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La ordenación pesquera. 2. El enfoque de ecosistemas en la pesca










FAO Departamento de Pesca. La ordenación pesquera. 2. El enfoque de ecosistemas en la pesca. FAO Orientaciones Técnicas para la pesca responsable. Nº 4, Supl. 2. Roma, FAO. 2003. 133p.


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    La ordenación pesquera. 1. Conservación y ordenación del tiburón 2001
    Estas Orientaciones se han preparado en apoyo de la aplicación del Plan de Acción Internacional para la conservación y la ordenación de los tiburones (PAI-Tiburones). Están destinadas a los responsables de la toma de decisiones y de la formulación de políticas en terrenos como la conservación de los tiburones y otras especies de condrictios y la ordenación de la captura de estos recursos, pero deberían ser también de interés para el sector de la pesca y otras partes interesadas. El PAI-Tiburon es está en conformidad con el Código de Conducta para la Pesca Responsable, de la FAO, los acuerdos derivados de la Conferencia de las Naciones Unidas de 1995 sobre las poblaciones de peces cuyos territorios se encuentran dentro y fuera de las zonas económicas exclusivas y las poblaciones de peces altamente migratorias y todas las normas aplicables del derecho internacional. Abarca todas las pesquerías del tiburón y demás condrictios, tanto las que los capturan de forma deliberada como las que l o hacen de manera incidental, y tanto en las pesquerías industriales, artesanales o tradicionales como en los programas de pesca destinados a reducir el riesgo de ataques de tiburones a las personas. Estas Orientaciones tienen como objetivo ofrecer asesoramiento general y un marco para la elaboración y aplicación de “Planes para tiburones” e “informes sobre la evaluación de los tiburones” de alcance nacional, subregional y regional. Pretenden también ofrecer asesoramiento general y una estruct ura para los planes conjuntos sobre los tiburones en el caso concreto de las especies transfronterizas compartidas. Comprenden cuatro elementos ("conservación de especies", "mantenimiento de la biodiversidad", "protección del hábitat" y "ordenación para un aprovechamiento sostenible") del PAI-Tiburones y las cuatro dimensiones (ecológica, económica, social y de gobierno) del Sistema de referencia del desarrollo sostenible, de la FAO.
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    Book (series)
    La ordenación pesquera. 2. El enfoque de ecosistemas en la pesca. 2.1 Mejores prácticas en la modelación de ecosistemas para contribuir a un enfoque ecosistémico en la pesca. 2009
    Also available in:

    Estas orientaciones se han preparado como una adición a las FAO Orientaciones Técnicas para la Pesca Responsable N° 4, Supl. 2, tituladas La ordenación pesquera. 2. El enfoque de ecosistemas en la pesca (EEP). La aplicación del EEP para la ordenación pesquera requiere el empleo de métodos y herramientas científicas que van más allá de los enfoques monoespecíficos que tradicionalmente han sido las principales fuentes de las recomendaciones científicas. Estas orientaciones han sido ela boradas para ayudar a los usuarios en la construcción y aplicación de modelos de ecosistemas para contribuir a un EEP. Este documento aborda todos los pasos del proceso de modelación, incluyendo el alcance y especificación del modelo, la implementación, evaluación y recomendaciones de cómo presentar y usar los resultados. El objetivo general de estas orientaciones es contribuir a asegurar que la mejor información y recomendación posibles sean generadas de los modelos de ecosistemas y empleadas sensatamente en la ordenación pesquera.
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    Book (stand-alone)
    Plan de Acción Internacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre. Plan de Acción Internacional para la conservación y ordenación de los tiburones. Plan de Acción Internacional para la ordenación de la capacidad pesquera. 1999
    El PAI-AVES MARINAS es un instrumento de aplicación voluntaria que concierne a todos los estados cuyos pescadores practican la pesca con palangre. En el texto se establece una serie de actividades que deberán realizar los estados que lo apliquen, entre ellas una evaluación para determinar si existe algún problema con respecto a capturas incidentales de aves marinas en sus pesquerías de palangre y la adopción de un Plan de Acción Nacional para reducir la captura incidental de aves marinas en la p esca con palangre (PAN-AVES MARINAS) así como procedimientos relativos a exámenes nacionales y necesidades de presentación de informes. Se indican los años civiles dentro de los cuales habrán debido efectuarse esas actividades. En el PAI-AVES MARINAS se ofrece también una descripción resumida de las medidas de mitigación apropiadas. Los estados que determinen que tienen un problema con respecto a la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre deberían examinar la posibilidad de incluir tales medidas en su PAN-AVES MARINAS. Las medidas de mitigación que se describen han sido utilizadas ya o se encuentran en una fase inicial de elaboración. Se ofrecen las oportunas referencias bibliográficas. El PAI-TIBURONES es un instrumento de aplicación voluntaria que concierne a todos los estados cuyos pescadores practican la pesca del tiburón. En el texto se establece una serie de actividades que los estados que lo deberán realizar apliquen, entre ellas una evaluación para deter minar si existe algún problema con respecto a los tiburones y la adopción de un Plan de Acción Nacional para la conservación y ordenación de los tiburones (PAN-TIBURONES), así como procedimientos relativos a exámenes nacionales y necesidades de presentación de informes. Se indican los años civiles dentro de los cuales habrán debido efectuarse esas actividades. El PAI-CAPACIDAD es un instrumento de aplicación voluntaria que concierne a todos los estados cuyos pescadores practican la pesca de ca ptura. En la primera parte del texto se describen el carácter y ámbito del Plan de Acción Internacional y los principios en que se basa y se define el objetivo del PAI. En el resto del texto se describen medidas urgentes y se identifican mecanismos para promover su aplicación. Entre las medidas urgentes se incluyen la evaluación y seguimiento de la capacidad pesquera y la preparación y aplicación de planes nacionales. En la parte que trata de los mecanismos para fomentar la aplicación se describ e la cooperación científica y técnica, la presentación de informes nacionales e internacionales, y la función de la FAO. Se han determinado los años civiles dentro de los cuales habrán de completarse las actividades recomendadas.

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