayuda interna no han suscitado muchas preguntas en las reuniones del Comité de Asuntos Agropecuarios de la OMC. Las pocas preguntas formuladas se referían principalmente a la justificación para incluir las medidas de ayuda en las categorías del compartimento verde y del trato especial y diferenciado. Aunque Marruecos puede haber perdido alguna flexibilidad en materia de ayuda porque sus compromisos de la OMC reflejaron en gran parte un nivel bajo de ayuda actual como consecuencia de los PAE, los datos que figuran en el Cuadro 2 muestran que Marruecos dispone de una flexibilidad considerable para las concesiones de apoyo de la MGA, que son las únicas políticas objeto de restricción en virtud de las normas actuales del Acuerdo sobre la Agricultura. Además, Marruecos ha aprovechado plenamente el hecho de que no haya límites de gastos en el compartimento verde y el trato especial y diferenciado. Resulta difícil prever el futuro, pero mientras se mantengan las normas y exenciones actuales, incluidas aquéllas que autorizan a prestar apoyo a las inversiones en la esfera del riego, y la cartera de ayuda de Marruecos conserve la misma orientación, no deberían de surgir problemas particulares.
En la Ronda Uruguay, Marruecos no notificó ninguna subvención de las exportaciones agropecuarias para el período de base y, por tanto, no tiene experiencia alguna en lo que se refiere al compromiso de reducción en esta esfera. Sin embargo, el Gobierno concede ayuda para reducir los costos de transporte y flete de las exportaciones, de conformidad con la autorización de que gozan los países en desarrollo en virtud de lo estipulado en el Acuerdo sobre la Agricultura.
Además, Marruecos concede varias otras formas de ayuda a las exportaciones. El plan de aceptación temporal constituye el principal incentivo para diversas exportaciones. Además de estas ventajas, las instituciones públicas adoptan medidas de promoción que caen dentro de su esfera de competencia.
En suma, Marruecos no tiene mayores dificultades para aplicar los compromisos contraídos en la Ronda Uruguay.4 La urgencia de las reformas económicas, incluidos los anteriores PAE, es mucho más importante para el sector agropecuario que el Acuerdo sobre la Agricultura.
Marruecos ha sido un importador neto de productos alimenticios durante más de dos decenios. En un contexto de programas de ajuste estructural y liberalización del comercio, la producción alimentaria sigue fluctuando, al tiempo que el volumen de ayuda alimentaria sigue disminuyendo.
Al igual que en la mayoría de los demás países en desarrollo, la disminución fue particularmente acusada en el período 1995-97, en que llegó a reducirse de hasta 97 por ciento con respecto a los niveles correspondientes a 1991-94 (Cuadro 3). Como consecuencia, aunque la ayuda alimentaria en cereales representó alrededor del 9 por ciento de las importaciones de trigo en 1991-94, en el período sucesivo el porcentaje no fue más que de 2 por ciento.
Cuadro 3: Envíos de ayuda alimentaria a Marruecos, 1991-94 y 1995-97 (cantidad media anual, en miles de toneladas, y variación porcentual)
Tipo de ayuda alimentaria |
1991-94 Cantidad |
1995-97 Cantidad |
Variación (%) |
Cereales (equivalente trigo) |
152,8 |
4,7 |
- 96,9 |
No-cereales |
40,0 |
1,2 |
- 97,0 |
Total |
192,8 |
5,9 |
- 96,9 |
Fuente: Cálculos del consultor. |
Como medida de contingencia, se estableció un sistema de declaración previa de importación para limitar posibles daños a algunos sectores internos. Por ejemplo, a raíz del pedido de la industria bananera, en 1995 se exigió la declaración previa de importación para impedir un dumping en el mercado interno. Esta práctica de la declaración previa de importación es provisional, y en el futuro las medidas antidumping y compensatorias estarán en conformidad con las normas de la OMC.
Además, Marruecos aplica varias otras medidas de salvaguardia para proteger y estabilizar sus mercados internos. La Ley de Comercio prevé medidas para combatir el dumping y las subvenciones, pero en los cuatro años anteriores no se había adoptado ninguna de tales medidas. Para los productos básicos, el nuevo sistema de aranceles de importación ha sido un factor importante de protección en la frontera.
