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Marco estratégico de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria 2020–2030

Proteger los recursos vegetales mundiales y facilitar el comercio seguro









Secretaría de la CIPF. 2021. Marco estratégico de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria 2020–2030. Proteger los recursos vegetales mundiales y facilitar el comercio seguro. Roma. FAO en nombre de la Secretaría de la CIPF.



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    Evaluación independiente del funcionamiento de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y sus mecanismos institucionales 2007
    Also available in:

    La Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) es un tratado internacional sobre sanidad vegetal, que en septiembre de 2007 contaba con la adhesión de 165 gobiernos. La FAO proporciona la Secretaría de la CIPF y el gobierno de la Convención corresponde a la Comisión de Medidas Fitosanitarias (CMF). En el acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre materias sanitarias y fitosanitarias (MSF) se reconoce la función que desempeña la CIPF como organización internaciona l para el establecimiento de normas con objeto de garantizar que las medidas fitosanitarias no se utilicen para crear obstáculos no justificados al comercio. Como consecuencia de ello, se adoptaron medidas para adaptar la Convención a las nuevas realidades. El resultado fue la elaboración de un texto revisado que ampliaba el alcance y el mandato de la CIPF a fin de incluir el establecimiento de normas, el fomento de la prestación de asistencia técnica y el examen de las preocupaciones ambientale s. El texto revisado de la CIPF fue aprobado en 1997 y entró en vigor en octubre de 2005
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    NIMF 1. Principios fitosanitarios para la protección de las plantas y la aplicación de medidas fitosanitarias en el comercio internacional
    Adoptado en 2006
    2016
    Esta norma describe los principios fitosanitarios para la protección de las plantas que se han incluido en la Convención internacional de protección fitosanitaria (CIPF) y explicado con mayor detalle en sus Normas internacionales para medidas fitosanitarias. Abarca los principios relacionados con la protección de las plantas, incluyendo las plantas cultivadas y no cultivadas/no manejadas, la flora silvestre y las plantas acuáticas, aquellos sobre la aplicación de medidas fitosanitarias con respecto a la movilización internacional de personas, productos básicos y medios de transporte, así como los inherentes a los objetivos de la CIPF. La norma no modifica la CIPF, extiende las obligaciones existentes ni interpreta ningún otro acuerdo o código de leyes.
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    NIMF 42. Requisitos para el uso de tratamientos térmicos como medidas fitosanitarias
    Adoptado en 2018
    2019
    Also available in:

    La presente norma brinda orientación técnica sobre la aplicación de diversos tratamientos térmicos como medidas fitosanitarias para plagas reglamentadas en artículos reglamentados. La presente norma no proporciona información detallada sobre tratamientos específicos.

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