En su 23º período de sesiones, celebrado en 1999, la Comisión del Codex Alimentarius había establecido el Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos y le había encomendado la tarea de elaborar normas, directrices y recomendaciones sobre los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos modernos. Para ayudar a este Grupo de Acción en la realización de su trabajo, la FAO y la OMS habían convocado una serie de consultas de expertos sobre la inocuidad y los aspectos nutricionales de los alimentos MG, que habían proporcionado la base científica para las deliberaciones del Grupo de Acción del Codex. Estas consultas de expertos, si bien abordaban cuestiones estrechamente relacionadas con el trabajo del Grupo de Acción, eran completamente independientes del proceso de negociación intergubernamental y trataban el tema desde una perspectiva puramente científica.
Se habían organizado tres consultas de expertos, que se habían ocupado de los siguientes temas:
aspectos relativos a la inocuidad de los alimentos de origen vegetal modificados genéticamente (Ginebra, 29 de mayo-2 de junio de 2000);
evaluación de la alergenicidad de los alimentos modificados genéticamente (Roma, 22-25 de enero de 2001); y
evaluación de la inocuidad de los alimentos derivados de microorganismos modificados genéticamente (Ginebra, 24-28 de septiembre de 2001).
El Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos había utilizado ampliamente los resultados de estas consultas en la elaboración de principios y directrices para el evaluación de la inocuidad de los alimentos MG (véase la sección 7).
La evaluación de la inocuidad de los alimentos derivados de animales MG se había abordado en varias reuniones de expertos, por ejemplo de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE, 1992, 1993), la FAO/OMS (1991, 1996, 2000), la Real Sociedad del Canadá (2001), el Consejo de la Real Sociedad del Reino Unido (2001) y el Consejo Nacional de Investigación de los Estados Unidos (NRC, 2002). En las reuniones de expertos de la OCDE y de la FAO/OMS se había examinado la evaluación de la inocuidad de los alimentos MG en general, mientras que las otras reuniones se habían ocupado expresamente de la evaluación de la inocuidad de los alimentos derivados de animales y peces MG.
La experiencia en relación con la evaluación de la inocuidad de los animales MG es todavía muy limitada, aunque los evaluadores de productos alimenticios derivados de dichos animales podrían beneficiarse de la experiencia adquirida con las plantas MG, puesto que los criterios básicos utilizados para la evaluación del material vegetal MG también podían aplicarse a los alimentos derivados de animales MG.