Tres hechos importantes, que cambiaron el carácter del sector agropecuario, caracterizaron el decenio de 1990. El primero fue la aplicación de los PAE; el segundo, la revisión del acuerdo de cooperación con la Unión Europea tras la adhesión de España y Portugal a la UE. Estos dos países compiten abiertamente con Marruecos en los mercados de frutas y hortalizas de la UE. El tercero fue la Ronda de Uruguay, que constituyó la primera ronda de negociaciones multilaterales en que se incluyó a la agricultura.
De este modo, para Marruecos, la liberalización del comercio se ha llevado a cabo en tres niveles distintos pero interdependientes, y se prevé que cada uno de ellos tenga repercusiones importantes en el sector agropecuario: unilaterales, regionales y multilaterales. Sin embargo, resulta difícil evaluar exhaustivamente sus repercusiones cuantitativas globales en el comercio agropecuario y aún más difícil es separar los efectos del Acuerdo sobre la Agricultura de los efectos generales de la liberalización del comercio. Por estos motivos, en primer lugar convendría describir (como se hace en la siguiente subsección) el entorno de políticas a que hacen frente las exportaciones marroquíes en su principal mercado de exportación, es decir el mercado de frutas y hortalizas de la UE. La siguiente subsección examina la experiencia relativa al comercio alimentario y agrícola total en el período comprendido entre 1995 y 1998.
A diferencia de lo que sucede con las importaciones, la evolución de las exportaciones de los productos agropecuarios depende en gran parte de las políticas de otros países, y en el caso de Marruecos, sobre todo de las políticas de la UE. La agricultura ha desempeñado siempre un papel especial en las relaciones comerciales entre Marruecos y la UE. Como consecuencia de los estrechos lazos económicos, las vinculaciones históricas y la proximidad geográfica, el mercado de la UE absorbe alrededor del 80 por ciento del total de las exportaciones agrícolas marroquíes. Es un mercado particularmente importante para los productos frescos, como las papas (99,8 por ciento), los tomates (92 por ciento) y las naranjas (83 por ciento). La adhesión de tres nuevos miembros (Austria, Finlandia y Suecia) a la UE en 1995 amplió en mayor grado las posibilidades de exportación de Marruecos.
Durante el período de aplicación de la Ronda Uruguay, el acceso de Marruecos al mercado de frutas y hortalizas de la UE se regirá por el sistema de precios de entrada de la UE, así como por el acuerdo de cooperación de la UE con Marruecos.
Aunque la política agrícola común (PAC) de la UE ha sido objeto de varias modificaciones desde 1992, la política comercial adoptada después de la Ronda Uruguay aparentemente tiene consecuencias profundas en las exportaciones de países terceros. Destacan las medidas aplicadas a las frutas y hortalizas, para las cuales se adoptó un nuevo régimen de importación, basado en el sistema del precio de entrada. La impresión general era que el nuevo sistema se proponía perpetuar el nivel de protección concedido por el anterior sistema de precios de referencia. El nuevo sistema se aplica a 12 grupos de productos agrícolas, entre ellos, tomates, cítricos, pepinos, calabacines, uvas, albaricoques y melocotones. Para cada grupo se establecieron tres niveles arancelarios. El arancel "normal" (ad valorem) se aplica a las importaciones cuyo precio es igual o superior al nivel del precio de entrada. A las importaciones cuyos precios se sitúen por debajo de dicho nivel, pero en un porcentaje que no supere el 8 por ciento, se les aplica un derecho igual a la diferencia entre el precio de entrada y el precio de importación. Sin embargo, en el caso en que el precio del producto importado sea inferior en más de 8 por ciento al precio de entrada, se le aplica el equivalente arancelario máximo 5 más el arancel ad valorem.
