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Aplicación del plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada - 1. Metodologías e indicadores para estimar la magnitud y las repercusiones de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. 1.1 Principios y enfoques











FAO. 2024. Aplicación del Plan de acción internacional para prevenir desalentar y eliminar la pesca ilegal, nodeclarada y no reglamentada. 1. Metodologías e indicadores para estimar la magnitud y las repercusiones dela pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. 1.1 Principios y enfoques. Orientaciones técnicas para la pescaresponsable de la FAO, No. 9, Sup. 1, Vol. 1. Roma.





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    Aplicación del plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada 2002
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    Estas Orientaciones se han preparado para contribuir a la aplicación del Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PAI-INDNR). Están destinadas a los responsables de la adopción de decisiones y políticas asociadas con la ordenación de la pesca, pero serán también de interés para las industrias pesqueras y otras actividades. La comunidad internacional ha experimentado una incidencia creciente de actividades pesqu eras que no respetan las leyes y reglamentos aplicables, incluidas las normas establecidas en recientes instrumentos internacionales. Entre esas actividades cabría señalar el cambio de pabellón de los buques de pesca para evadir controles, la pesca en zonas sometidas a la jurisdicción nacional sin autorización de los Estados ribereños, la falta de información (o información errónea) sobre las capturas, etc. Esta actividad pesquera irresponsable echa por tierra los esfuerzos realizado s para ordenar la pesca marina de forma adecuada e impide el progreso hacia la meta de la pesca sostenible.
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    Informe de la Consulta Técnica para Examinar las Medidas Relativas al Estado Rector del Puerto Destinadas a Combatir la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada. Roma, 31 de agosto-2 de septiembre de 2004. 2005
    El presente documento contiene el informe de la Consulta Técnica para examinar las medidas relativas al Estado rector del puerto destinadas a combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que se celebró en la sede de la FAO, en Roma, del 31 de agosto al 2 de septiembre de 2004. La Consulta técnica fue convocada por el Director General de la FAO en atención a la recomendación formulada por el Comité de Pesca de la FAO en su 25º período de sesiones, en febrero de 2003. Los ob jetivos de la Consulta técnica eran abordar las cuestiones sustantivas relacionadas con la función del Estado rector del puerto con vistas a combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y examinar los principios y directrices para el establecimiento de memorandos regionales sobre medidas relativas al Estado rector del puerto con objeto de prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR. A la conclusión de sus deliberaciones, la Consulta técnica aprobó un modelo de Sistema de medidas relativas al Estado rector del puerto destinadas a combatir la pesca INDNR, apoyó decididamente el programa de asistencia propuesto con objeto de facilitar el desarrollo de los recursos humanos y el fortalecimiento institucional en los países en desarrollo con el fin de promover la aplicación plena y efectiva de las medidas relativas al Estado rector del puerto destinadas a combatir la pesca INDNR, y respaldó la creación de una base de datos sobre las medidas perti nentes de los Estados rectores de los puertos.
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    Aplicación del Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada 2002
    Estas orientaciones se han preparado para contribuir a la aplicación del Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PAI-INDNR). Están destinadas a los responsables de la adopción de decisiones y políticas asociadas con la ordenación de la pesca, pero serán también de interés para las industrias pesqueras y otras actividades. El concepto de pesca "ilegal, no declarada y no reglamentada" -- o pesca INDNR-- hace referencia a una amplia gama de esas actividades. El Comité de Pesca de la FAO decidió en 1999 ocuparse de este problema creciente mediante la elaboración de un Plan de Acción Internacional. En los dos años siguientes, se realizó un esfuerzo significativo, que culminó en la adopción del PAI-INDNR en 2001. El PAI-INDNR pretende ser como una "caja de herramientas", es decir, un conjunto de instrumentos útiles para ocuparse de la pesca INDNR en sus diversas manifestaciones. Obviamente, no todos esos instrume ntos son adecuados para todas la situaciones. Lo que se pretende con estas Orientaciones es 1) ayudar a los Miembros de la FAO y a otras partes interesadas a familiarizarse con esos instrumentos; 2) proponer qué instrumentos se deben utilizar en circunstancias concretas, y 3) ofrecer orientaciones sobre la manera de aplicar dichos instrumentos con eficacia.

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