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NIMF 9. Directrices para los programas de erradicación de plagas

Adoptado en 1998













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    NIMF 8. Determinación de la condición de una plaga en un área
    Adoptado en 2021
    2022
    En la presente norma se describe el uso de registros de plagas y de otra información para determinar la condición de una plaga en un área. Se definen las categorías aplicables a la condición de una plaga y se describe el uso de la condición de una plaga en la notificación de plagas. Esta norma ofrece asimismo orientación sobre las posibles fuentes de incertidumbre asociadas a la información utilizada para determinar la condición de una plaga.
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    NIMF 10. Requisitos para el establecimiento de lugares de producción libres de plagas y sitios de producción libres de plagas
    Adoptado en 1999
    2016
    Esta norma describe los requisitos para el establecimiento y uso de lugares de producción libres de plagas y sitios de producción libres de plagas, como una opción de manejo de riesgo de plagas para cumplir los requisitos fitosanitarios de importación para plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados.
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    NIMF 11. Análisis de riesgo de plagas para plagas cuarentenarias
    Adoptado en 2013
    2019
    La presente norma ofrece los detalles para la realización de un análisis de riesgo de plagas (ARP) para determinar si las plagas son plagas cuarentenarias. Se describen los procesos integrados que han de aplicarse tanto para la evaluación del riesgo como para la selección de opciones con respecto al manejo del riesgo. También incluye detalles referentes al análisis de los riesgos que suponen las plagas de plantas para el medio ambiente y la diversidad biológica, incluidos los riesgos que afectan a las plantas no cultivadas/no manejadas, la flora silvestre, los hábitats y los ecosistemas contenidos en el área de ARP. En el Anexo 1 figuran algunas explicaciones sobre el ámbito de la CIPF con respecto a los riesgos ambientales. Incluye la orientación sobre la evaluación de los posibles riesgos fitosanitarios que presentan los organismos vivos modificados (OVM) a las plantas y a sus productos. No modifica el ámbito de la NIMF 11; no obstante, tiene la finalidad de aclarar temas relacionados con el ARP para los OVM. En el Anexo 2 figuran algunas explicaciones sobre el ámbito de la CIPF con respecto al ARP para los OVM. En el Anexo 4 se proporciona una orientación específica sobre la realización de un ARP para plantas consideradas como plagas cuarentenarias.

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