Por varias razones, el nuevo sistema de precios de entrada es en su conjunto más restrictivo para las exportaciones marroquíes que el anterior sistema de precios de referencia. En primer lugar, en la temporada en que Marruecos exporta sus frutas y hortalizas, el sistema es más protector. En segundo lugar, aunque el sistema de precios de entrada se aplica fundamentalmente a los mismos productos sometidos al anterior sistema de precios de referencia y durante las mismas temporadas, en el caso del tomate se aplica por un período de tiempo mayor (casi dos meses y medio más). Algo semejante ocurre con las clementinas, a las que se ha añadido el mes de noviembre. Los precios de entrada de las clementinas en el período posterior al mes de noviembre son más bajos que los anteriores precios de referencia, lo que hace más difícil el acceso de los proveedores extranjeros (Cuadro 4).
En tercer lugar, como puede observarse en el Cuadro 5, los equivalentes arancelarios máximos establecidos en virtud del sistema de precios de entrada para las principales exportaciones son casi iguales a los gravámenes compensatorios del anterior sistema de precios de referencia, lo que indica que el nivel de protección no se ha modificado. En el año 2000, estos gravámenes se reducirán, situándose por debajo de sus respectivos gravámenes compensatorios aplicados hasta ese entonces. Sin embargo, seguirán siendo prohibitivos. Como consecuencia, los terceros exportadores no podrán competir en el mercado europeo, principalmente debido a la posición privilegiada de España.
Cuadro 4: Precios de referencia y de entrada de la UE
Producto/temporada |
Precio de referencia (ECU por tonelada) |
Precio base de entrada (ECU por tonelada) |
Varia-ción % | |
Tomates: |
||||
1_ de octubre al 20 de diciembre |
588 |
700 |
+19,1 | |
21 al 31 de diciembre |
750 |
|||
1_ de enero al 31 de marzo |
920 |
|||
Naranjas: |
||||
1_ de diciembre al 31 de mayo |
227 |
372 |
+ 63,9 | |
Clementinas: |
||||
1_ al 30 de noviembre |
675 |
|||
1_ de diciembre a finales de febrero |
735 |
675 |
- 8,2 | |
Fuentes: Sous-Commission Mixte Agriculture (1994); Lista LXXX-Comunidades Europeas. |
Cuadro 5: Equivalentes arancelarios máximos (EAM) y gravámenes compensatorios de la UE para algunas frutas y hortalizas
Producto |
EAM (1995) (ECU por tonelada) |
EAM (2000) (ECU por tonelada) |
Gravamen compensatorio (ECU por tonelada) |
Tomates |
372 |
298 |
352/975 |
Pepinos |
473 |
378 |
411/834 |
Naranjas |
89 |
71 |
76/100 |
Clementinas |
132 |
106 |
106/376 |
Fuentes: Lista LXXX-Comunidades Europeas; H. Grethe y S. Tangermann. "The EU import regime for fresh fruits and vegetables after implementation of the Uruguay Round". Actas de la Consulta de expertos de la FAO sobre la preparación para las siguientes negociaciones comerciales sobre la agricultura, Suboficina regional de la FAO, Túnez, 1999. |
Aunque reconociendo la importancia primordial de los beneficios del multilateralismo, Marruecos mantiene una relación bilateral con la UE, que ha tenido un valor considerable.6 Uno de los arreglos alcanzados en varios acuerdos bilaterales era que en caso de reforma o modificación de la política comercial, la UE adoptaría las medidas necesarias para mantener las importaciones de Marruecos. En este contexto se iniciaron las negociaciones entre ambas partes y en 1996 se suscribió el Acuerdo Euro-mediterráneo entre la UE y Marruecos, ratificados por las dos partes a comienzos de 2000. El Acuerdo establece una zona de libre comercio por un período de transición de 12 años. Los derechos y otras restricciones del comercio se eliminarán al final del período para "sustancialmente todo el comercio". Aunque existe un calendario concreto para la eliminación de los aranceles y las restricciones cuantitativas aplicados a los bienes industriales, la liberalización del comercio agropecuario no se definió muy claramente.
