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NIMF 38. Movimiento internacional de semillas

Adoptado en 2017











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    NIMF 40. Movimiento internacional de medios de crecimiento en asociación con plantas para plantar
    Adoptado en 2017
    2018
    Also available in:

    La presente norma brinda orientación para evaluar el riesgo de plagas de los medios de crecimiento en asociación con plantas para plantar y describe medidas fitosanitarias para manejar el riesgo de plagas de los medios de crecimiento asociados con las plantas para plantar que se mueven en el comercio internacional. No se consideran en esta norma los medios de crecimiento que se mueven como productos independientes, los que contaminan un producto o los que se utilizan como material de embalaje.
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    NIMF 41. Movimiento internacional de vehículos, maquinaria y equipos usados
    Adoptado en 2017
    2019
    Also available in:

    Esta norma identifica y categoriza el riesgo de plagas asociado con vehículos, maquinaria y equipos usados (VME) utilizados para fines agrícolas, forestales, hortícolas, de remoción de tierras, en la minería a cielo abierto y en el manejo de residuos, así como los utilizados por las fuerzas armadas, que se mueven internacionalmente e indica las medidas fitosanitarias apropiadas. Esta norma no abarca los vehículos de pasajeros y transporte comercial que se desplazan por su propia fuerza motriz.
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    NIMF 1. Principios fitosanitarios para la protección de las plantas y la aplicación de medidas fitosanitarias en el comercio internacional
    Adoptado en 2006
    2016
    Esta norma describe los principios fitosanitarios para la protección de las plantas que se han incluido en la Convención internacional de protección fitosanitaria (CIPF) y explicado con mayor detalle en sus Normas internacionales para medidas fitosanitarias. Abarca los principios relacionados con la protección de las plantas, incluyendo las plantas cultivadas y no cultivadas/no manejadas, la flora silvestre y las plantas acuáticas, aquellos sobre la aplicación de medidas fitosanitarias con respecto a la movilización internacional de personas, productos básicos y medios de transporte, así como los inherentes a los objetivos de la CIPF. La norma no modifica la CIPF, extiende las obligaciones existentes ni interpreta ningún otro acuerdo o código de leyes.

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