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Prospecto – Programa de capacitación pesquera de la FAO en apoyo de la aplicación de los instrumentos internacionales









FAO. 2024. Prospecto: Programa de capacitación pesquera de la FAO en apoyo de la aplicación de los instrumentosinternacionales. Roma.




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    Book (stand-alone)
    Informe de la primera reunión de las Partes en el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, Oslo, Noruega, 29-31 de mayo de 2017 2017
    El presente documento contiene el informe de la primera reunión de las Partes en el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que se celebró en Oslo (Noruega) del 29 al 31 de mayo de 2017. Las Partes convinieron en que la FAO asumiera la función de Secretaría para la reunión. Se reconoció la necesidad de que los Estados del puerto, los Estados del pabellón y otros Estados adoptasen medidas conc ertadas con vistas a la aplicación del Acuerdo, así como la importante función de la FAO, las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) y otros órganos y organizaciones internacionales. Las Partes señalaron el valor de extraer enseñanzas de las iniciativas pertinentes en curso de las OROP y otras organizaciones internacionales. Las Partes acordaron que se adoptara un enfoque gradual con respecto al intercambio de información y pidieron que se estableciera un grupo de trabajo técnic o de composición abierta encargado de facilitar orientación sobre la elaboración de mecanismos de intercambio de datos. Se encargó a la FAO que elaborase modelos para la presentación de información sobre los puntos de contacto nacionales, los puertos designados y otras cuestiones pertinentes para la aplicación del Acuerdo y que publicase la información por medio de una sección específica en el sitio web de la FAO. Las Partes constituyeron el Grupo de trabajo previsto en la Parte 6 del Acuerdo y aprobaron su mandato. Las Partes solicitaron a la Secretaría que elaborase un cuestionario en línea específico con la finalidad de monitorear la aplicación del Acuerdo y registrar las dificultades encontradas, que inicialmente debería cumplimentarse cada dos años. Asimismo, se pidió a la Secretaría que elaborara un proyecto de Reglamento para las reuniones de las Partes y cualesquiera grupos de trabajo auxiliares, sobre la base del Reglamento General de la Organización y de los reglamentos perti nentes del Comité de Pesca, y que lo sometiera a la consideración de las Partes en su siguiente reunión. Las Partes convinieron en celebrar reuniones bienales junto con reuniones técnicas complementarias, según fuera necesario.
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    Book (series)
    Informe de la cuarta reunión de las Partes en el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada
    Bali, Indonesia, 8-12 de mayo de 2023
    2023
    Las Partes examinaron la situación del Acuerdo de la FAO sobre medidas del Estado rector del puerto (Acuerdo sobre MERP) y recordaron las decisiones de la tercera reunión de las Partes. Se examinaron los progresos y las dificultades en la aplicación del Acuerdo por las Partes, y se subrayó el importante papel de los órganos regionales de pesca (ORP), en especial las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP), en apoyo de la aplicación del Acuerdo. Las Partes acordaron la puesta en funcionamiento del sistema mundial de intercambio de información para finales de 2023 y aprobaron el mandato del Grupo de trabajo técnico de composición abierta sobre intercambio de información. Las Partes destacaron que la asistencia a los Estados en desarrollo que son Partes en el Acuerdo es fundamental para la aplicación efectiva del Acuerdo, y reiteraron la necesidad de poner en funcionamiento el Fondo fiduciario multilateral de asociados establecido en virtud de lo dispuesto en la Parte 6 del Acuerdo sobre MERP y administrado por la FAO. Las Partes aprobaron la Estrategia para mejorar la efectividad del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (la Estrategia de Bali). Las Partes también acordaron la modificación del mandato del Grupo de trabajo especial encargado de la estrategia para el Acuerdo sobre MERP para incluir la tarea de seguimiento de la aplicación efectiva del Acuerdo. Se aprobó el cuestionario modificado para el examen y la evaluación de la eficacia del Acuerdo sobre MERP dirigido a las Partes, junto con el nuevo cuestionario dirigido a los ORP y otras organizaciones internacionales.
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    Project
    Aumento de la capacidad jurídica y operacional para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada - GCP/INT/321/EC 2023
    Also available in:

    La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) socava los esfuerzos nacionales y regionales de conservación y ordenación de las poblaciones de peces y, en consecuencia, dificulta el avance hacia la consecución de los objetivos de sostenibilidad a largo plazo. Perjudica a las personas más pobres y que padecen mayor inseguridad alimentaria, que dependen de la pesca como fuente fundamental de ingresos y medios de vida, agudiza la presión en la sostenibilidad de los ecosistemas marinos y constituye tanto un impedimento como un factor disuasorio para el desarrollo del sector privado. Pese a la firme voluntad política en distintos niveles, la introducción de medidas eficaces para hacer frente a la pesca INDNR ha sido lenta en la mayoría de las regiones y en muchos países en desarrollo. Aunque muchos estados cuentan con una legislación pesquera básica, a menudo carecen de políticas, leyes y reglamentos que les permitan prevenir, desalentar y eliminar eficazmente la pesca INDNR. El presente proyecto, parte del Programa mundial de la FAO en apoyo de la aplicación del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto y otros instrumentos internacionales complementarios para luchar contra la pesca INDNR, estaba dirigido a mejorar la capacidad de los países destinatarios para la aplicación eficaz de las medidas del Estado rector del puerto (MERP) y las operaciones, medidas e instrumentos complementarios de seguimiento, control y vigilancia (SCV) para luchar contra la pesca INDNR. Tras el inicio del proyecto, se designó a Costa Rica, el Ecuador y el Perú como países beneficiarios.

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