Además, los productos agropecuarios no se incluyeron en el régimen de libre comercio y se negociaron por separado. Iniciadas en 1994 y prolongadas hasta 1996, las negociaciones resultaron difíciles y complicadas. Últimamente, se convino en mantener las corrientes comerciales tradicionales de Marruecos, teniendo en cuenta la adhesión de los nuevos miembros de la UE. Este resultado se garantizará fundamentalmente mediante dos medidas, a saber: i) la determinación de las cantidades procedentes de Marruecos que se importarán anualmente en régimen de franquicia arancelaria (Cuadro 6); y ii) la negociación de precios de entrada reducidos para las principales exportaciones de Marruecos. En este último caso, las cantidades están libres de impuesto cuando entren en el mercado de la UE con un precio superior al precio de entrada negociado. De lo contrario, se les aplicará un derecho adicional y el equivalente arancelario máximo, como se mencionó anteriormente. Los precios de entrada negociados se reducirán en la misma proporción que el precio de entrada consolidado en la Lista de la UE.
Se estableció que las importaciones sometidas a contingentes arancelarios entrarían al mercado de la UE en régimen de franquicia arancelaria cuando los precios de importación superasen los precios de entrada negociados. Se convino en contingentes adicionales libres de impuestos a las naranjas (40 000 toneladas) y las clementinas (40 000 toneladas) sin ninguna reducción del precio de entrada. Todos los contingentes tenían que aumentar en 3 por ciento anual entre 1997 y 2000.
Aunque estas concesiones hechas a Marruecos parecen elevadas, pues varían del 28,6 por ciento al 45,7 por ciento en el caso de los tomates, cabe observar que durante la mayor parte del período con preferencias no hubo precios de entrada para los tomates, y lo mismo ocurrió con los pepinos en el período comprendido entre el 11 de noviembre al 10 de febrero. Para las naranjas, el precio de entrada se negoció para fijarlo en el nivel del anterior precio de referencia. Otros productos están sujetos a contingentes con un calendario o sin él, y entran en el mercado de la UE libres de impuestos. El principal producto de exportación exento de las restricciones del precio de entrada es la papa, con un contingente libre de impuestos de 120.000 toneladas para el período que va del 1_ de diciembre al 30 de abril.
Cuadro 6: Precios de entrada básicos y precios de entrada negociados de la UE para algunos productos agrícolas de Marruecos
Producto |
Contin-gente arancelario (t) |
Precio de entrada básico (1995) (ECU/t (a) |
Precio de entrada negociado (ECU/t) (b) |
Concesión arancelaria (a-b)/a (%) |
Tomates |
150 676 |
700-900 |
500 |
28,6/45,7 |
Pepinos |
5 000 |
576-1200 |
500 |
13,2/58,3 |
Naranjas |
300 000 |
372 |
275 |
26,1 |
Clementinas |
110 000 |
675 |
500 |
25,9 |
Fuente: Cálculos del consultor basados en el Acuerdo Euro-mediterráneo entre la UE y Marruecos de 1996. |
Por lo que se refiere al futuro, el Acuerdo Euro-mediterráneo entre la UE y Marruecos modificará apreciablemente el carácter de los acuerdos anteriores. Por primera vez, exige la reciprocidad de Marruecos, que ha hecho concesiones comerciales a las exportaciones agropecuarias de interés para la UE (por ejemplo, el trigo).
La agricultura representa un 30 por ciento aproximadamente del total de las exportaciones de mercancías y alrededor del 20 por ciento del total de las importaciones de mercancías. Las exportaciones se componen fundamentalmente de frutas y hortalizas, sobre todo cítricos, tomates, papas, pepinos, albaricoques, melocotones, zumos de fruta, hortalizas en conserva y aceite de oliva. (Los cítricos representan más del 35 por ciento del total). Se ha observado una cierta diversificación geográfica, los países industriales son los mercados más importantes, y la UE representa el 80 por ciento del total.
Las importaciones se concentran sobre todo en productos alimentarios básicos. Más de la mitad del total de las importaciones se compone de trigo y aceite vegetal, que representan la mayor parte del aumento del total de las importaciones alimentarias. Aunque las importaciones proceden de diversas fuentes, la UE y los Estados Unidos son las más importantes.
Contrariamente a las previsiones, la aplicación del Acuerdo sobre la Agricultura y la continuación de las reformas comerciales internas no han mejorado los resultados del comercio agropecuario. El déficit comercial fue mayor en 1995-98 que en 1990-94.
