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DocumentNIMF 39. Movimiento internacional de madera
Adoptado en 2017
2018La presente norma brinda orientación para la evaluación del riesgo de plagas de la madera y describe las medidas fitosanitarias que podrán utilizarse para disminuir el riesgo de introducción y dispersión de plagas cuarentenarias -en particular las que infestan los árboles- asociado con el movimiento internacional de madera. Esta norma abarca únicamente los productos de madera en bruto y los materiales derivados del procesamiento mecánico de la madera, a saber: 1) la madera en rollo y la madera aserrada, con o sin corteza, y 2) los materiales derivados del procesamiento mecánico de la madera, como las astillas, el aserrín, la lana de madera y el residuo de madera (todos ellos con o sin corteza). La presente norma abarca la madera de las gimnospermas y las angiospermas (es decir, las dicotiledóneas y algunas monocotiledóneas, como las palmas), pero no el bambú ni el roten o ratán. El embalaje de madera se incluye en el ámbito de la NIMF 15 (Reglamentación del embalaje de madera utilizado en el comercio internacional); por consiguiente, no lo abarca la presente norma. Esta norma tampoco abarca los productos fabricados con madera (como muebles), ni el material de madera procesada (como madera tratada a presión, encolada o calentada), ni las artesanías de madera. Aunque la madera también podrá transportar plagas contaminantes, estas no están comprendidas en la presente norma. -
DocumentNIMF 46. Normas para medidas fitosanitarias específicas para productos
Adoptado en 2022
2023Esta norma proporciona orientación sobre la finalidad, el uso, el contenido, la publicación y el examen de normas para medidas fitosanitarias específicas para productos (en adelante denominadas “normas para productos”). Dichas normas, que figuran en los anexos de esta norma conceptual de carácter general, se aplican a los productos que se mueven en el comercio internacional y en ellas se indican las plagas asociadas a estos productos y las opciones de medidas fitosanitarias pertinentes que deben considerar las Partes Contratantes. Las listas de plagas y opciones de medidas fitosanitarias indicadas no pretenden ser exhaustivas y son objeto de examen y revisión. El ámbito de aplicación de la presente norma y sus anexos no abarca la contaminación ni la desviación del uso previsto de los productos. -
DocumentNIMF 25. Envíos en tránsito
Adoptado en 2006
2016Esta norma describe los procedimientos para identificar, evaluar y manejar los riesgos de plagas asociados con los envíos de artículos reglamentados que pasan por un país sin importarse, de tal forma que cualesquiera medidas fitosanitarias aplicadas en el país de tránsito estén técnicamente justificadas y sean necesarias para prevenir la introducción de plagas hacia ese país y/o la dispersión dentro de éste.
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