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Aplicación del plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada - 1. Metodologías e indicadores para estimar la magnitud y las repercusiones de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. 1.1 Principios y enfoques











FAO. 2024. Aplicación del Plan de acción internacional para prevenir desalentar y eliminar la pesca ilegal, nodeclarada y no reglamentada. 1. Metodologías e indicadores para estimar la magnitud y las repercusiones dela pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. 1.1 Principios y enfoques. Orientaciones técnicas para la pescaresponsable de la FAO, No. 9, Sup. 1, Vol. 1. Roma.





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    Brochure, flyer, fact-sheet
    Metodologías e indicadores para estimar la magnitud y las repercusiones de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada 2024
    La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) es la pesca que viola las regulaciones, no contabiliza todas las capturas como se requiere, o se lleva a cabo sin ningún control legal. Es un problema persistente y generalizado en muchos tipos de pesquerías en todo el mundo. La pesca INDNR perjudica los recursos y las fuentes legítimas de ingresos y puede dar lugar a amenazas a la seguridad alimentaria, especialmente en los Estados ribereños en desarrollo. Comprender la naturaleza y la magnitud de estas actividades es un paso fundamental, si bien a menudo desalentador, para combatirlas.
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    Book (stand-alone)
    Plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada et no reglamentada 2001
    El PAI-INDNR es un instrumento voluntario que se aplica a todos los Estados y entidades y a todos los pescadores. Tras la introducción del PAI, se exponen la naturaleza y el alcance de la pesca INDNR. Seguidamente se describen el objetivo y los principios del PAI, así como las medidas que han de aplicarse para prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR. Estas medidas se refieren a las responsabilidades de todos los Estados, las responsabilidades de los Estados del pabellón, las medidas relat ivas a los Estados ribereños, las medidas relativas al estado rector del puerto, las medidas comerciales convenidas internacionalmente, la investigación y las organizaciones regionales de ordenación pesquera. A continuación se examinan las necesidades especiales de los países en desarrollo, seguidas de las necesidades de presentación de informes y la función de la FAO.
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    Book (series)
    Informe de la tercera Reunión de las Partes en el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada
    Bruselas, 31 de mayo−4 de junio de 2021 (reunión virtual)
    2021
    Las Partes debatieron los resultados del cuestionario para examinar y evaluar la eficacia del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (Acuerdo sobre MERP), coincidiendo en que el cuestionario era un instrumento útil, al tiempo que señalaron la necesidad de introducir mejoras adicionales. La Partes encomendaron a la FAO el examen del cuestionario y acordaron que se cumplimentara cada cuatro años. Asimismo, tomaron nota de que, si bien se habían realizado progresos en cuanto al uso eficaz del Acuerdo para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR), persistían varios desafíos. Las Partes acogieron con satisfacción la útil información proporcionada por los órganos regionales de pesca (ORP) en relación con los progresos realizados en la aplicación del Acuerdo sobre MERP, y acordaron que era necesario un cuestionario normalizado para los ORP. Las Partes encargaron a la FAO que elaborase un primer proyecto de este cuestionario. Las Partes acogieron con satisfacción el prototipo del sistema mundial de intercambio de información y convinieron en que debería iniciarse una fase piloto. También reiteraron la importancia de la disponibilidad de información relativa a los puntos de contacto nacionales para el Acuerdo sobre MERP. Las Partes expresaron la importancia de recibir apoyo en la aplicación de mecanismos eficaces de seguimiento, control y vigilancia, así como en el cumplimiento de la normativa y en la puesta en práctica del sistema mundial de intercambio de información. La Secretaría anunció la puesta en marcha del portal mundial sobre desarrollo de la capacidad. Las Partes solicitaron que las deliberaciones sobre la elaboración de una estrategia para mejorar la eficacia del Acuerdo sobre MERP se encomendaran a un grupo de trabajo especial y aprobaron el mandato del Grupo de trabajo especial encargado de la estrategia para el Acuerdo sobre MERP.

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