Como puede observarse en la Figura 1 y en el Cuadro 7, las exportaciones agropecuarias (sin incluir los productos pesqueros y forestales), en términos de valor, aumentaron considerablemente durante 1995-98, situándose por término medio en un nivel superior en 38 por ciento al de 1990-94 y en 24 por ciento al valor de la tendencia extrapolada para 1995-98.7 Sin embargo, el comportamiento de los distintos productos varió considerablemente. Mientras que las exportaciones de cítricos aumentaron a la par de la producción, las exportaciones de tomates y papas mostraron una ligera disminución. En general, no hubo ninguna mejora importante en el caso de las frutas y las hortalizas exportadas a la UE con arreglo al sistema del precio de entrada. Las importaciones agropecuarias totales aumentaron de manera más rápida que las exportaciones. El incremento de 1995-98 fue de 55 por ciento con respecto a 1990-94, y de 28 por ciento si se le compara con el valor de la tendencia extrapolada para ese período.
Por consiguiente, en el período 1990-98, la balanza del comercio agropecuario ha estado constantemente en déficit. En 1995-98, las importaciones netas totalizaron por término medio 780 millones de dólares EE.UU. anuales, es decir, alrededor de 78 por ciento más que en 1990-94 y 32 por ciento más que el nivel previsto sobre la base de la tendencia extrapolada.
Figura 1: Comercio agropecuario, 1985-98 (en millones de dólares EE.UU: las líneas gruesas representan los valores efectivos; las finas, los valores de las tendencias para Fuente: FAOSTAT
1985-94 extrapolados a 1998)
Por lo que se refiere exclusivamente a las importaciones alimentarias, durante el período en examen aumentaron aún más rápidamente que el total de las importaciones agropecuarias (Cuadros 7 y 8 y Figura 2). Mientras que las importaciones netas de productos agropecuarios aumentaron en 78 por ciento en 1990-94, el crecimiento de las importaciones alimentarias netas fue de 160 por ciento. Tras un año de baja producción, el costo de las importaciones alimentarias de Marruecos aumentó bruscamente en 1995 y 1996, pero descendió en 12 por ciento en 1997, debido en gran parte a una buena cosecha de cereales.
Las tendencias y aspectos anteriores indican un déficit alimentario en crecimiento. Como consecuencia, en las futuras negociaciones multilaterales, las autoridades marroquíes mostrarán una gran preocupación por las consecuencias en los sectores agropecuario y alimentario nacionales.
La Figura 3 muestra el modo en que las importaciones han variado de un año a otro en relación con el total de las exportaciones agropecuarias. En 1985-87, la relación era de alrededor de 1,2, es decir, las importaciones de alimentos eran 1,2 veces superiores a las exportaciones agropecuarias. Posteriormente, en 1990-91, la relación disminuyó a alrededor de 0,8; aumentó a 1,34 en 1992 y a 1,7 en 1995, y luego disminuyó ligeramente en 1996 y 1997. El valor promedio para 1995-98 fue de 1,42, es decir, alrededor de 20 por ciento más que en 1990-94, pero inferior en 47 por ciento al valor de la tendencia. En otras palabras, en comparación con los cinco años anteriores, hubo un claro deterioro en el equilibrio entre las importaciones de alimentos y el total de las exportaciones agropecuarias en 1995-98.
