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NIMF 42. Requisitos para el uso de tratamientos térmicos como medidas fitosanitarias

Adoptado en 2018












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    NIMF 44. Requisitos para el uso de tratamientos en atmósfera modificada como medidas fitosanitarias
    Adoptado en 2021
    2022
    Also available in:

    La presente norma proporciona orientación técnica para las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria (ONPF) sobre la aplicación de tratamientos en atmósfera modificada (incluidos los tratamientos en atmósfera controlada) como medidas fitosanitarias, así como la autorización, el monitoreo y la auditoría de los proveedores de dichos tratamientos. La presente norma no proporciona información detallada sobre tratamientos específicos en atmósfera modificada, tales como protocolos específicos para determinadas plagas reglamentadas en productos concretos, y no incluye el uso de atmósfera modificada para fines no fitosanitarios, como la reducción del carácter perecedero de los productos alimenticios u otros usos de la atmósfera modificada relativos a la calidad.
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    NIMF 43. Requisitos para el uso de la fumigación como medida fitosanitaria
    Adoptado en 2019
    2020
    Also available in:

    La presente norma ofrece orientación técnica a las organizaciones nacionales de protección fitosanitaria (ONPF) sobre la aplicación de la fumigación como medida fitosanitaria, incluidos los tratamientos con productos químicos que llegan al producto en estado gaseoso. También ofrece orientación a las ONPF sobre la autorización a proveedores de tratamientos para que realicen la fumigación. La presente norma no proporciona información detallada sobre tratamientos concretos con fumigantes específicos. La aplicación de atmósfera modificada, cuando no se realiza en combinación con la fumigación, no forma parte de la presente norma.
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    NIMF 28. Tratamientos fitosanitarios para plagas reglamentadas
    Adoptado en 2007
    2016
    Also available in:

    En el Anexo I de esta norma se presentan los tratamientos fitosanitarios que han sido evaluados y adoptados por la Comisión de Medidas Fitosanitarias (CMF). La norma describe también los requisitos para presentar y evaluar datos de eficacia y otra información importante sobre tratamientos fitosanitarios que puedan utilizarse como medida fitosanitaria y que, tras su adopción, se incluirán en el Anexo 1. La finalidad de los tratamientos es el control de plagas reglamentadas en productos reglamentados, principalmente los que son objeto de comercio internacional. Los tratamientos adoptados proporcionan los requisitos mínimos necesarios para controlar una plaga reglamentada con una eficacia determinada. No se incluyen en el ámbito de esta norma los asuntos relacionados con el registro de plaguicidas, ni con otros requisitos internos para la aprobación de tratamientos (por ejemplo, la irradiación).

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