Cuadro 7: Comercio agropecuario en 1990-94 y 1995-98
(valor promedio anual, en millones de dólares EE.UU., y variación porcentual)
Período |
Importaciones |
Exportaciones |
Importaciones netas | ||
Real (a) de 1990-94 Real (b) de 1995-98 Extrapolado (c) 1 de 1995-98
(b) - (a) 2 (b) - (c) 2 |
1 039 1 606 1 258 567 (55%) 348 (28%) |
601 826 665 225 (38%) 161 (24%) |
438 780 593 342 (78%) 187 (32%) | ||
1 Los valores extrapolados se basan en la tendencia 1985-94. 2 Los números entre paréntesis representan las variaciones porcentuales con respecto a (a) y (c) respectivamente. Fuente: Cálculo basado en datos de FAOSTAT. La agricultura no incluye a los productos pesqueros y forestales. |
Cuadro 8: Comercio alimentario en 1990-94 y 1995-98
(valor promedio anual, en millones de dólares EE.UU., y variación porcentual)
Período |
Importaciones |
Exportaciones |
Importaciones netas | |
Real (a) de 1990-94 Real (b) de 1995-98 Extrapolado (c) 1 de 1995-98 (b) - (a) 2 (b) - (c) 2 |
699 1 174 847 475 (68%) 327 (39%) |
523 718 567 195 (37%) 151 (27%) |
176 456 280 280 (160%) 176 (62%) | |
1 Véase la nota 1 del Cuadro 7. 2 Los números entre paréntesis representan las variaciones porcentuales con respecto a (a) y (c) respectivamente. Fuente: Cálculo basado en datos de FAOSTAT. Los alimentos no incluyen los productos pesqueros. |
Figura 2: Comercio agropecuario, 1985-98 (en millones de dólares EE.UU.; las líneas gruesas representan los valores reales; las finas, las tendencias para 1985-94 extrapoladas a 1998)
Fuente: FAOSTAT
Figura 3: Relación entre el valor del total de las importaciones de alimentos y el del total de las exportaciones agropecuarias, 1985-98
Fuente: FAOSTAT
Marruecos considera que las nuevas negociaciones sobre la agricultura constituyen una oportunidad para corregir algunas deficiencias aún evidentes en el comercio agropecuario mundial, cuyo origen ha de atribuirse a algunas prácticas que contradicen los principios fundamentales de la OMC, en particular la creciente utilización de algunas formas de subvención y de ayuda interna y el recurso aún más frecuente a medidas injustificadas que limitan el acceso a los mercados. En esta sección se resumen las cuestiones que probablemente tengan mayor interés para Marruecos en esta esfera.
Como se muestra en la sección II, Marruecos no ha tenido mayores problemas para adaptar sus políticas agropecuarias a los compromisos de la OMC. Teniendo en cuenta sus compromisos y dadas las actuales normas y exenciones del Acuerdo sobre la Agricultura en materia de ayuda interna, el país dispone de una flexibilidad considerable para conceder ayuda a la producción agropecuaria. En general, si se siguen manteniendo las mismas exenciones concedidas actualmente a todos los países en el marco del compartimento verde y el trato especial y diferenciado, es muy difícil que Marruecos haga frente a restricciones en lo que se refiere a la ayuda interna a la agricultura, incluido el apoyo al riego. En el caso en que afrontase alguna importante dificultad en el futuro, ésta probablemente se relacione con la MGA y la tasa sumamente variable de la producción de cereales. La experiencia anterior sugiere que, en determinados momentos, los niveles de la MGA pueden limitar la capacidad para hacer frente a tales fluctuaciones. En los años de buenas cosechas, se necesita en particular una mayor intervención del Gobierno en las formas de subvención del almacenamiento y precios al productor más altos. El importante y repentino aumento de la MGA total, que pasó de 94 millones de dirham en 1995 a 250 millones de dirham en 1996, después de la introducción de una subvención del almacenamiento para hacer frente a un aumento moderado de la producción, ilustra la índole del problema.
Por lo que se refiere a la protección en la frontera, los aranceles consolidados para la mayoría de los productos alimentarios básicos son relativamente elevados. Al mismo tiempo, la diferencia entre tipos consolidados y aplicados ha sido amplia, lo que indica que Marruecos puede hacer frente con facilidad a una reducción moderada de los tipos consolidados. Estos aranceles relativamente elevados, asociados a las salvaguardias especiales reservadas para 374 líneas de productos aproximadamente, y el nuevo régimen de importación para los cereales adoptado en 1996, al parecer ofrecen una protección adecuada a los productos agropecuarios básicos.
En resumidas cuentas, y a pesar de la experiencia generalmente favorable en esta esfera, sería prudente examinar atentamente los actuales compromisos de ayuda interna y protección en la frontera con miras a determinar sus ventajas e inconvenientes basándose en la experiencia nacional en materia de reformas de políticas internas y en las preguntas que los interlocutores comerciales de Marruecos han planteado en la OMC.
Como consecuencia de la Ronda Uruguay, Marruecos abriga grandes esperanzas con respecto a las perspectivas de sus exportaciones agropecuarias. Hasta el momento, la principal limitación que el Acuerdo sobre la Agricultura ha impuesto a la agricultura de Marruecos se deriva de los compromisos de los países desarrollados, y en particular del nuevo régimen de importación de la UE para las frutas y hortalizas que confirma la anterior protección concedida al sector interno. Sin duda, la disposición del Acuerdo sobre la Agricultura para mejorar el acceso de los productos agropecuarios cuya exportación ofrece un interés para los países en desarrollo se tuvo en cuenta en este caso.9 Como se mostró en la sección anterior, la experiencia posterior a la Ronda Uruguay indica que no ha habido ninguna mejora en el acceso a los mercados para las frutas y hortalizas marroquíes. Este asunto probablemente sea una cuestión importante para Marruecos.
En su declaración ante la Conferencia Ministerial de Seattle, Marruecos señaló la necesidad de incluir a los productos hortícolas (en su forma natural y elaborada) en las negociaciones multilaterales propuestas, e insistió en que debía tenerse particularmente en cuenta la importancia del desmantelamiento de los obstáculos no arancelarios a que hacen frente estos productos.10
Como se examinó en la sección II, Marruecos no se ha beneficiado de la Decisión de Marrakesh, aunque la necesidad de ayuda era evidente. La dificultad provenía principalmente de la exigencia de presentar pruebas de que la necesidad de ayuda era consecuencia del proceso de reforma emprendido con arreglo a lo estipulado en la Ronda Uruguay. No todos los miembros de la OMC están de acuerdo sobre esta cuestión. Marruecos, junto con varios países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios y varios países menos adelantados, ha solicitado una revisión exhaustiva de la Decisión con objeto de mejorar su eficacia y hacerla más sensible a sus necesidades.
Marruecos valora las disposiciones del trato especial y diferenciado por la flexibilidad que ofrecen para garantizar la atención de las necesidades del país en materia de desarrollo y seguridad alimentaria. Más de la mitad de la población vive en zonas rurales y depende enormemente de la agricultura para poder vivir, y el país tiene una fuerte dependencia de las importaciones de productos alimentarios básicos.
Otra importante preocupación relativa a la seguridad alimentaria es la estabilidad de la producción interna, que depende sobremanera de las condiciones climáticas. A causa de la elevada variabilidad de su producción de cereales, las exenciones del Acuerdo sobre la Agricultura relativas a la constitución de existencias son importantes para Marruecos. Probablemente, Marruecos también tenga interés en plantear y apoyar propuestas relativas a la constitución de existencias y la estabilidad de los suministros alimentarios internos.
La estabilidad de los precios internos de los alimentos es otra cuestión sumamente importante. Anteriormente, la estabilización de los precios asumía la forma de controles de precios, con precios de referencia anuales basados en los precios mundiales anteriores y aplicados a través de impuestos variables. Este sistema se abandonó con la aplicación del Acuerdo sobre la Agricultura. Sin embargo, el Gobierno no estaba dispuesto a someter a los productos alimenticios básicos a la inestabilidad del mercado mundial sin algún tipo de intervención para estabilizar los precios. Con este propósito, se reservó el derecho de activar las salvaguardias especiales para algunos de sus productos alimenticios básicos e introdujo un nuevo sistema arancelario para los cereales en 1996 (descrito en el Recuadro 1). Como consecuencia, es muy probable que defienda la continuación del actual sistema de salvaguardias especiales y la introducción de nuevas medidas de salvaguardia en favor de los países en desarrollo.
En cuanto exportador neto de productos a los que se les exige una elevada calidad, como las frutas, las hortalizas y los productos pesqueros, Marruecos ha hecho frente a varias dificultades en materia de calidad e inocuidad de los alimentos. En la Conferencia Ministerial de la OMC de Seattle, exigió mayor transparencia en la esfera de aplicación de los Acuerdos MSF y OTC y destacó la importancia de garantizar la participación activa de los países en desarrollo en todas las etapas de determinación de las normas, en el interior de una institución internacional especializada, con objeto de que las normas no constituyan nuevas formas de obstáculos no arancelarios perjudiciales para las economías de los países en desarrollo.
La pesca marítima es una de las principales actividades económicas de Marruecos, de gran importancia en el marco de los planes sociales y de desarrollo. El Gobierno opina que el sector pesquero debe incluirse en las futuras negociaciones. Es partidario de una reducción sustancial, o incluso de la eliminación, de las subvenciones a las exportaciones, consideradas la causa profunda de las distorsiones del comercio internacional en este sector. Además, es favorable a la creación de un grupo de trabajo en la OMC sobre subvenciones al sector pesquero.
Es probable que todas estas cuestiones tengan consecuencias profundas para la agricultura y la seguridad alimentaria de Marruecos. El Gobierno ha indicado que es favorable a que los grupos de trabajo pertinentes de la OMC sigan estudiando estos asuntos, con arreglo a sus respectivos mandatos establecidos en Singapur. Considera que estas cuestiones han examinarse ulteriormente con objeto de tener una mejor comprensión de sus vinculaciones con el comercio, así como de sus consecuencias para el comercio internacional. Prefiere que estos asuntos, en lugar de incluirse en cualquier nueva negociación comercial multilateral, se incluyan en el programa de trabajo de la OMC.
1 Basado en un estudio preparado para la Dirección de Productos Básicos y Comercio, de la FAO, por Lahsen Esslimi, Marruecos.
2 Para un breve examen de los PAE marroquíes, en el decenio de 1980 véase Esslimi, L. 1990. "Economic liberalization and structural adjustment: the Moroccan sugar policy", tesis de doctorado, Universidad de Purdue; y FAO, "Selected Issues in Agricultural Policy Analysis in the Near East", Documento de Desarrollo Económico No. 130, Roma, 1995.
3 OMC, 1996. Examen de las políticas comerciales, Reino de Marruecos: Ginebra.
4 Para un examen más pormenorizado de los diferentes compromisos contraídos por Marruecos en el marco del Acuerdo sobre la Agricultura, véase Britel, A., Houmy A. y Lhaj A. 1998. "Expérience Marocaine Relative à l'Execution des Régulations de l'Uruguay Round". Documento presentado a la Consulta de expertos sobre la preparación para las siguientes negociaciones comerciales sobre la agricultura, Rabat, diciembre de 1998; Esslimi, L. 1996. Impact des mesures d'ajustement des prix et des incitations sur l'agriculture marocaine, FAO Informe final del proyecto TCP/MOR/443(A); Esslimi, L. 1996. "Réformes economiques et leur impact sur le secteur céréalier au Maroc". Documento presentado al Simposio internacional sobre la aplicación del GATT y el ajuste estructural en la región del Mediterráneo, Rabat, Marruecos, junio de 1996; y Hag Elamin, N. 1999. "Implementation of the UR AoA in the context of emerging issues in the food and agriculture sector in the Near East". Actas de la Consulta de expertos de la FAO sobre la preparación para las siguientes negociaciones comerciales sobre la agricultura, Oficina subregional de la FAO, Túnez.
5 El equivalente arancelario máximo es un arancel específico consolidado basado en la diferencia de precio entre el precio de referencia más alto (de entre los precios de referencia estacionalmente variables) y un precio interno de la UE.
6 Marruecos participa también en varios otros acuerdos comerciales regionales del África del Norte y el Medio Oriente. Véase The Impact of the Uruguay Round Agreement on Intra-regional Agricultural Trade in the Near East. Oficina regional de la FAO para el Cercano Oriente, El Cairo, Egipto, 1998.
7 Aunque el valor de las exportaciones aumentó en 38 por ciento, no hubo ninguna variación en lo que se refiere a los volúmenes, pues el aumento del valor se debió enteramente a los valores unitarios de exportación más elevados.
8 Los alimentos no incluyen a los productos pesqueros.
9 El problema a que hacen frente los países de la región del Mediterráneo que reciben contingentes preferenciales para las frutas y hortalizas se examina más o menos detalladamente en el estudio del caso de Egipto incluido en este volumen. Véase también Grethe y Tangermann (1999), op.cit.
10 Declaración de S.E. Sr. Alami Tazi, Ministro de Comercio, Industria y Artesanías.